NACIÓN

A sanción presidencial la ley ‘antichancleta’ en Colombia, que prohíbe el castigo violento a los niños

Harry González, representante a la Cámara, indicó que con esta nueva ley los padres tendrán un límite a la hora de reprender a los niños.

28 de abril de 2021
Maltrato infantil
Esta iniciativa plantea que la violencia no puede ser la opción utilizada por los padres para reprender a sus hijos cuando se equivocan. | Foto: Getty Images

Luego de que el Senado aprobara por amplia mayoría la conciliación del proyecto que prohíbe el castigo físico, los tratos crueles, humillantes o degradantes y cualquier tipo de violencia como método de corrección contra niños, niñas y adolescentes, ahora esta iniciativa pasó a sanción presidencial y solo falta la firma del jefe de Estado Iván Duque para que esta se convierta en ley.

Esta iniciativa plantea que la violencia no puede ser la opción utilizada por los padres para reprender a sus hijos cuando se equivocan. No obstante, la senadora del Centro Democrático Paloma Valencia explicó que ello no significa que habrá consecuencias penales para aquellas personas que castiguen físicamente a los menores, recalcando que eso es muy distinto a maltrato, lo cual sí es una figura que establece sanciones en la legislación colombiana.

A propósito, fue la senadora Valencia quien hizo la presentación del informe de conciliación del proyecto en el Senado de la República y la Cámara de Representantes. La congresista aseguró que se acogió el texto del Ejecutivo con dos correcciones.

“Se tomó en cuenta los comentarios de los sectores, quienes participaron en una audiencia sobre el tema, queremos que se dé el mensaje a los padres que es posible corregir a los niños sin el maltrato físico”, dijo la congresista del Centro Democrático.

Según el texto presentado para la aprobación del proyecto que comenzó por iniciativa de los representantes a la Cámara del Partido Liberal Julián Peinado y Harry González, y en el Senado fue liderado por la senadora Paloma Valencia, “la prohibición se extiende a cualquier otra persona encargada de su cuidado, en cada uno de los diferentes entornos en los que transcurre la niñez y la adolescencia”.

“Estamos felices. Hoy el Congreso de la República aprobó de manera definitiva la ley que prohíbe el castigo físico y los tratos humillantes como método de corrección en los niños, niñas y jóvenes colombianos. Este es un paso más en sus derechos, esto es reconocer que ni a la mujer se le pega, ni a la autoridad se le maltrata, ni el adulto mayor se maltrata, mucho menos a los niñas y niños. Esta ley es preventiva, pedagógica y lo que quiere es acompañar a los padres de familia en la formación de los niños sin entrometerse en el sistema de valores, en el credo religioso o las ideas políticas”, celebró el representante a la Cámara Julián Peinado.

Con la aprobación de este proyecto a favor de los menores se realizará un cambio en el artículo 262 del Código Civil y quedará fijado de la siguiente manera: “Las familias, los padres, las personas encargadas del cuidado personal de los niños, niñas y adolescentes o quienes tengan su representación legal, tendrán la facultad de vigilar su conducta, corregirlos y sancionarlos. Queda prohibido el uso del castigo físico, los tratos crueles, humillantes o degradantes y cualquier tipo de violencia como método de corrección, sanción o disciplina”.

Además, lo que busca esta iniciativa es que el castigo físico y los tratos crueles o humillantes “no sean causal de pérdida de la patria potestad o de la custodia, ni causal para procesos de emancipación”. Sin embargo, los actos en contra de los menores no podrán ser reiterativos y tampoco podrán afectar “la salud mental y física” de ellos, pues lo anterior representaría un caso de violencia severa y dicha medida no sería tenida en cuenta.