Estados Unidos
Estados Unidos acaba con la discriminación positiva en las universidades, ¿de qué se trata?
Sus seis jueces conservadores dictaminaron, en contra de la opinión de los tres progresistas, que los procedimientos para el ingreso en los campus universitarios, basados en el color de la piel o el origen étnico de los solicitantes, son inconstitucionales.
La Corte Suprema de Estados Unidos puso fin este jueves 29 de junio a los programas de discriminación positiva en las universidades, en un histórico fallo un año después del revés al derecho al aborto.
Sus seis jueces conservadores dictaminaron, en contra de la opinión de los tres progresistas, que los procedimientos para el ingreso en los campus universitarios basados en el color de la piel o el origen étnico de los solicitantes son inconstitucionales.
“El alumno debe ser tratado en función de sus experiencias como individuo, no en función de su raza”, escribió el presidente de la Corte Suprema, John Roberts.
Los magistrados conservadores estimaron que las universidades son libres de considerar la experiencia personal de un solicitante, por ejemplo, si sufrió racismo, a la hora de sopesar su solicitud frente a otros más calificados académicamente.
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Pero decidir principalmente en función de si es blanco o negro no está permitido es en sí mismo discriminación racial, aseguran.
“Nuestra historia constitucional no tolera esa elección”, añadió el magistrado Roberts.
Varias universidades muy selectivas introdujeron criterios raciales y étnicos en sus procedimientos de admisión a finales de la década de 1960 para corregir las desigualdades derivadas del pasado segregacionista de Estados Unidos y aumentar la proporción de estudiantes negros, hispanos o indios estadounidenses en sus aulas.
Esta política, conocida como “discriminación positiva”, siempre ha sido muy criticada en los círculos conservadores, que la consideran opaca y racista.
La Corte Suprema se ha pronunciado en contra de las cuotas en varias ocasiones desde 1978, pero siempre ha autorizado que las universidades tengan en cuenta criterios raciales, entre otros.
Hasta ahora, había considerado “legítima” la búsqueda de una mayor diversidad en los campus, aunque ello supusiera quebrantar el principio de igualdad entre todos los estadounidenses.
La decisión se dio al encontrar que Harvard y la Universidad de Carolina del Norte violaron la Constitución al utilizar la raza como un factor en el proceso de admisiones.
Con la decisión se acabó con una política que tradicionalmente ha favorecido principalmente a estudiantes negros y latinos.
Se trata de dos sentencias de 237 páginas en las que la mayoría conservadora impuso su criterio. “Eliminar la discriminación racial significa eliminarla en su totalidad”, de acuerdo con el documento.
La demanda
El autor de la demanda que dio origen a la sentencia, Edward Blum, quien es fundador de Estudiantes por Admisiones Justas (Sffa por sus siglas en inglés), consideró que la discriminación positiva perjudica a los estudiantes blancos y asiáticoamericanos.
Adicionalmente, en el documento que sustentó el recurso legal, impugnó los sistemas de admisiones de la Universidad de Harvard y de la de Carolina del Norte.
Durante el estudio de la demanda, las dos universidades y los defensores de la acción afirmativa defendieron que la sentencia de Brown promovía la igualdad de oportunidades en sentido amplio y que, por tanto, favorece a las minorías y permite compensar las dificultades que se derivan del racismo estructural que les pone en inferioridad de condiciones.
Se referían esencialmente al “caso de Brown contra el Consejo de Educación de Topeka”, con el que la Corte Suprema de Justicia de ese país acabó con la segregación racial en las escuelas de Estados Unidos, considerada por muchos como la sentencia más destacada en la historia del tribunal.
Pero Estudiantes por Admisiones Justas defendió su posición basándose en esa misma sentencia, tras argumentar que los procesos de admisión no se deben regir por consideraciones raciales, por lo que tener en cuenta la raza para discriminar positivamente a unos grupos afecta a otros sectores con lo que se viola el derecho a la igualdad que consagra la Constitución de ese país.
“La decisión histórica de este tribunal en el caso Brown rechazó definitiva y firmemente la opinión de que las clasificaciones raciales tienen algún papel que desempeñar en la provisión de oportunidades educativas”, destacó el abogado de esa organización, Patrick Strawbridge, durante las audiencias.
Igualmente, señaló que la admisión en las universidades “es una excepción flagrante a esa regla” por la discriminación positiva.
Antecedente
Previamente, la Corte Suprema de Justicia había mantenido la discriminación positiva, tras un fallo en 1978 en el caso de la Universidad de California contra Bakke y la cual permaneció en 2003 en la sentencia Grutter contra Bollinger relativa a la Universidad de Michigan, la cual tuvo una votación de 5 contra 4 cuando el tribunal tenía mayoría progresista.
En 2016, en otra sentencia en el caso de Fisher contra la Universidad de Texas, el espíritu del fallo inicial no tuvo ningún cambio.
Con esas sentencias se ratificó que las universidades no pueden establecer cuotas por raza, pero sí tomar en cuenta consideraciones raciales junto a otras para favorecer la diversidad y la igualdad de oportunidades.
Tras la decisión de este jueves, los jueces progresistas declararon estar indignados con este giro de 180 grados.
El tribunal está “invirtiendo décadas de jurisprudencia y de inmenso progreso”, escribió la jueza Sonia Sotomayor en su nombre.
* Con información de AFP