Especial Real Estate
Estos son los compromisos que todo colombiano asume con el Gobierno de EE. UU. cuando compra una propiedad
Ser propietario en Estados Unidos también significa tener que pagar impuestos. Crear una sociedad (LLC o Corporation) es la recomendación de los expertos. Aquí le explicamos sus ventajas y algunas claves para estar siempre al día con las obligaciones ante el Gobierno.
La Encuesta Anual de Inversión Extranjera Directa 2021, publicada por el Dane en mayo, señala que la Unión Americana fue el quinto destino de los flujos de capital colombiano. El sector inmobiliario no es ajeno a esta dinámica. La Agencia Nacional de Agentes Inmobiliarios (NAR en inglés) reportó que los colombianos compraron en dicho territorio 3.000 viviendas entre abril de 2021 y marzo de 2022.
Esto demandó una inversión de 1.000 millones de dólares, equivalente al 3 por ciento del total de compras de residencias por extranjeros en Estados Unidos, y ubicó a Colombia en el quinto lugar junto con Brasil y solo detrás de Canadá (11 por ciento), México (8 por ciento), China (6 por ciento) e India (5 por ciento).
Pero ¿qué gastos por tributación debe contemplar un inversionista extranjero? Según Geirson Javier Bejarano, managing partner de la firma B&F Consultans, “en cuestión de documentos el punto de partida es el pasaporte”. Luego de este paso ineludible, el experto recomienda realizar las transacciones por intermedio de una sociedad. Esto le permitirá al titular del negocio proteger sus intereses y facilitar tramitaciones frente a procesos de sucesión, es decir, en caso de que el propietario muera. “A través de una sociedad tipo LLC o Corporation, el inversionista puede registrar como propietario a su cónyuge o hijos”, explicó Bejarano.
Otra de las recomendaciones es abrir una cuenta bancaria directamente en Estados Unidos, pues eso facilita cualquier proceso de compra de un bien. Con respecto a los gastos ocasionados, están los relacionados con los costos de propiedad y los legales, incluyendo los gastos de cierre y abogados, y los de formación de una sociedad. Estos últimos oscilan entre 700 y 900 dólares.
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Luego de comprar la propiedad, el titular de la misma adquiere obligaciones de carácter tributario. “El impuesto predial se paga todos los años. Si la propiedad genera algún ingreso se debe hacer una declaración de renta en Estados Unidos. Si la inversión se hace por medio de una sociedad, esta se debe renovar cada año en la Florida y hacer una declaración de renta tenga o no ingresos”, indicó.
Además, es necesario contemplar gastos de contabilidad que por reportes financieros pueden variar dependiendo de la cantidad de transacciones y propiedades. “Los requerimientos son en general similares para todos los estados, pero lo que puede variar son los costos; Florida maneja precios muy competitivos en ese aspecto”, agregó Bejarano.
Claudia Cristina Fonseca, business owner de B&F Consultans, destacó que “cada vez más se están facilitando las inversiones de propiedad raíz en Estados Unidos” y puso como ejemplo que acciones como la formación y estructuración de la sociedad se pueden hacer virtualmente. “Tenemos clientes que una vez tienen estos trámites listos, vienen al país al cierre del negocio, a ver las propiedades y a abrir las cuentas bancarias”, concluyó.