JUSTICIA

¿Aborto legal en los primeros meses?

La Corte Constitucional discutirá la posibilidad de permitir el aborto inducido a las 16 semanas de gestación. Los magistrados de postura liberal tienen mayoría.

23 de noviembre de 2019
En los próximos días, la Sala Plena de la Corte Constitucional retomará la discusión sobre el espinoso tema del aborto, a raíz de dos demandas que solicitan prohibirlo en todos los casos. | Foto: foto: juan carlos sierra - semana

“Oremos por la conversión de Alejandro Linares, magistrado ponente en los procesos iniciados por la doctora Natalia Bernal Cano. Que el Señor lo ilumine en la redacción de su ponencia”. Esa es la primera petición que hace una cadena de WhatsApp que circula entre los colombianos más devotos. Allí también ruegan por los otros ocho magistrados integrantes de la Corte Constitucional, y suplican por un milagro: “La caída del aborto legal”. Con esos términos fervorosos arrancó un nuevo round de debate sobre el aborto inducido. Pero al contrario de los deseos de los católicos, puede suceder que la corte dé otro paso histórico hacia despenalizar más ampliamente la interrupción voluntaria del embarazo. 

Como se sabe, hace 12 años la propia corte legalizó el aborto en tres circunstancias excepcionales. La Sentencia C-355 de 2006 hizo de la interrupción voluntaria del embarazo un derecho cuando 1) existe peligro para la salud física o mental de la mujer; 2) cuando el producto de la gestación no tenga posibilidad de sobrevivir al separarse de la madre, y 3) cuando el embarazo sea producto de violación o incesto.

Quienes piden reglamentar el aborto suelen  acudir a los jueces, pues el Congreso siempre elude su  responsabilidad de  legislar al  respecto.

Ahora la abogada Natalia Bernal Cano ha reabierto la espinosa discusión en la corte con dos demandas de constitucionalidad. Una de estas busca reconocer los derechos de los niños aún antes del nacimiento. La jurista considera que la normatividad vigente anula los derechos a la vida, la dignidad e integridad física y psicológica de los que están por nacer. 

“Oremos por la conversión de Alejandro Linares, magistrado ponente en los procesos iniciados por la doctora Natalia Bernal Cano. Que el Señor lo ilumine en la redacción de su ponencia”.

De allí que “el aborto debe prohibirse en cualquier circunstancia, incluso bajo cualquiera de las tres causales que la Corte Constitucional despenalizó”, dice. Al respecto, argumenta que la ciencia ha probado, por ejemplo, que los fetos en gestación sienten dolor y que hay casos de bebés prematuros extremos que terminan su periodo de formación en incubadoras. Por esto resulta un contrasentido negarles derechos esenciales a los seres humanos no nacidos. 

La segunda demanda se basa en el mismo raciocinio y solicita retirar la práctica abortiva legal de los servicios de salud. Argumenta que esta implica graves daños a la salud física y mental de las mujeres y de los seres en gestación. Allí la demandante plantea que el trauma que genera el aborto legal a una mujer violada puede ser peor que la vulneración sufrida. 

Por tratarse de demandas de constitucionalidad, esos recursos legales tienen la capacidad de abrir una discusión profunda, no limitada a ciertos aspectos. Y ahí pueden aflorar los debates postergados que tienen los magistrados sobre el aborto.

Por eso, de acuerdo con posturas ya conocidas de los miembros de la corte, se podría abrir paso la legalización plena del aborto inducido en las primeras 16 semanas de gestación. Aún nadie conoce la ponencia que llevará a la Sala Plena el magistrado Linares en los próximos días. En todo caso, las demandas de la abogada Bernal, que buscan cerrar las puertas al aborto, paradójicamente podrían abrirlas. 

Aún nadie conoce la ponencia que llevará a la Sala Plena el magistrado Linares en los próximos días. En todo caso, las demandas de la abogada Bernal, que buscan cerrar las puertas al aborto, paradójicamente podrían abrirlas.

Linares es conocido por formar parte del ala más liberal de la Corte Constitucional. Todos conocen sus posiciones en favor de las libertades individuales, entre ellas, el derecho de la mujer a la interrupción voluntaria del embarazo. Fue el primero que reconoció el aborto dentro de las tres causales sin límite de tiempo. Al fallar una acción de tutela, condenó a la EPS Saludcoop a indemnizar a una mujer a la que no le practicaron un aborto a los siete meses de embarazo. La sentencia, de 2016, se convirtió en hito porque cuestionó las barreras impuestas a las mujeres para abortar legalmente. Los trámites suelen arrancar en la etapa temprana de la gestación, pero deben atravesar tantos obstáculos que pasan los meses sin que la mujer logre concretar su derecho. 

