Nación
Accidentes en rutas escolares dejaron 10 muertos y más de 70 heridos en el primer semestre
Ante la situación, la Defensoría del Pueblo urgió controles más rigurosos al transporte escolar.
En las últimas horas, se conocieron cifras preocupantes sobre accidentes de tránsito en los que se han visto involucradas rutas escolares, a través de un registro de la Defensoría del Pueblo, que urgió a las autoridades a ejercer controles más rigurosos sobre esos automotores.
La entidad señaló que en el primer semestre de este año se registraron 15 siniestros viales de vehículos destinados al transporte escolar que dejaron 10 niños y niñas muertos y 70 heridos.
Igualmente, se señala que las lesiones no fatales por accidentes de tránsito es una de las cifras más alta en accidentalidad de niños entre los 0 y 17 años de edad en Colombia.
Según el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a julio de 2022 se registraron 1.228 lesiones no fatales por eventos de tránsito de niños, niñas y adolescentes menores de 18 años, y en el 2021 fueron 655, es decir, 84 % más de las registradas para el mismo periodo.
Con respecto a las muertes ocasionadas por accidente de tránsito, el informe señala que se presentaron 273 casos reportados.
Ante esta situación, el defensor del Pueblo, Carlos Camargo, alertó sobre el alto riesgo de vulneración de los derechos de niños, niñas y adolescentes que se movilizan en rutas escolares que no cumplen con los estándares de seguridad y se ven envueltos en accidentes de tránsito.
Señaló que “esto nos lleva a elevar nuestras alertas sobre la necesidad de adelantar controles más rigurosos para las empresas que prestan este tipo de servicios, con el fin de evitar que este tipo de tragedias se vuelvan a registrar”.
Más vigilancia
La entidad destacó que se han conocido quejas relacionadas con la movilización de niños, niñas y adolescentes en vehículos para el transporte escolar no autorizados
“En La Guajira, por ejemplo, algunos estudiantes son transportados en automotores de carga con carrocería, sin cumplir con las previsiones legales y poniendo en riesgo su vida e integridad física”, señaló la Defensoría.
La entidad referenció una información de la Secretaría de Movilidad de Bogotá, que señaló recientemente que, en promedio, siete rutas escolares son sancionadas diariamente.
Esto por no cumplir con los requisitos estipulados en el Decreto 431 del 2017, que dicta el tiempo de uso de los vehículos, así como la reglamentación en la suscripción de contratos para la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial.
Camargo “además de hacer un llamado a las empresas de transporte escolar a no jugar con la vida e integridad de los niños, niñas y adolescentes y cumplir con lo establecido en la normatividad, exhortó al Ministerio de Transporte, sus entidades adscritas y a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional para que redoblen sus esfuerzos de control a los vehículos de servicio de transporte especial escolar.
“La seguridad de los niños, niñas y adolescentes debe ser prioridad durante los trayectos hacia y desde los distintos centros educativos. La ocurrencia de estos hechos es completamente prevenible e implica el compromiso de todos los actores para la creación de estrategias de prevención”, señaló.
Recordó que la prestación del servicio de transporte escolar solo debe prestarse por empresas habilitadas en la movilidad de transporte terrestre especial, de acuerdo con lo reglamentado en el Decreto 1079 de 2015.
Destacó que es deber de las autoridades verificar las condiciones técnico-mecánicas de los vehículos, de la documentación requerida y los cupos reglamentados para cada automotor, con el fin de garantizar la integridad de los niños, niñas y adolescentes.
Finalmente, señaló que el servicio de transporte escolar de niños, niñas y adolescentes a las instituciones educativas debe contribuir a la permanencia y acceso a la educación, así como el goce efectivo de los derechos que deben prevalecer y requieren del concurso y concurrencia del Estado, la sociedad y la familia.