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Condenan a un expresidente de El Salvador a 14 años de prisión por hacer pactos con pandillas
Mauricio Funes realizaba acuerdos con las pandillas Barrio 18 y la Mara Salvatrucha MS13.
La Fiscalía General de El Salvador pidió la pena de 16 años de cárcel para el expresidente, Mauricio Funes Cartagena, y 20 años para el exministro de Justicia y Seguridad, David Victoriano Munguía Payés, procesados por el pacto que realizaron en 2012 con pandillas para la reducción de homicidios.
Al expresidente Mauricio Funes le acusan del delito de agrupaciones ilícitas y de incumplimiento de deberes, por el que pedían por cada uno ocho años de prisión.
Finalmente, el Tribunal Especializado de Sentencia C de San Salvador tomó las recomendaciones de la Fiscalía y ha condenado en las últimas horas a 14 años de prisión al expresidente Mauricio Funes por la tregua pactada con las pandillas. Además, ha sido condenado a 18 años de prisión el exministro de Justicia y Seguridad, David Victoriano Munguía Payés.
“Condénese por el delito de agrupaciones ilícitas a ocho años de cárcel, y seis años de cárcel por el delito de incumplimiento de deberes”, reza sobre Funes la sentencia del juez especializado, recogida por el diario salvadoreño El Mundo.
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Munguía ha sido condenado a ocho años de prisión por agrupaciones ilícitas, a seis por el delito de incumplimiento de deberes y cuatro más por el delito de actos arbitrarios.
El juez basa su fallo en la prueba testimonial, pericial y documental que calificó como útiles, pertinente y lícitas y que prueban la comisión de los delitos por la que se condena a los procesados.
#ÚltimaHoraLCCS | Según fuentes judiciales, el expresidente Mauricio Funes ha sido condenado a 14 años de prisión por Agrupaciones Ilícitas e incumplimiento de deberes; mientras que el exministro de la Defensa, David Munguia Payes, fue sentenciado con 18 años, por los mismos… pic.twitter.com/KaHkAG2HwA
— Natan Vaquiz (@NatanVaquiz) May 29, 2023
Los dos responsables políticos tenían el conocimiento y el dominio de las acciones ilegales que se realizaban en el marco de los acuerdos con las pandillas Barrio 18 y la Mara Salvatrucha MS13 durante 2011 y 2013, recoge la sentencia.
Así, se han acreditado reuniones entre pandillas, visitas de mujeres a los centros penales, la entrada de orquestas para fiestas, traslados de pandilleros a otros centros penales o la visita de mediadores a las prisiones sin cumplir con el debido protocolo.
Los directores de las prisiones “no tenían el poder de decisión de realizar esas acciones ilegales”. “Todo era del pleno conocimiento del presidente y del ministro”, destaca el texto.
La Fiscalía ha explicado en sus alegatos finales que durante el juicio han quedado probados los delitos gracias a las declaraciones en calidad de testigos de un pandillero de la Mara Salvatrucha que participó en la tregua y la del obispo de San Miguel, Fabio Colindres, quien en calidad de mediador participó en las primeras reuniones y relató que fueron autorizadas por los dos procesados.
Han añadido que ambos funcionarios “omitieron y se excedieron en sus obligaciones”, además de “violentar el protocolo de seguridad, estando al cargo de instituciones”, no haciendo nada para acabar con las acciones que se realizaron en los centros penales como parte de la tregua, en referencia a los actos ilícitos que se cometieron bajo la Ley Penitenciaria.
Por el delito de agrupaciones ilícitas, la Fiscalía ha sostenido que ambos funcionarios “promovieron, facilitaron y ayudaron” a que las pandillas obtuvieran beneficios en los centros penitenciarios, que fueron entregados a través de los mediadores.
El abogado defensor del expresidente ha alegado que la Fiscalía no ha conseguido “quebrantar su inocencia”, ya que en el caso de agrupaciones ilícitas, no se ha probado que haya sido miembro de alguna de las pandillas que supuestamente participaron en la tregua, ni ningún testigo probó con documentos o de vistas que Funes diera órdenes sobre las facilidades a pandilleros en los centros penales.
Por su parte, la defensa de Payés ha alegado que la Fiscalía no ha acreditado la existencia del delito de incumplimiento de deberes, ya que los testigos no han probado que el exministro “tuviera conocimiento”, ni que “haya avalado, continuado, o permitido el ingreso de ilícitos a centros penales”, por lo que han pedido una sentencia absolutoria para su defendido.