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Colombia es el único país de la región donde se despenalizó la eutanasia, mientras en Chile continúa en debate. | Foto: Getty Images/iStockphoto

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Corte Constitucional de Ecuador despenaliza la eutanasia tras el polémico caso de Paola Roldán

Paola Roldán padece esclerosis lateral amiotrófica, una enfermedad que progresivamente va inhabilitando sus músculos.

Redacción Semana
7 de febrero de 2024

La Corte Constitucional de Ecuador aprobó el miércoles por primera vez la eutanasia tras una demanda presentada por una mujer de 42 años que sufre una enfermedad terminal.

A su vez, la Corte le concedió dos meses al Ministerio de Salud para elaborar un reglamento sobre la eutanasia activa y seis meses a la Defensoría del Pueblo para elaborar un proyecto de ley que la regule. En tanto, la Asamblea deberá debatirlo y aprobarlo en 12 meses.

La decisión fue consecuencia de la lucha judicial impulsada por Paola Roldán, quien padece esclerosis lateral amiotrófica, una enfermedad que progresivamente va inhabilitando sus músculos y que precisa asistencia de oxígeno y personal especializado durante las 24 horas.

A finales del año pasado, Roldán dijo en su cuenta de X, antes Twitter, que “no sé cuánto más me quede en esta lenta agonía” y contó que estuvo al borde de la muerte varias veces.

La sentencia de la Corte Constitucional, el máximo órgano de control e interpretación de la carta magna, declaró la “constitucionalidad condicionada” de la muerte asistida de Roldán siempre que se cumplan los siguientes requisitos: que un médico realice el procedimiento y que ella exprese su consentimiento inequívoco, libre e informado o a través de su representante cuando no pueda expresarlo.

A mediados de enero la mujer relató que entre Navidad y Año Nuevo estuvo a punto de morir docenas de veces por atoramiento y que incluso recibió los santos óleos, según contó en su cuenta de X mientras urgía a los magistrados de la Corte una respuesta a su pedido.

En agosto de 2023, Roldán demandó la inconstitucionalidad del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal que tipifica el delito de homicidio y prevé una pena de 10 a 13 años de prisión.

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La muerte asistida o eutanasia es una decisión completamente personal, nadie puede ser obligado a ella ni puede practicarse en contra de la voluntad de la persona. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Según la demanda, esto implica una sanción a quienes intervengan en la aplicación del derecho a la muerte digna. El escrito argumentó que la muerte digna es un derecho de “quienes padecen y han sufrido enfermedades graves o incurables” y deciden de manera “libre y voluntariamente poner fin a su vida” para detener los “sufrimientos o dolores intensos físicos o emocionales”.

Roldán presentó los primeros síntomas de la enfermedad en 2020 y la enfermedad fue progresando hasta dejarla postrada en una camilla. Solo puede alimentarse por vía intravenosa.

“Semana a semana soy testigo consciente de cada facultad que voy perdiendo”, había dicho en noviembre a los jueces de la Corte Constitucional ante los cuales compareció vía internet.

La mujer siempre aclaró que su demanda para que se le permita acceder a la eutanasia no buscaba “revictimizarse” ni causar lástima y precisó que lo único que merecía era “una muerte con dignidad”.

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la Corte le concedió dos meses al Ministerio de Salud para elaborar un reglamento sobre la eutanasia activa. | Foto: Getty Images

En Ecuador la eutanasia no es legal, pero sí se contempla la “eutanasia pasiva”, que permite a un familiar tomar la decisión de desconectar los equipos que mantienen con vida a un paciente, de acuerdo con el Código de Salud.

De acuerdo con datos del Ministerio de Salud, en el país existen 58 casos de enfermedades neuromotoras degenerativas e incurables. Colombia es el único país de la región donde se despenalizó la eutanasia, mientras en Chile continúa en debate.

*Con información de Associated Press.