El magistrado Alejandro Linares, de tendencia liberal, presentará ponencia, y se anticipa un gran debate.

Hace un año, el alto tribunal seleccionó para revisión una tutela más o menos similar. Se trató del caso de una mujer a la que su EPS, Compensar, se negaba a practicarle el aborto porque estaba en una edad gestacional avanzada. Le dijeron que el procedimiento implicaría un “feticidio”. La magistrada Cristina Pardo, de tendencia conservadora, estuvo de acuerdo y aprovechó para plantear que el aborto inducido, en las tres circunstancias admitidas, debía limitarse a los dos primeros trimestres de gestación. Es decir, sugería limitar a 24 semanas el tiempo máximo para abortar. 

En esta postura solo la acompañaron los magistrados Luis Guillermo Guerrero y Carlos Bernal, y los derrotaron. Los otros seis magistrados votaron a favor de mantener abiertos y sin límites los tiempos de acceso a este derecho. En la decisión, además, la corte exhortó al Congreso a legislar y precisar no solo el asunto de los tiempos, sino otros vacíos legales en torno al aborto inducido.

Linares es conocido por formar parte del ala más liberal de la Corte Constitucional. Todos conocen sus posiciones en favor de las libertades individuales, entre ellas, el derecho de la mujer a la interrupción voluntaria del embarazo.

Aquella vez, el magistrado Linares dejó una aclaración de voto “para futuras providencias que deben ser adoptadas”. Allí planteó que si el Congreso no legislaba en un plazo razonable, la corte debería entrar a establecer “otras exclusiones frente a las sanciones penales durante las primeras 16 semanas de gestación”. En la discusión a puerta cerrada, Linares manifestó ser partidario de abrirle la puerta a la despenalización amplia del aborto antes de las 16 semanas de embarazo.

El magistrado quiere quitarles a las mujeres la carga de probar alguna de las tres causales, teniendo en cuenta que en muchos casos, eso evita que el sistema de salud cumpla a tiempo con la práctica de estos procedimientos. Y ello deriva en intervenciones clandestinas, en que las mujeres abortan en tiempos avanzados de gestación. O en que los niños nacen en condiciones adversas.

Desde 2006, la Corte Constitucional  despenalizó el aborto en tres circunstancias excepcionales.

Como Linares es ponente frente a las demandas de la abogada Bernal y el Congreso no ha legislado, obviamente insistirá en su planteamiento. Además, es probable que los seis magistrados que hace un año sepultaron la idea de prohibir el aborto inducido en el último trimestre de gestación se vuelvan a juntar para legalizarlo en cualquier circunstancia en el primer trimestre de embarazo.

De hecho, Linares ya recibió un espaldarazo de sus colegas. Antes de arrancar el nuevo debate, la abogada Bernal Cano lo recusó, argumentando “sus opiniones y criterios anteriores sobre el tema”. Sus compañeros rechazaron la recusación y lo dejaron al frente del estudio del caso. Entonces comenzaron a circular las cadenas de oración que llegaron a los celulares de los propios magistrados de la corte.

Para cumplir una orden de la Corte Constitucional, el Ministerio de Salud emitió hace unas semanas un borrador de resolución para reglamentar las tres causales en que está despenalizado el aborto. El asunto provocó una división en el Gobierno. El embajador ante la OEA, Alejandro Ordóñez –firmando como ciudadano– le dirigió una carta con advertencias al ministro Juan Pablo Uribe. Argumentó que esa cartera no tenía competencia y que el asunto le corresponde al Congreso. Uribe, a su turno, explicó que la propuesta no legaliza el aborto, y que simplemente detalla cómo debe ser el acceso seguro a lo que ya aprobó la corte.

El episodio anticipa que aun si el Ministerio de Salud decide sacar adelante la resolución, esta será demanda ante el Consejo de Estado. Y este tribunal ha dicho en otras oportunidades que la tarea le corresponde al Legislativo. Pero los congresistas suelen eludir el deber de ocuparse de un tema tan impopular como el aborto. Por eso la Corte Constitucional siempre termina por ocuparse del tema. Esta vez no será distinto. El máximo tribunal de lo constitucional establecerá si despenaliza el aborto temprano y bajo qué reglas.