Loterías
Loterías de Bogotá y Quindío: resultados de los sorteos realizados el 14 de diciembre
Los colombianos mantienen la fe intacta para convertirse en multimillonarios con loterías.
Este jueves jugaron dos loterías en Colombia, la de Bogotá y Quindío. Para el caso de la Lotería de Bogotá, el premio mayor es de $ 14.000 millones, mientras que la de Quindío tiene un premio de $1.800 millones.
En el sorteo 2720 de la Lotería de Bogotá, el número ganador para el premio mayor fue el 6883 de la serie 008. Sin embargo, la Lotería de Bogotá también tiene otros secundarios de $500 millones, $250 millones, y otros premios de $50 millones.
El número ganador de los $500 millones es el 7035 de la serie 304 y el número ganador de los $250 millones es el 4856 de la serie 309.
Por su parte, el número ganador de la lotería del Quindío fue el 8334 de la serie 05. Asimismo, hay premios de $150 millones, $80 millones, $50 millones, entre otros.
Para el premio de $150 millones, el número ganador fue el 8700 de la serie 126. Los números ganadores de los $80 millones son: 0933 de la serie 79 y el 1559 de la serie 194.
Estos son los resultados del chance del 14 de diciembre:
- Dorado Noche: 7049
- Chontico Noche: 2196
- Paisita Noche: 0051-Zorro
- Antioqueñita 2: 3223
- Dorado Tarde: 3654
- Motilón Tarde: 4337
- Caribeña Día: 1670
- Sinuano Día: 9268
- Astro Sol: 6664 - Sagitario
- Culona Día: 5124
- Pijao de Oro: 7571
- Paisita Día: 2482
- Chontico Día: 0505
- Fantástica Día: 9928
- Saman: 9421
- Cafeterito Tarde: 1422
- Dorado Mañana: 7452
- Antioqueñita 1: 0522
- Astro Luna: 8040 - Escorpio
- Caribeña Noche: 1394
¿Qué hacer si gana la lotería?
Para solicitar la entrega del premio, se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la Dian y una copia de la cédula de ciudadanía.
Un ganador de la lotería no recibirá la suma de dinero completa debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) le descontará parte del monto.
Es así como, de acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.
La Dian llama ganancia ocasional al ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no forma parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional, como ganar la lotería o una rifa.
Para la determinación del Impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.
Por su parte, los expertos recomiendan que lo primero que debe hacer el ganador es tener discreción, ya que con esto habrá menos problemas para enfrentarse a una situación en la que familiares, amigos y entidades financieras suelen querer influir en el destino del premio.
Asimismo, es importante conseguir asesoría adecuada como un profesional con experiencia en la gestión de inversiones y patrimonios.
También, recomiendan deshacerse de las deudas y más si algunas están en mora. Con respecto a la cancelación de préstamos o hipotecas, dependerá de si conviene según los términos de los contratos de estos.
Otra recomendación de los expertos es invertir, pero conviene repartir el capital en más de un destino para no incrementar innecesariamente el riesgo que supone confiar a terceros el dinero ganado.
Se debe tener en cuenta que la decisión sobre dónde invertir el dinero dependerá del perfil el premiado ante el riesgo, y un experto financiero podría guiarlo para que tome la mejor decisión.