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Histórico: Corte Suprema de México declara inconstitucional penalizar el aborto
La práctica era sancionada hasta con 3 años de cárcel y que quedó sin efecto al ser declarados inconstitucionales los artículos que lo penalizaban.
La Corte Suprema de México dio un paso histórico al despenalizar el aborto en ese país. Una práctica que era sancionada hasta con 3 años de cárcel y que quedó sin efecto al ser declarados inconstitucionales los artículos que lo penalizaban. La toma de decisión se remonta al 7 de julio de 2021.
La Suprema Corte de México abrió entonces la puerta a la interrupción legal del embarazo sin límite temporal en casos de violación, al declarar en ese momento inconstitucional un artículo del código penal del estado Chiapas que impidió abortar a una menor con parálisis cerebral severa. La Primera Sala del tribunal concedió un amparo a la demandante quien también enfrentaba “condiciones de pobreza y marginación” y a quien se le negó la posibilidad de abortar en un hospital público.
El director del Hospital General de la ciudad de Tapachula rechazó en aquel momento atender a la víctima “por encontrarse fuera del plazo de 90 días después de la concepción, establecido en el artículo 181 del Código Penal”, según explicó entonces dicho tribunal mediante un comunicado. “La limitación temporal prevista en dicho precepto implica un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes, cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida”, consideró la Corte.
La corporación determinó, además, que un juez de distrito de Chiapas, que rechazó inicialmente el amparo, analizó incorrectamente el caso pues no valoró las particularidades de la víctima y no actuó conforme a los lineamientos relacionados con perspectiva de género. El juez distrital tampoco se pronunció sobre la necesidad de aplicar ajustes razonables al procedimiento, ni tomo en cuenta que al momento de la violación la víctima era menor de edad, según alegó la Corte. “La Sala concluyó que la negativa de la autoridad sanitaria se tradujo en una serie de violaciones graves a los derechos humanos de la víctima y de su madre”, agregó el comunicado.
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— Suprema Corte (@SCJN) September 7, 2021
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La Corte ordenó que ambas fueran reparadas por el daño sufrido, comprendiendo medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y no repetición. Aunque la sentencia solo tenía efectos sobre las querellantes y el código penal de Chiapas, los argumentos planteados sirvieron como referente para futuros amparos por esta misma causa, dependiendo de las circunstancias, y este 7 de septiembre los togados de dicha Corte decidieron despenalizarlo, con 10 votos unánimes, una decisión histórica para América Latina y en un país afectado por la violencia de género.
El aborto por violación estaba despenalizado en los 32 estados de México, pero la mayoría impone un límite temporal de 12 semanas o 90 días para realizarlo. En mayo pasado, el Congreso de Ciudad de México aprobó extender el plazo de 12 a 20 semanas de gestación. La interrupción legal del embarazo por libre decisión de la mujer solo está permitida en Ciudad de México y en los estados Oaxaca e Hidalgo.
Veracruz
El 20 de julio pasado, el Congreso del estado mexicano de Veracruz aprobó la interrupción legal del embarazo hasta las doce semanas, con lo que suman cuatro los distritos del país latinoamericano en despenalizar el aborto. Con 25 votos a favor, la mayoría del partido Morena (izquierda), 13 en contra y una abstención, los diputados de Veracruz aprobaron el dictamen que permite el aborto hasta la semana 12 de gestación.
“¡Veracruz despenalizó el aborto!”, celebró en Twitter la oenegé GIRE, que promueve el derecho al aborto legal. GIRE destacó que al ser Veracruz el tercer distrito más poblado del país, “con esta decisión se garantiza autonomía y libertad para más mujeres, niñas y adolescentes”. La legislación es “una de las más progresistas en México”, señaló de su lado la organización Católicas por el Derecho a Decidir. La oenegé destacó que con esta reforma se elimina además el plazo para abortar en caso de violación y disminuye las penas por aborto.
La Corte analiza diversos artículos del Código Penal de Coahuila que criminalizan la interrupción del embarazo voluntario y que sancionan la violación entre personas unidas en matrimonio, concubinato o pacto civil con una pena menor que la establecida para el delito de violación pic.twitter.com/xDo1lrWmgE
— Suprema Corte (@SCJN) September 6, 2021
A principios de julio, la Comisión Nacional de Derechos Humanos condenó la decisión de la justicia de Veracruz de acusar a una mujer de homicidio tras haber sufrido un aborto espontáneo. La joven está encarcelada. El aborto por violación está despenalizado en los 32 estados de México y en el código penal federal, pero en al menos ocho distritos se impone un límite, en general de 12 semanas o 90 días.
Ciudad de México fue la primera jurisprudencia de América Latina en despenalizar el aborto en 2007. Dentro del país han seguido los estados de Oaxaca (sur) en 2019, Hidalgo (centro) el 30 de junio pasado y luego Veracruz. El aborto clandestino es la cuarta causa de muerte materna en México, donde mujeres siguen siendo criminalizadas por esta causa, según datos de GIRE.
México enfrenta además un serie problemática de violencia de género, con 967 casos de feminicidio durante 2020 y una impunidad del 94% de los delitos contra las mujeres, según cifras oficiales.