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Pedro Castillo pide que se desestime el caso de rebelión en su contra: “no pueden sustentar un supuesto delito”
Castillo ha asegurado que la Fiscalía no posee suficientes pruebas en su contra.
El expresidente de Perú Pedro Castillo, insistió este martes 23 de mayo en que no cometió los delitos de rebelión ni conspiración que se le imputaron luego de que su intención de disolver el Congreso Nacional y llamar a nuevas elecciones. El exmandatario aprovechó para pedir a la Justicia andina que archive el caso en su contra.
“Me ratifico hoy una vez más en que no cometí delito de rebelión ni conspiración. Hoy estoy convencido de cómo la Procuraduría y el Ministerio Público no pueden sustentar un supuesto delito”, declaró en una audiencia virtual desde la prisión de Barbadillo, donde cumple órdenes de prisión preventiva.
Castillo, quien ha asegurado que la Fiscalía no posee suficientes pruebas en su contra, subrayó que está “privado injustamente” de su libertad, solicitando al juez que le aparte de la investigación.
“Pido que hoy emita una decisión correcta en función a los argumentos que ha hecho mi defensa. Una decisión sin ningún tipo de apasionamientos, sin parcialización en mi contra, y una decisión firme en honor a la justicia, sin ninguna presión mediática”, indicó, según ha informado El Comercio.
Pedro Castillo se encuentra detenido después desde el 7 diciembre de 2022, cuando anunció la disolución del Congreso y la instauración de un gobierno de excepción. Su decreto, que no recabó ningún apoyo, terminó por llevar al Parlamento a apoyar una moción de censura en su contra y a la posterior detención por la Policía del país.
Disolución del Parlamento en Ecuador vs disolución ordenada por Pedro Castillo
El 17 de mayo, por cuenta del anuncio del presidente Guillermo Lasso se hizo efectiva la medida de ‘muerte cruzada’ y lo que ello acarrea en términos de disolución del actual Parlamento, en el continente se han escuchado voces disímiles, sentando su punto de vista frente a lo que ello acarrea.
Precisamente, en medio de esas voces, hay quienes han criticado la forma en la que se ha visto el caso ecuatoriano, en contraste con lo que en su momento suscitó el caso de Perú, donde en diciembre del año anterior, el entonces presidente Pedro Castillo, en medio de su proceso de moción de vacancia por incapacidad moral, anunció su decisión de disolver; sin éxito, el Parlamento que se encargaría de destituirlo.
Si bien para muchos, ha surgido la duda, y critican que en el caso de Ecuador, a diferencia del caso peruano, Lasso no terminara tras las rejas, como sí lo fue el caso de Castillo Terrones en Perú, es importante apuntar que, pese a la existencia de algunas líneas de similitud; como la existencia de juicios políticos para los mandatarios, y la decisión de disolver el parlamento, los casos son totalmente disímiles.
Lo anterior, se fundamenta básicamente en que, mientras que en el caso peruano se trató de una suerte de autogolpe de Estado, en tanto dicha medida adoptada por el expresidente Castillo no se encontraba amparada en una disposición constitucional, en el caso de Lasso en Ecuador, su decisión sí encuentra asidero y sustento en una herramienta dispuesta en su ordenamiento jurídico interno.
Sobre el particular, vale la pena aclarar que el presidente de Ecuador, amparó su decisión de la muerte cruzada en un mecanismo contemplado en el artículo 148 de su Constitución, en la que se advierte que el líder del poder ejecutivo está en la potestad de disolver el órgano legislativo, si se enfrenta a una situación en la que dicho Parlamento “se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente”.
En el caso de Castillo, la decisión de este líder era la de disolver el Parlamento, arrogándose el poder de ‘eliminar’ su más fuerte contrapeso establecido por la Constitución, sin que su medida advirtiera la necesidad de convocar nuevas elecciones para suplir a los parlamentarios, ni mucho menos contemplaba su salida del poder para que los peruanos también decidieran eventualmente su continuidad o la llegada de un nuevo mandatario.
*Con información de Europa Press.