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Benjamin Netanyahu: 11 preguntas para entender la orden de detención de la CPI, explicadas por el prestigioso jurista Carlos Arévalo
El decano de derecho de la Universidad de la Sabana, uno de los mayores expertos en derecho Internacional del país, analiza la decisión de la Corte Penal Internacional que ha levantado polémica en el mundo.
SEMANA: ¿Qué significa la orden de arresto contra Benjamin Netanyahu, su exministro de Defensa y el jefe militar de Hamás?
Carlos Arévalo: Formalmente, la orden de detención implica que los jueces de la Sala de Cuestiones Preliminares consideran que hay motivos razonables para creer que los tres procesados han cometido un delito de competencia de la Corte Penal Internacional (CPI). Con ello, se abren oficialmente los casos ante la Corte en contra de Netanyahu, Gallant y Al-Masri. Hasta este momento, la fiscalía estaba investigando las situaciones, los contextos, pero con esta decisión se inicia el proceso en contra de individuos concretos. Solo hay procesalmente dos vías ante la CPI para hacer esto: emitir una orden de detención o una orden de comparecencia. Esta última —que hasta ahora nunca se ha usado— implicaría que la Corte está convencida que la persona que ha cometido el crimen se presentará voluntariamente ante ella, en el caso del primer ministro israelí, su exministro de defensa y el líder de Hamás, no cree que sea así, razón por la que emite la orden de detención.
En esta decisión, se establecen provisionalmente los cargos, que después deberán ser confirmados en una decisión que se llama confirmación de los cargos. Sin embargo, lo que es claro es que en este punto la Fiscalía y la Sala de Cuestiones Preliminares, ya entienden que hay elementos probatorios suficientes para demostrar la comisión de los crímenes.
Aunque se ha generado algunas dudas por el carácter secreto (clasificado) de la orden, esto es normal cuando los procesados tiene un perfil alto al interior de los Estados, busca proteger a las víctimas y a las personas que están aportando elementos probatorios relevantes para la investigación.
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SEMANA: ¿Qué restricciones impone en la práctica esta orden de arresto?
Carlos Arévalo: En la práctica, principalmente limitaciones de movilidad, ya que en el marco de las obligaciones de cooperación que tienen con la Corte los Estados que han ratificado el Estatuto de Roma, tienen la obligación de hacer cumplir la orden de detención y, si por ejemplo, el primer ministro Netanyahu llegase a viajar su territorio, deberán detenerlo y enviarlo a la sede de la Corte en La Haya. Todos los Estados que hayan ratificado tienen la obligación de enviar a la CPI a los solicitados por una orden de detención.
Es importante tener en cuenta que la CPI no juzga en ausencia, por eso la posibilidad de que avance el caso son pocas. Pero hay consecuencias políticas importantes para el Primer Ministro de Israel al ser un investigado por crímenes de guerra y de lesa humanidad, sin duda lo que se buscará con eso es presionar para que se dé un cambio de Gobierno, además de reiterar el mensaje de que no importa que tan alto sea su cargo en un Gobierno, su inmunidad personal no restringe la jurisdicción de la CPI por los graves crímenes que juzga.
SEMANA: ¿De qué crímenes los acusan?
Carlos Arévalo: En el caso del Primer Ministro Netanyahu y el exministro de Defensa Gallant, del crimen de guerra de “hacer padecer intencionalmente hambre a la población civil como método de hacer la guerra, privándola de los objetos indispensables para su supervivencia, incluido el hecho de obstaculizar intencionalmente los suministros de socorro de conformidad con los Convenios de Ginebra” que regulan los conflictos armados; y los crímenes de lesa humanidad de asesinato, persecución de un grupo o colectividad con identidad propia y otros actos inhumanos, como por ejemplo someter heridos a operaciones —incluso amputaciones a niños— sin el uso de anestesia como consecuencia de las restricciones al acceso a suplementos médicos, causando sufrimientos innecesarios.
