Judicial

A Iván Márquez solo le queda someterse a la justicia: el fuerte concepto del Gobierno en respuesta a demanda contra la ‘paz total’

El Ministerio del Interior aseguró que el comandante de la denominada Nueva Marquetalia traicionó el Acuerdo e Paz que se firmó con la guerrilla de las Farc en 2016.

20 de febrero de 2023
  Iván Márquez, jefe de las disidencias de las Farc de la Segunda Marquetalia, fue pedido en extradición por Estados Unidos por narcotráfico. Su único camino será someterse a la justicia.
Iván Márquez, jefe de las disidencias de las Farc de la Segunda Marquetalia, fue pedido en extradición por Estados Unidos por narcotráfico. Su único camino será someterse a la justicia. | Foto: afp
Iván Márquez, Romaña, El Paisa y Jesús Santrich, decidieron formar la llamada Nueva Marquetalia, o Narcotalia como lo dice el presidente Iván Duque, luego de apartarse del acuerdo de paz.
Iván Márquez, Romaña, El Paisa y Jesús Santrich decidieron formar la llamada Nueva Marquetalia, o Narcotalia, como lo dice el presidente Iván Duque, luego de apartarse del acuerdo de paz. | Foto: SEMANA

En el extenso concepto, que ya está en poder del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, se señala que en el caso de los desertores, como Márquez, solamente se puede aplicar la figura de sometimiento a la justicia, puesto que ya en una oportunidad le dieron la espalda a un Acuerdo que fue avalado y puesto en marcha, por lo que no se puede aprobar una nueva negociación de paz para que entreguen las armas y regresen a la vida civil.

danilo rueda Alto comisionado de Paz
Danilo Rueda, alto comisionado de Paz. | Foto: Cesar carrion
San Vicente del Caguán, de la zona de distensión
Avisos alusivos a la paz son vistos en el Caguán, el 7 de marzo de 2016. Este municipio fue escenario de los diálogos de paz, en 1999, entre el expresidente Andrés Pastrana y la guerrilla de las Farc en la llamada ‘zona de distensión’ que comprendió el despeje militar de un área de 42.139 km² entre los municipios de La Uribe, La Macarena, Villahermosa y San Vicente del Caguán en los departamentos del Meta y Caquetá. Foto: Carlos Julio Martínez / SEMANA | Foto: Carlos Julio Martinez Semana

“(...) su proceso no va por medio de diálogos, negociación y acuerdo de paz, sino de acercamientos, conversaciones y sometimiento a la justicia”, precisa uno de los apartes del concepto. En otro punto se señala que con estos grupos solamente se puede fijar la forma en cómo se someterán y no más. Frente a este tema, el senador Iván Cepeda manifestó que no está de acuerdo con lo dicho por el Ministerio del Interior, advirtiendo que “en este caso –en referencia a Márquez y compañía– se presentó un entrampamiento judicial, que no justifica el rearme, pero sí un diálogo político”.

Este concepto fue enviado en el marco de la demanda presentada por el abogado Jorge Enrique Pava Quiceno, quien asegura que dentro de la Ley 2272 de 2022, que puso en marcha la creación de la ‘paz total’, hay varios artículos que dejan vacíos a la interpretación y desconocen varios pronunciamientos de la Corte Constitucional.

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La demanda apunta directamente al artículo 2 de la mencionada ley que permite la negociación para firmar un proceso/acuerdo de paz con grupos armados organizados al margen de la ley. “Se entenderá por grupo armado organizado al margen de la ley, aquel que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerza sobre una parte del territorio un control tal que permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas”.

Con poderosas armas, Iván Márquez, Jesús Santrich y alias el Paisa anunciaron el nacimiento de la Segunda Marquetalia. Hoy Márquez está escondido y temeroso, los otros dos fueron asesinados. - Foto: fuerzas armadas revolucionarias de colombia
Con poderosas armas, Iván Márquez, Jesús Santrich y alias el Paisa anunciaron el nacimiento de la Segunda Marquetalia. Hoy Márquez está escondido y temeroso, los otros dos fueron asesinados. - Foto: fuerzas armadas revolucionarias de colombia | Foto: FARC

Esto permite, entre otras cosas, abrir una negociación con Luciano Marín Arango, más conocido como Iván Márquez, en su calidad de comandante y jefe de la Nueva Marquetalia, esto pese a que renunció al Acuerdo de Paz firmado en 2016 con la guerrilla de las Farc. En otro de los apartes del artículo 2 se cobija además a “los exmiembros de grupos armados al margen de la ley, desmovilizados mediante acuerdos pactados con el Estado colombiano, que contribuyan con su desmantelamiento”.

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En otro aparte, se indica que las negociaciones se podrán emprender con “estructuras organizadas armadas de alto impacto”, las cuales son definidas como aquellas que se dediquen a la ejecución permanente y continua de conductas punibles.

Frente a esto, el demandante indica que se vulneran varios preceptos constitucionales, señalando que se trasgreden los principios de consecutividad e identidad flexible. El hecho que se le permita volver a negociar un eventual acuerdo a aquel que traicionó lo pactado anteriormente genera un caos.

 Con poderosas armas, Iván Márquez, Jesús Santrich y alias el Paisa anunciaron el nacimiento de la Segunda Marquetalia. Hoy Márquez está escondido y temeroso, los otros dos fueron asesinados.
Con poderosas armas, Iván Márquez, Jesús Santrich y alias el Paisa anunciaron el nacimiento de la Segunda Marquetalia. Hoy Márquez está escondido y temeroso, los otros dos fueron asesinados. | Foto: fuerzas armadas revolucionarias de colombia

“(...) abre una posibilidad completamente nueva a lo debatido en comisiones y, de hecho, constituye un aspecto político de alta sensibilidad”. Obviando así, por completo, todo el debate que se debe adelantar en la Cámara de Representantes, “lo cual conlleva que se violaron los principios de consecutividad e identidad flexible”.

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Frente a esto sentó su posición en el entendido de que no se puede permitir a reincidentes volver a sentarse en una mesa de negociación y hacer parte de un Acuerdo con los beneficios que este traiga. “(...) Es menester que la Corte declare la suspensión de la aplicación de “[los incisos demandados] en el sentido de impedir que se inicien procesos de negociación con exmiembros de grupos armados ilegales como parte de estructuras organizadas de crimen de alto impacto”.

Para el demandante, quien se ha destacado por sus columnas de opinión en varios medios de comunicación, el proyecto de ‘paz total va en contra de los principios constitucionales que le imponen al Estado la necesidad de garantizar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas en graves violaciones de derechos humanos y de derecho internacional humanitario.

“(...) el orden constitucional solo se garantiza si el reconocimiento de beneficios penales a miembros de grupos armados [ilegales] se compensa con incrementos en la protección de los derechos a la verdad, la reparación y la no repetición”, precisa la demanda. Para sustentar sus pretensiones cita varios fallos de la Corte Constitucional que fijaron un precedente en los procesos de paz.