Estados Unidos
Atención: por estas razones Estados Unidos está expulsando a colombianos. ¿Qué requisitos no están cumpliendo?
Son varios los vuelos que han llegado a Bogotá con ciudadanos nacionales que no pudieron entrar a territorio estadounidense.
Migración Colombia había advertido sobre la reanudación de vuelos con migrantes colombianos provenientes desde Estados Unidos. Precisamente el pasado miércoles, 10 de mayo, llegaron al país 209 connacionales que contaron con el apoyo de la Defensoría del Pueblo tras la polémica por una supuesta vulneración de derechos que se desató.
“No hay manera de llegar a la frontera de Estados Unidos. Si llegan allá, la única cosa que va a pasar es estar retenidos y devueltos a sus países”, dijo de manera enfática Francisco Palmieri, embajador de Estados Unidos en Colombia.
¿A quiénes están devolviendo de Estados Unidos a Colombia?
Con la entrada en vigencia nuevamente del Título 8, las autoridades migratorias de Estados Unidos tienen nuevas directrices. Precisamente, un colombiano que intente ingresar al país y no cumpla con estas normativas, será devuelto a su país de origen.
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Los colombianos que no han sido aceptados para entrar a Estados Unidos, al parecer, tendrían encima estas características para ser expulsados de manera inmediata:
1. Fueron deportados en alguna ocasión y no cumplieron con el tiempo sancionatorio que le impusieron las autoridades migratorias.
2. Han cometido crímenes o delitos en el país de origen, en este caso Colombia, lo cual convierte al ciudadano en una amenaza para la seguridad nacional de Estados Unidos.
3. Ciudadanos que intentaron ingresar o ingresaron a Estados Unidos por lugares irregulares y no por puertos fronterizos legales y que posteriormente fueron identificados por las autoridades.
4. Aquellos que fueron dejados en libertad condicional por agentes migratorios en Estados Unidos y no cumplieron con esta medida y se quedaron en el país de manera irregular.
Además de esto, los agentes de Seguridad Nacional de Estados Unidos tienen la potestad de autorizar si un extranjero no puede entrar porque es inadmisible en virtud de la Sección 212 de la Ley de Inmigración.
El mayor temor que tienen los migrantes frente al Título 8 es que las personas expulsadas bajo esa normativa pueden terminar con antecedentes penales o incluso con una prohibición de cinco años para solicitar de nuevo la entrada legal a Estados Unidos.
Otro de los aspectos que deben tener en cuenta los colombianos que piden asilo en Estados Unidos es que, de ahora en adelante, el Gobierno de ese país obliga, por tanto, a los migrantes a pedir cita para el asilo a través de la aplicación móvil CBP One o a tramitarlo en países por los que transitan para llegar a Estados Unidos, por ejemplo, acogiéndose a un permiso de reunificación familiar o a un programa que autoriza la entrada de 30.000 personas por mes de Venezuela, Nicaragua, Cuba y Haití por motivos humanitarios.
Habrá excepciones a las restricciones de asilo: si no han podido acceder o usar la aplicación móvil debido a una barrera del idioma, analfabetismo o fallo técnico, si lo solicitaron y se les denegó en otro país o en circunstancias excepcionales, enumera el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) en un comunicado. Tampoco se aplicarán a los niños no acompañados.
Cuando el Gobierno propuso esta regla en febrero pasado, las ONG la compararon con una medida que el expresidente republicano Donald Trump intentó activar en 2019.
Son varios los aspectos que debe cumplir y tener en cuenta un colombiano para llegar a Estados Unidos. De no cumplirlos, se podrían encontrar con una barrera que los pondría en pocas horas nuevamente del país que salieron.