NACIÓN

10 puntos clave del fallo de la corte que le pone freno a las consultas populares

La Corte Constitucional, al echar para atrás la consulta en Cumaral, Meta, cerró la puerta para que los ciudadanos tomen decisiones sobre exploración minera en su territorio a través de este mecanismo de participación. Semana le explica lo que dice y no dice la sentencia.

12 de octubre de 2018
| Foto: Felipe Rodriguez

El caso de Cumaral, en el departamento del Meta, fue la ficha que provocó el efecto dominó sobre las consultas populares. La Corte Constitucional echó para atrás el aval que dió el Tribunal Administrativo del Meta para que se hiciera un proceso de participación ciudadana en el que se le preguntó a la comunidad: "¿Está usted de acuerdo ciudadano cumaraleño que dentro de la jurisdicción del municipio de Cumaral, se ejecuten actividades extractivas de explotación sísmica, perforación exploratoria y producción de hidrocarburos?". Ante esta pregunta, 7.475 ciudadanos votaron por el No, y solo 193 por el Sí.

¿Cuáles fueron las razones de la corte para declarar nula la consulta popular en Cumaral? y ¿qué otras decisiones se tomaron?

1. Se violó el debido proceso al aprobar la pregunta de la consulta

La Corte Constitucional consideró que el Tribunal Administrativo del Meta le dio una interpretación fuera de contexto a las disposiciones de esa misma corte en cuanto a los límites que debían tener las consultas populares. La corte dice que con la pregunta se buscaba prohibir toda actividad extractiva para la exploración del subsuelo, pero a donde se ha debido orientar es a determinar el uso que se le iba a dar al suelo.

2. Falta definir mecanismos idóneos para la participación 

La Sala Plena de la corte exhorta al Congreso de la República para que se definan mecanismos de participación ciudadana e instrumentos de coordinación entre la Nación y las entidades territoriales respecto al uso del suelo. Se establecieron nueve criterios constitucionales para la implementación y definición de estos mecanismos e instrumentos.

3. El papel de la Agencia Nacional de Hidrocarburos

La Agencia Nacional de Hidrocarburos tiene la obligación, según la corte, de crear un procedimiento que dé claridad y materialice la coordinación con las entidades territoriales para que se puedan definir las zonas de exploración y explotación de hidrocarburos.

4. El uso del subsuelo es de la Nación

Aunque la Nación es la dueña de los recursos del subsuelo, las entidades territoriales son las encargadas de definir el destino del suelo. Una de las dudas que se originan con elf allo es cómo van a compaginar estas competencias de cada uno. El Ministerio de Minas y Energía,  la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la Agencia Nacional de Minería tienen la obligación de mantener y fortalecer programas y proyectos que consoliden canales de diálogo y comunicación entre las comunidades y el Estado, con el fin de que exista coordinación precisa en cada proceso.

5. Exigencias al sector minero

Los ministerios de Minas y Ambiente, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, la Agencia Nacional de Hidrocarburos, Agencia Nacional de Minería, la Unidad de Planeación Minero Energética y el Servicio Geológico Colombiano son las entidades encargadas de que las empresas del sector garanticen los derechos humanos. La decisión les ordena que se haga la debida gestión de riesgos ambientales y sociales por sus operaciones. Además, debe haber espacios de ampliación de diálogo con los alcaldes municipales.

6. Lo que dice la Constitución Política sobre las decisiones en los territorios

La decisión de la corte plantea un debate sobre cuál es el espacio que tienen las entidades territoriales para participar en procesos que afecten sus territorios. El partido Alianza Verde recalcó que la constitución señala que los alcaldes tienen la potestad para convocar consultas para que el pueblo tome decisiones sobre asuntos que afecten su municipio.

7. Lo que dice la Asociación Colombiana de Minería

Esa organización es optimista con el fallo de la corte, pues cree que permitirá materializar varios proyectos minero-energéticos que le permitirán el Estado hacer un aprovechamientos de estos recursos. "Tomamos con mucho agrado el comunicado de la corte. Por fin reconocen un error que se cometió hace dos años", dijo Santiago Ángel, presidente del gremio minero.

8. ¿Cuántas consultas van?

Según la Asociación Colombiana de Minería se tienen contadas 158 iniciativas de consultas populares; 135 acuerdos municipales y se han realizado nueve consultas populares.

9. El pedido del Consejo Nacional Electoral

El CNE le pidió a la Registraduría que suspenda todo tipo de iniciativas de consultas populares que busquen frenar proyectos minero energéticos. “Voy a solicitar al registrador, conforme al fallo, que se suspenda logísticamente la realización de esas consultas”, dijo Heriberto Sanabria a la W Radio.

10. Lo que dice el Consejo de Estado

El miercoles el Consejo de Estado dijo que aunque los municipios no solo tienen la competencia sino la obligación de hacer consultas populares cuando se están desarrollando proyectos, en especial los minero energéticos y sobre todo cuando haya posibilidades de amenaza por cambio del uso del suelo y por la transformación de actividades ancestrales

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