Bogotá

Alcaldía de Bogotá expidió decreto que determina condiciones para bodegas de reciclaje

Se trata del Decreto 203 que también establece condiciones específicas a las Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento.

24 de mayo de 2022
El decreto expedido por la alcaldesa Claudia López es en el marco de la reglamentación del POT
El decreto expedido por la alcaldesa Claudia López es en el marco de la reglamentación del POT | Foto: Alcaldía de Bogotá

Como reglamentación del Plan de Ordenamiento Territorial que expidió en diciembre del año anterior, la alcaldesa Claudia López firmó este martes el Decreto 203, que contiene las decisiones relativas a las Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento (ECA), bodegas privadas de reciclaje, actividades económicas y servicios especiales en el área de actividad de proximidad.

Con la expedición del Decreto 203 de 2022 se determina la adecuación progresiva de las ECA, se definen condiciones para el traslado progresivo de la actividad económica de bodegas privadas de reciclaje, se establecen los mecanismos para el apoyo en la reubicación de otras actividades económicas, y se precisan las condiciones para la ubicación de servicios especiales en el área de actividad de proximidad.

“Lo que acordamos en el Cabildo Abierto es que primero tendrán apoyo para cumplir esa norma urbanística; segundo, tendrán plazos en el tiempo, es decir, que será progresivo y no inmediato; tercero, tendrán un acompañamiento de la Uaesp”, aseguró la alcaldesa López en la firma del decreto.

El Decreto 203 de 2022 establece las siguientes decisiones:

Adecuación progresiva de las ECA

Estas instalaciones, que se dedican a la recepción, clasificación, pesaje, compactación, pretransformación y almacenamiento temporal de residuos sólidos, podrán adecuarse de manera progresiva, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones del Artículo 199 del Decreto 555 de 2021, del nuevo POT.

La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (Uaesp), mediante acto administrativo, realizará un plan de fortalecimiento para las ECA que no cumplan la norma.

Con base en este inventario y el plan de fortalecimiento de la Uaesp, de manera concertada con cada ECA, establecerá los mecanismos para su crecimiento gradual durante la vigencia del POT ‘Bogotá Reverdece 2022-2035′, de acuerdo con la posibilidad de aumentar la capacidad, teniendo en cuenta la disponibilidad de infraestructura con el área requerida, ajustada a la necesidad física y capacidad financiera de las organizaciones.

Las ECA existentes, seguirán desarrollando su actividad, fundamental para la sostenibilidad y resiliencia de Bogotá, conforme a la normatividad nacional relacionada con la prestación del servicio, y de manera progresiva harán los ajustes para alcanzar las dimensiones requeridas.

Aquellas ECA que no puedan cumplir el área mínima (500 m2) establecida en el POT, y deban trasladarse a otra zona de la ciudad, recibirán acompañamiento en procesos de formalización, acceso a financiamiento, formación y capacitación empresarial, acceso a nuevos mercados y los mecanismos que permitan facilitar el traslado de esta actividad, en el marco del plan de fortalecimiento de la Uaesp.

Bodegas de reciclaje

Dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia del Decreto, la Uaesp adelantará el inventario de las bodegas privadas de reciclaje existentes en la ciudad.

Dentro de los seis meses siguientes a la realización del inventario, las Secretarías Distritales del Hábitat y Desarrollo Económico, y la Uaesp establecerán las acciones de apoyo y/o acompañamiento en procesos de formalización, acceso a líneas de financiamiento, formación y capacitación empresarial, acceso a nuevos mercados o líneas de negocio, y en general definirán la oferta sectorial que permita facilitar el traslado de actividades económicas.

El traslado y reubicación de las actividades económicas de las bodegas privadas de reciclaje activas e incluidas en los inventarios de 2011 y 2013 se adelantarán dentro de los dos años siguientes contados a partir de la definición de los mecanismos de apoyo.

Las que no fueron incluidas en los inventarios de 2011 y 2013, y las correspondientes al inventario 2022, tendrán un plazo de dos años para el traslado y reubicación contados a partir de la definición de los mecanismos. Para el caso de las bodegas inventariadas en 2022, este plazo será prorrogable, por una sola vez, otros dos años más.

La Uaesp incentivará, acompañará y fortalecerá el procedimiento de traslado y reubicación de las bodegas privadas de reciclaje. Las bodegas que no se acojan a la realización del inventario del año 2022, no podrán acceder a las acciones administrativas de apoyo y acompañamiento.