Los jueces de la Sala de cuestiones preliminares, consideraron que habían suficientes elementos de prueba para establecer que los altos funcionarios israelitas procesados privaron intencionalmente, entre el 8 de octubre de 2023 y al menos el 20 de mayo de 2024, a la población civil en gaza de elementos esenciales para su supervivencia y de la asistencia humanitaria requerida, a pesar de todas las advertencias realizadas por los organismos internacionales y de la ausencia de una necesidad militar que pudiera justificar el no permitir el acceso de la ayuda indispensable.
La Sala no encontró que las evidencias presentadas por la Fiscalía permitieran establecer la responsabilidad de los dos procesados por el crimen de lesa humanidad de exterminación, pero, sí encontró que las reiteradas conductas realizadas en contra de los palestinos en Gaza, correspondían a los crímenes de lesa humanidad de asesinato y persecución de un grupo.
En el caso del líder de Hamas, Al-Masri, conocido como Deif, los jueces encontraron razones suficientes para creer que él puede ser responsable de los crímenes de lesa humanidad de asesinato, exterminación, tortura, y violación y otras formas de violencia sexual, así como los crímenes de guerra de homicidio intencional, tratos inhumanos, tortura, toma de rehenes, atentados contra la dignidad personal, y violación y otras formas de violencia sexual.
SEMANA: La CPI ha sido muy criticada en este caso. Se ha dicho que el fiscal Khan fue denunciado por acoso sexual y, además, se ha hablado de conflictos de interés.
Carlos Arévalo: No debemos olvidar, que aunque el Fiscal Khan es el director de la Fiscalía de la Corte, él encabeza un equipo de fiscales que investigan los casos y formulan los cargos, es decir que las decisiones que salen del órgano que el dirige no son consecuencia de su actuación exclusiva. Que las acusaciones en su contra están siendo investigadas, incluso por solicitud de él mismo. Finalmente, es importante recordar que la orden de detención no se expide como consecuencia de la convicción que tenga la Fiscalía o el Fiscal Khan de la comisión de los delitos alegados, sino por los motivos razonables que encontraron los Jueces que conforma la Sala de Cuestiones Preliminares I de la comisión de crímenes internacionales por parte de los tres procesados. La orden lo la profiere la Fiscalía de la Corte, sino la Sala de Cuestiones Preliminares.
SEMANA: Karin Khan tuvo en su pasado clientes como Seif al Islam, hijo de Muamar al Gadafi, o Charles Taylor, el expresidente de Liberia acusado de crímenes de guerra. ¿Eso le impide de alguna manera tener objetividad ahora en su cargo de fiscal?
Carlos Arévalo: No se puede alegar que por su experiencia como abogado defensor tenga hoy en día un conflicto de intereses para actuar en el caso de la situación del Estado de Palestina, antes por el contrario, su experiencia previa sería una prueba de que conoce muy bien el procedimiento ante la CPI y los contenidos sustanciales de las normas penales por las que se rige, razón por la cual seguramente fue escogido para el cargo.
SEMANA: ¿Qué efecto tiene abrir una investigación contra los líderes de Hamás, todos muertos en la guerra que se ha librado desde hace más de un año?
Carlos Arévalo: No tiene ningún efecto jurídico, por la naturaleza penal que tienen los procesos ante la CPI, que buscan responsabilizar a individuos e imponer a estos sanciones privativas de la libertad, cuando un investigado o acusado muere, se da por terminado el proceso. Un ejemplo de esto es que la Fiscalía de la Corte también había solicitado órdenes de captura en contra de los líderes de Hamas Yahya Sinwar y Ismail Haniyeh, pero estas fueron retiradas cuando se confirmaron sus muertes. El punto con Al-Masri es que aunque Israel afirma haberlo dado de baja, Hamás alega que no es así y su muerte no ha podido ser confirmada.
Ahora bien, estando la muerte de Al-Masri en discusión, su orden de detención le permite a la Corte mandar un mensaje claro a Hamas y otros grupos terroristas que operan de manera similar, sobre las consecuencias que tienen a nivel internacional sus actos.
SEMANA: ¿Tiene la CPI algún poder efectivo para frenar el terrorismo de Hamás?
