Los taxis también tienen pico y placa, pero sólo de sábado a miércoles.
Quienes no cumplan con la medida en la ciudad de Armenia se hacen acreedores a una multa de quince salarios mínimos legales vigentes diarios. | Foto: Cortesía Alcaldía de Pereira

Nación

Armenia y el pico y placa para el miércoles 18 de enero

Los taxis también tienen pico y placa y en el caso de este miércoles le corresponde a las matrículas que empiecen en los dígitos 9 y 0.

17 de enero de 2023

Los vehículos particulares y las motocicletas manejan la misma rotación numérica de pico y placa en la ciudad de Armenia, con el objetivo de agilizar la movilidad en las zonas donde se tiene mayor congestión vehicular. Este miércoles no pueden circular las matrículas terminadas en los dígitos 7 y 8.

La zona donde se aplica la medida es desde la calle 11 hasta la 25 entre carrera 13 y 22 desde las 7:00 a.m. hasta las 7:00 pm en jornada continua.

En Armenia el pico y placa aplica también para los taxis
Además se realizan algunas intervenciones viales para reducir la accidentalidad | Foto: Cortesía Alcaldía de Armenia

Además de 7:00 a 9:00 de la mañana; de 11:30 a.m. a 2:00 p.m. y de 5:30 de la tarde a 7 de la noche en los siguientes sectores: desde la plaza del Coliseo del Café, carrera 19, calle segunda norte; la avenida 14 de octubre, sobre la calle 23, carrera 20ª, la calle 26, calle 10, carrera 11 y 12.

Entre las excepciones a la medida de pico y placa en Armenia se destacan las siguientes:

  • Vehículos de asistencia médica de urgencias, domiciliarios adscritos, en propiedad o alquiler de empresas cuyo objeto social sea la prestación de servicio de salud, para lo cual la persona natural o jurídica autorizada deberá tramitar ante el organismo de tránsito de Armenia la inscripción del vehículo autorizado para este servicio.
  • Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional, los agentes y reguladores de tránsito y transporte, en sus respectivos horarios laborales.
  • Carrozas fúnebres, más no el cortejo fúnebre.
  • Vehículos tipo ambulancia, debidamente habilitados por la autoridad competente.
  • Vehículos pertenecientes al cuerpo de Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil y cualquiera institución dedicada exclusivamente a la atención de emergencias y que se encuentren plenamente identificados y en cumplimiento del servicio.
Los taxis no tienen restricción los días jueves
Quindio, apertura de comercio, restaurantes, café, parques | Foto: jorge alberto mendoza
  • Vehículos adaptados y que transporten personas con alguna discapacidad, siempre y cuando la persona con la discapacidad esté ocupando el vehículo.
  • Vehículos operativos de empresas de servicios públicos domiciliarios con logotipo que los identifique.
  • Grúas de servicio público y particular, solo durante la prestación del servicio.
  • Vehículos destinados a la prestación del servicio de escoltas, debidamente identificados y durante la prestación del servicio.
La capital del Quindío cierra 2021 con un balance positivo y se ubica entre las diez
ciudades más competitivas de Colombia.
La capital del Quindío cierra 2021 con un balance positivo y se ubica entre las diez ciudades más competitivas de Colombia. | Foto: Cortesía Alcaldía de Armenia
  • Vehículos operativos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Vehículos pertenecientes a empresas de mensajería, adscritos a una empresa autorizada para realizar dicha labor, para lo cual deben estar plenamente identificados y durante la prestación del servicio.
  • Motocicletas adscritas a las empresas legalmente constituidas y que presten servicios de mensajería o domicilio, previa inscripción ante el organismo de tránsito y transporte municipal.
  • Motocicletas pertenecientes a empresas dedicadas a los servicios de seguridad, vigilancia privada o de escoltas, siempre y cuando estén prestando el servicio y plenamente identificados.
  • Motocicletas pertenecientes a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional y a la Fiscalía.

Quienes no cumplan con la medida se hacen acreedores a una multa de 15 salarios mínimos legales vigentes diarios.