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Colombia intenta proteger de la minería al páramo de Santurbán en estrados internacionales

La defensa jurídica del Estado aguarda por la decisión de un arbitraje solicitado por la empresa Eco Oro. La compañía canadiense reclama un pago de 736 millones de dólares por perjuicios. Además, dio a conocer que una parte del área que le había sido concesionada le fue entregada sin su consentimiento a otra minera.

12 de febrero de 2020
Eco Oro llevaba más de 20 años realizando exploración minera en inmediaciones al páramo de Santurbán. Foto: archivo/Semana.

Colombia podría salvarse de pagar más de 736 millones de dólares a la empresa canadiense Eco Oro. Eso dependerá de la decisión que se genere del proceso de arbitraje solicitado por esa compañía, el cual hace trámite en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) del Banco Mundial, con sede en Washington.

La defensa jurídica del Estado es optimista. Cree con las pruebas y argumentos presentados no solo logrará proteger el Páramo de Santurbán de la extracción minera, sino también el presupuesto de la Nación al término de este caso, que comenzó en 2016 cuando los inversionistas que integraban esa firma minera decidieron demandar internacionalmente al país, tras considerar que hubo una "expropiación indirecta e ilegal", así como "un trato injusto y no equitativo" de parte del Estado colombiano en el contrato de concesión del proyecto llamado Angostura, un yacimiento de oro y plata ubicado en inmediaciones del páramo. La empresa sostiene, además, que tiene un derecho adquirido, avalado por un tratado de libre comercio que fue firmado en 2008 con Canadá. 

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"Este es si duda el precedente internacional más importante que se va a sentar en defensa de los páramos colombianos (...). Aquí está en juego más que un simple título minero, la defensa del agua y del ecosistema que implica un páramo tan importante como el de Santurbán", indicó Camilo Gómez, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado en la W, quien informó que la audiencia se llevó a cabo durante la última semana de enero de 2020.

El abogado señaló que la estrategia de defensa que utilizó el país se basó en demostrar cómo la compañía desconoció algunas normas que protegen los páramos colombianos. "Hicimos un esfuerzo muy importante y la defensa del páramo fue muy fuerte. Creemos que el tribunal en este caso va a dar una decisión favorable, pues demostramos que las normas colombianas, no posteriores a los títulos mineros ortorgados, sino anteriores, sí protegen decididamente esta clase de ecosistemas", manifestó.


El páramo de Santurbán se ubica entre los departamentos de Santander y Norte de Santander en una superficie de 142.610 hectáreas. Foto: archivo/Semana.

Gómez se refirió al argumento usado por los demandantes que hace referencia a la expropiación, asegurando que ninguna norma de protección ambiental implica esa figura. De igual forma, sostuvo que en el mismo tratado firmado con Canadá quedó especificado que no se permitiría la explotación de los páramos de Colombia.  

"El título minero per se (por sí mismo) implica que para llegar a una etapa de explotación se debe contar, entre otros requisitos, con licencias ambientales, es decir, el solo título no le otorga a las empresas el derecho a la explotación. Ahí existen unas diferencias grandes en el tema legal que es importante que se entiendan. Creo que las normas constitucionales colombianas soportan esa proyección que estamos defendiendo en los tribunales internacionales y los priopios nacionales", expresó.  

El director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado espera que la decisión del arbitraje se produzca antes de terminar el primer semestre de este año

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"Si el laudo arbitral o fallo sale en contra, Colombia no tendría otra instancia a la cual acudir, pues no existe una entidad superior al Ciadi en el tema de arbitramento", comentó Carlos Lozano, abogado y ambientalista. 

El experto considera que más allá del fondo jurídico, hay que darle a este tema una lectura política. "La discusión de fondo es qué implica que Colombia haga una cesión de soberanía al someterse a este tipo de mecanismos (arbitraje) donde no puede tomar decisiones de interés público respecto a la conservación ambiental; es un flanco de vulnerabilidad para el Estado colombiano para llevar adelante políticas que son legítimas", apuntó.

Para Lozano también es importante analizar las implicaciones que esto puede traer para la política ambiental del país. "Si los condenan seguramente el Estado va a quedar paralizado para tomar decisiones de conservación ante las acciones jurídicas de las mineras", apuntó. 

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El abogado considera indispensable que haya una revisión de la política de concesión de títulos en el país,
 al igual que de la coordinación entre instituciones para no generar a futuro este tipo de reclamaciones.  

"Si el país va a someterse a esas reglas debe revisar bien antes de otorgar los títulos mineros. El origen de todo este problema no es la delimitación de los páramos, sino la concesión de los títulos donde no deberían. Si el Gobierno no hubiera concedido esos títulos no estaríamos hoy con este problema", recalcó Lozano, quien señaló que en una época se concedían títulos simplemente con la cédula.

 


Por su importancia hídrica y biodiversidad, los santandereanos se han dado a la pelea por salvaguardar el Páramo de Santurbán. Foto: archivo/Semana. 

