Madre venezolana. | Foto: Karen Salamanca

NACIÓN

23.478 hijos de venezolanos, bajo riesgo de apatridia en Colombia

La Procuraduría le propuso al gobierno una medida humanitaria y excepcional que permita nacionalizar a los menores y así garantizarles el acceso a los derechos básicos.

26 de junio de 2019

Desde hace cuatro años en Colombia nacen cada día 16 niños venezolanos. Sus derechos, sin embargo, son limitados. Que el parto se haya llevado a cabo en el país no es garantía de que tengan derecho a la ciudadanía. En Colombia, a diferencia de lo que ocurre en Estados Unidos, sí importa si los padres son connacionales, residentes permanentes, indocumentados, estudiantes, asilados, turistas o personas con visas de trabajo.

Actualmente, según cifras de la Registraduría, más de 23.478 niños nacidos entre agosto de 2015 y junio de 2019 se encuentran en riesgo de apatridia. Es decir, se exponen a que su situación migratoria se quede sin resolver y lleguen a no ser considerados como nacionales por ningún Estado. En parte, esto se debe al cierre de la frontera y la ruptura de las relaciones consulares entre los dos países.

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Miles de venezolanos que migraron en busca de oportunidades a Colombia no han podido registrar a los menores como venezolanos y mucho menos han podido hacerlo como colombianos. Por eso, ante el riesgo que corre esta población de quedarse sin el acceso a los derechos básicos la Procuraduría General lideró una reunión con la Cancillería, la Registraduría, el ICBF y Migración Colombia para que se tome una decisión de Estado encaminada a otorgar la nacionalidad colombiana a esta población.

El número de niños con padres venezolanos que han nacido en Colombia desde que empezó el éxodo, iguala el número de habitantes que tienen municipios como Barbosa en Antioquia o Tame en Arauca.

"El concepto fue bien recibido", le dijo el procurador Fernando Carrillo a SEMANA. "Todas las entidades manifestamos nuestro compromiso de tomar una decisión como Estado, encaminados a garantizar los derechos de esta población, en el marco del interés superior del niño y la prevalencia de sus derechos, atendiendo el régimen legal vigente en nuestro país. Quedan atrás interpretaciones rígidas que eventualmente vulneran derechos", agregó.

Entre los países con poblaciones notablemente grandes de personas apátridas se encuentran Myanmar, Kuwait, Côte d’Ivoire, Tailandia, Irak y República Dominicana. Esto significa que el grupo poblacional en cuestión no tienen derecho a educación, empleo, bienestar social, vivienda, atención médica, así como derechos civiles y políticos, entre ellos: libertad de circulación, libertad contra la detención arbitraria y participación política.

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"Cuando miles de personas son apátridas, el resultado son comunidades que están aisladas y marginadas. En los peores casos, la apatridia puede conducir a conflictos y causar desplazamiento", informó la Acnur, agencia de la ONU para los refugiados. Y es que se estima que al menos 10 millones de personas alrededor del mundo son apátridas.

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Procurador Fernando Carrillo. 

Para evitar que miles de hijos de venezolanos caigan en esa categoría, el produrador Carrillo parte de de tres artículos de la Constitución y una ley para protegerlos: a) El artículo 13 el cual advierte que "el Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. b) el Artículo 44 que habla de "los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás” y c) el 44 que indica que “ningún colombiano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad. La calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad".

Frente a la ley, la propuesta es que la decisión de darles la nacionalidad se ampare en el artículo quinto de la ley 43 de 1993 que establece las normas relativas a la adquisición, renuncia, pérdida y recuperación de la nacionalidad colombiana. En ella se indica que “los hijos de extranjeros nacidos en el territorio colombiano a los cuales ningún Estado les reconozca la nacionalidad, la prueba de la nacionalidad es el registro civil de nacimiento sin exigencia del domicilio".

Según informó Carrillo,  en los derechos humanos de los niños Colombia ha suscrito diversas convenciones internacionales que debe respetar. "Particularmente en la Convención de los derechos del niño, se desarrolló el principio del interés superior del niño que sirvió de base para el artículo 44 que incorporamos en la Constitución de 1991. Los niños y niñas tienen derecho a una nacionalidad, independientemente de los efectos migratorios de una medida como esta".

A pesar de que el Gobierno del presidente Iván Duque aún no ha tomado ninguna decisión, se sabe que la propuesta es revisada y se socializará en los próximos días. "Anticipo que será una medida humanitaria, excepcional para un periodo determinado", advirtió el procurador. Y es que uno de los temas que se analizan con más pinzas es el impacto fiscal de la medida provisional. ¿La razón?, el número de niños a quienes se les reconocería la nacionalidad es casi igual al número de habitantes que tienen municipios como Barbosa en Antioquia o Tame en Arauca.