CORONAVIRUS
¿Qué debe hacer una empresa si un empleado tiene covid-19 en la oficina?
Con el retorno gradual a las oficinas, las empresas deberán estar más atentas a los protocolos de bioseguridad y prestar atención inmediata en caso de que uno de sus colaboradores dé positivo para covid-19 en el entorno laboral.
En medio del regreso gradual a la ‘nueva normalidad‘ que están viviendo las empresas, hay una preocupación de los colaboradores al estar expuestos al virus en los entornos laborales y el posible contagio.
De acuerdo con el Estudio Regional sobre el Retorno Laboral Seguro de Mercer Marsh, el 87% de las empresas retornará a los colaboradores a las oficinas entre los próximos 3 a 6 meses a partir del levantamiento de la cuarentena, mientras que el 12% restante lo hará dentro de 6 meses a un año.
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Según el vicepresidente de promoción y prevención de la compañía de seguros Positiva, Camilo Gómez, el éxito del retorno a las actividades de las empresas de forma presencial dependerá de tener unos protocolos de seguridad muy claros y el autocuidado deberá convertirse en el lema bandera de cada empresa.
“Está en cabeza del empleador la obligación, y es importantísima en este proceso de reactivación económica, y es garantizar la seguridad y protección de sus colaboradores, obviamente reforzado con toda la expedición, resoluciones y diferentes normas que se han generado dentro de la emergencia económica y sanitaria que se ha establecido”, apuntó.
Pero, en palabras de Gómez, el virus no se ha ido y continúa siendo una amenaza para los colombianos, por lo que existe posibilidad de que alguien esté contagiado en la empresa.
En el caso de una sospecha de contagio de covid-19 en la oficina, las empresas deben contar con un espacio físico para hacer un aislamiento preventivo mientras se puede trasladar a la persona a un centro médico y poder realizar la prueba.
El protocolo, de acuerdo con Gómez, debe tener en cuenta varios aspectos:
-Contar con una herramienta de seguimiento exclusiva para la covid-19 como plataformas de las ARL en las que reporten diariamente el estado de salud de los trabajadores, tanto de los que están en casa como los que están en la oficina.
-Revisar constantemente las instalaciones físicas para poder garantizar el aislamiento físico y todas las medidas de desinfección que den tranquilidad a los colaboradores.
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Si a pesar de los cuidados uno de los colaboradores da positivo para la covid-19, la empresa deberá reportar inmediatamente a la EPS, que deberá establecer un cerco epidemiológico e identificar todos los nexos que ha tenido la persona dentro de la oficina para determinar si otro compañero también puede estar infectado, afirmó Gómez.
“Luego se debe informar a las entidades públicas y a la misma EPS para que despliegue la estrategia de protección para todos los de la empresa y, de ser necesario, la suspensión temporal de la asistencia a las oficinas hasta poder garantizar la seguridad de todos los trabajadores”, añadió el experto.
Si bien, de acuerdo con el estudio de Mercer Marsh el 85% de las empresas ya cuenta con los protocolos, solo el 45% de las empresas encuestadas tiene identificados a los trabajadores que viven con personas consideradas como vulnerables.
Por eso es fundamental reconocer todos los entornos personales de los trabajadores para poder establecer protocolos más claros.
¿Qué ocurre si un empleado fallece de la covid-19?
Si bien las empresas trabajan en la implementación de los protocolos de bioseguridad, el impacto del virus ha demostrado el riesgo que representa a nivel mundial.
Según las más recientes cifras, Colombia reportó este martes 5.839 casos nuevos de coronavirus y llegó a los 824.042 contagiados, de los cuales 62.307 están activos, ya que 734.145 se han recuperado del virus y 25.828 han perdido la vida, según reportó el Ministerio de Salud.
Además, a la fecha, en el mundo hay 33’423.469 casos de coronavirus, 1’002.678 murieron por el virus y 23’212.633 se recuperaron.
En este sentido, los fallecimientos han sido inevitables y lamentablemente las empresas tendrán que lidiar con ello.
Frente a un evento como estos, el abogado sénior de Pinilla, González & Prieto y Abogados, César González, comentó que habría que establecer una relación causal entre la falta de protocolos de bioseguridad y la muerte del empleado, y en este caso debería responder por la conducta de violación de las medidas sanitarias contenidas en el artículo 368 del Código Penal.
Sin embargo, de acuerdo con el analista, demostrar este evento de omisión sería muy difícil desde el punto de vista científico pues "implicaría constatar que el contagio fue causado por la omisión del contratante y no poder explicarse por una razón distinta, como por ejemplo, el desplazamiento del empleado a su residencia", afirmó González.
Además, si se intenta acusar a la compañía de homicidio u otro delito penal, también habría que demostrarse con pruebas que efectivamente la muerte fue ocasionada por el contagio en el lugar de trabajo.
"Se destaca la obligación moral, ética y legal de los empleadores de implementar, mantener y controlar la adopción de protocolos de bioseguridad que mitiguen la posibilidad de contagio del virus entre sus trabajadores y visitantes, y también su eventual responsabilidad penal por la violación de medidas sanitarias al no cumplir estas normas, sin que ello implique, como ya se dijo, la imposición de una pena por la muerte de un trabajador contagiado con el virus", concluyó el experto.
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