Carlos Arévalo: La CPI es un órgano judicial que depende de la colaboración de los Estados y se articula con ellos. Ningún proceso penal está llamado a detener por sí mismo la criminalidad, genera unos efectos preventivos de alcance general y en ese sentido sus sanciones puede ayudar a promover una cultura de respeto por unos mínimos para evitar sanciones ejemplarizantes; pero, pensar que la CPI va acabar con el terrorismo sería desnaturalizar su condición de órgano judicial y creer erradamente que tiene las capacidades o finalidades de los ejecutivos. La lucha contra el terrorismo debe ser un compromiso firme de los gobiernos de todos los Estados.
SEMANA: ¿Hay algún antecedente semejante en esa jurisdicción contra un primer mandatario?
Carlos Arévalo: Sí, el 4 de marzo de 2009 la CPI profirió orden de detención en contra de Omar Al Bashir en ese momento Presidente de la República de Sudán. El 12 de julio de 2010, profirió una nueva orden de detención adicional en su contra. Al Bashir es acusado de cinco cargos por crímenes de lesa humanidad; dos cargos por crímenes de guerra; y tres cargos por genocidio.
En el caso de Laurent Gbagbo de Costa de Marfil, la CPI emitió orden de detención en su contra en noviembre de 2011, después de que él ya había sido sacado por la fuerza del poder en abril de 2011. Ese mismo año fue enviado por su país a la La Haya, convirtiéndose en el primer expresidente en ser juzgado por crímenes de lesa humanidad cometidos después de 2010, cuando Gbagbo se negó a reconocer los resultados de las elecciones de 2010 que había perdido desatando un contexto de violencia. En 2019 fue absuelto de todos los crímenes, decisión que fue confirmada en apelación en 2021.
El 17 de marzo de 2023, la Sala de Cuestiones Preliminares II de la CPI, profirió orden de detención en contra de Vladimir Putin, presidente de Rusia, en el marco del caso por la situación en Ucrania. Putin fue encontrado presuntamente responsable por los crímenes de guerra de deportación y traslado ilegal de la población (niños).
SEMANA: Por años, la CPI se ha enfocado en estudiar los casos del mundo en desarrollo, como los grandes crímenes que se cometen en África. ¿Cuándo se da este giro hacia mandatarios, por decirlo así, más poderosos?
Carlos Arévalo: Es verdad que en sus inicios la CPI se enfocó más en casos africanos, pero en gran medida porque muchos de estos casos fueron sometidos por los propios países como consecuencia de la imposibilidad de ser desarrollados al interior de sus Estados. Después de todas las críticas recibidas por ese enfoque geográfico, hoy en día la CPI tiene un alcance más universal con situaciones en distintas latitudes y no solo en África, por ejemplo: Georgia (2016), Bangladés/Myanmar (2019), Afganistán(2020), Palestina (2021), Filipinas (2021), Venezuela (2021) y Ucrania (2022).
SEMANA: ¿Es comparable la situación jurídica de Netanyahu con la de Vladimir Putin?
Carlos Arévalo: La situación jurídica sí, hay una investigación en curso, y una orden de detención en los dos casos, así que en términos de procedimiento se pueden identificar similitudes. Sustancialmente no, crímenes por los cuales están siendo investigados muy distintos y contextos muy diferentes.
Tal vez otra cosa que tienen en común estos dos casos es la necesidad de la Corte Penal Internacional de mandar un mensaje claro: en el mundo de hoy, nadie, no importa que tan importante sea su posición, va a gozar de inmunidad frente a la comisión de atrocidades.
SEMANA: ¿Qué viene en el proceso de Netanyahu y los demás?
Carlos Arévalo: Sigue la realización de la audiencia de confirmación de los cargos, que la Regla No. 125 de las Reglas de Procedimiento y Prueba de la CPI, prevé que se puede realizar en ausencia, con autorización de la Sala de Cuestiones preliminares. Ahora bien, Si no se logra la comparecencia de los procesados, el caso no puede avanzar más allá de este punto. Por eso, en este momento el mensaje político que se envía con la decisión de la Corte es claro, pero si se quiere avanzar en el aspecto judicial, se debe lograr la cooperación internacional para que los procesados sean llevados a instancias de la CPI.