Se teme que si la sentencia sale en contra de Colombia se genere una ola de demandas por parte de las compañías a las que les fue anulado su título minero luego del año 2016.
En ese mismo tribunal, Pillsbury Winthrop Shaw Pittman, Glencore International A.G., Gran Colombia Gold Corp, Galway Gold Inc., Red Eagle Exploration Limited, Astrida Benita Carrizosa, Telefónica, S.A. y América Móvil S.A.B., tienen procesos de arbitraje contra Colombia pendientes por resolver.  

¿Así empezó este lío jurídico?

La compañía, antes llamada Greystar, inició gestiones y operación hace más de 20 años en Colombia, pero tan solo hasta 2011 solicitó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para la explotación de una mina a cielo abierto en la provincia de Soto Norte, en Santander, de la que se extraerían 7,7 millones de onzas de oro en 15 años.
En su momento el Gobierno colombiano consideró que el proyecto era de importancia nacional, razón por la cual le otorgó la licencia ambiental para extraer oro de la zona y en un año después decidió extender la licencia, luego de que la compañía cambió el proyecto para poder extraer por socavón. 
Con base en la licencia otorgada, la empresa construyó un campamento en el municipio de California (Santander) en el que empleó a unas 200 personas. 


En el municipio de California (Santander) se encuentra ubicado el campamento de la compañía minera canadiense Eco Oro. Foto: archivo particular. 

En 2014, sin embargo, el Gobierno concluyó la delimitación de 100.000 hectáreas a las que les dió el carácter de zona de Páramo en Santurbán y aunque le renovó el título minero a la empresa, solo se lo otorgó entre el 50 y 60% del área que inicialmente le había concedido. 

Posteriormente, un fallo de la Corte Constitucional provocó un nuevo cambio en la situación. La Corte declaró inexequible un artículo del plan de desarrollo 2014-2018 que permitía la explotación de Eco Oro y prohibió definitivamente la explotación de minerales en cualquier páramo del país.  Además, ordenó al Ministerio de Ambiente realizar una redelimitación. En consecuencia, el 2 de agosto de 2016, la Agencia Nacional de Minería suspendió la licencia a Eco Oro Minerals. 
El lío jurídico comenzó entonces. Los inversionistas que integraban la firma tomaron la decisión de demandar internacionalmente al Estado colombiano. Uno de los argumentos de la compañía para presentar la denuncia es que el Atlas de los Páramos de Colombia, publicado por el Instituto Von Humboldt en 2007, no tenía ningún efecto legal, razón por la cual las medidas adoptadas por Colombia no podían basarse en ese documento. 

"Aunque fue más preciso que el de 1998, su falta de exactitud fue tan grande que un solo pixel representaba un área de 6.25 kilómetros, o el equivalente a 1.500 campos de fútbol. El Atlas de los páramos mostró que un ecosistema de páramo coincidía con algunas áreas de la concesión 3452. Aunque, debido a su falta de precisión y su gran escala, el área del páramo era incierta. Ese documento fue hecho con fines académicos y de información. No tenía ningún efecto legal”, indicó la denuncia.

La firma canadiense aseguró en su momento, por medio de un comunicado de prensa publicado en marzo de 2018, que inicialmente había invertido más de 250 millones de dólares en la estructuración, exploración y coordinación del proyecto. 
Ante este panorama, Eco Oro calcula ahora que el valor justo en el mercado del proyecto es de 696 millones de dólares, más unos interés que deberán ser asumidos por el Estado colombiano si llega a perder el arbitraje. 
De otro lado, la empresa señaló que dada la incertidumbre decidió no presentar un plan de mina que le estaba exigiendo la Agencia Nacional de Minería y denunció la negativa del Gobierno colombiano a otorgarle una suspensión de los plazos mientras se resolvía el pleito.
Finalmente, el 29 de marzo de 2019, Eco Oro renunció a su contrato de concesión con el que pretendía ejecutar su proyecto Angostura, en los títulos mineros ubicados dentro del Páramo de Santurbán.  
En una carta enviada a la Agencia Nacional de Minería (ANM), la compañía canadiense hizo oficial su decisión, indicando que la incertidumbre jurídica y temporal que se registraba con relación a la delimitación del páramo de Santurbán eran las principales razones que motivaban su desestimiento, pues los títulos mineros más importantes que poseía estaban justamente en la zona de páramo. 

En el documento la firma minera explicó que otra de las razones para renunciar se produjo como consecuencia de que la ANM le aprobó el Programa de Trabajos y Obras (PTO) al proyecto Soto Norte de la multinacional árabe Minesa dentro de la misma área que le había sido concesionada a la compañía canadiense y con el agravante de que no se contó con el consentimiento de Eco Oro. Adicionalmente, la empresa árabe tampoco adquirió los derechos sobre los títulos, hechos que generaron un manto de sospecha sobre las actuaciones de algunas instituciones del Gobierno para, al parecer, favorecer a terceros. 
Eco Oro impugnó esa decisión de la ANM, pero finalmente la entidad no la aceptó y optó por ratificar que Minesa podría utilizar esas áreas para la construcción de los túneles gemelos por donde extraería el oro y la plata.