BOGOTÁ
A partir de esta fecha podrá ser multado por no cumplir con el pico y placa en Bogotá
El pasado 22 de septiembre comenzó a regir la medida pero por 15 días, los comparendos serán de carácter pedagógico.
Desde el pasado 22 de septiembre, la Alcaldía de Bogotá anunció el regreso de la medida del pico y placa en la ciudad por cuenta de que en el marco de la nueva realidad cada vez son más las personas que salen a las calles. Por esto, la movilidad de la capital se estaba viendo afectada por grandes trancones y vías congestionadas.
Sin embargo, cuando el Distrito expidió el decreto que establecía el retorno de la restricción anunció que por 15 días las autoridades podrán imponer comparendos pedagógicos a las personas que incumplan con la medida. Pero, los ciudadanos que se movilizan en su vehículo particular deberán tener en cuenta que a partir del próximo 6 de octubre, las autoridades de tránsito ya podrán multar económicamente a quienes incumplan con la norma. La multa puede ser de 438.000 pesos y dependiendo de la situación, su vehículo podrá ser inmovilizado, por ejemplo, por parquear en sitios prohibidos.
Así mismo, la Secretaría de Movilidad hará un registro de las placas de vehículos exceptuados para permitir su circulación con la presente medida. No obstante, si un uniformado de la Policía de Tránsito comprueba que no está dentro de las condiciones ni requisitos con los que solicitó la excepción del pico y placa, no podrá registrarse de nuevo durante seis meses en el sistema para la excepción y podrá ser declarado como infractor.
Recuerde que con esta restricción, los días pares no podrán transitar los vehículos terminados en placa par y los días impares no podrán transitar vehículos con placa impar. Las motocicletas están exentas de esta medida.
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El pico y placa será para vehículos de servicio particular entre las 6:00 a.m. y 8:30 a.m. y entre las 3:00 p.m. a 7:30 p.m.