Judicial
Alessandro Corridori, cerebro del desfalco del Fondo Premium de InterBolsa, quedó viendo un chispero después que le negaran millonaria indemnización
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó las pretensiones del empresario que buscaba que el Estado lo reparara económicamente.
El empresario italiano Alessandro Corridori perdió, en segunda instancia, la demanda con la que buscaba que se anulara la sanción de 179 millones de pesos que le impuso en el año 2014 la Superintendencia Financiera por los hechos que rodearon el descalabro bursátil del Fondo Premium de InterBolsa. Como su fuera poco, Corridori también buscaba que se le indemnizara por los daños morales y materiales que sufrió con dicho fallo.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que al empresario nunca se le vulneró el debido proceso y a la legítima defensa como alegaba y que se le permitió presentar su defensa ante la Superintendencia. Por esto, se negaron cada una de las pretensiones entre las que se encontraban una indemnización de 100 millones de pesos por los gastos en abogados y $500 millones por daños morales.
“(...) la Sala no existe fundamento fáctico o probatorio que demuestre la vulneración del derecho al debido proceso en el caso sub exánime, por cuanto como se ha señalado con antelación, del recaudo probatorio acumulado en el proceso de la referencia, no se observa que la entidad demandada haya omitido alguna etapa dentro del proceso sancionatorio adelantado en contra del señor Corridori”.
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En la decisión de 53 páginas el Tribunal manifestó que las pretensiones esgrimidas por Corridori no tienen sustento alguno, ya que no se demostró que se hubiera incurrido en una irregularidad cuando se le sancionó e inhabilitó por cinco años para realizar funciones de administración, dirección o control en entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.
“Así las cosas y, de conformidad con los motivos expuestos, se negará el cargo relacionado con la falsa motivación de los hechos fácticos y jurídicos con los que se fundamentó la Resolución 144 de 2014 y 906 de 2014, por cuanto como se ha manifestado, la Sala no encontró irregularidades en los hechos que dieron sustento a las referidas decisiones administrativas y las razones jurídicas de la imputación fueron adecuadas a las normas vigentes y sustentaron en su conjunto la decisión sancionatoria”, precisa uno de los apartes de la decisión de segunda instancia.
En agosto de 2020, el proceso penal contra el empresario italiano por el delito de concierto para delinquir prescribió después que se superó el tiempo para emitir un fallo. Corrirdori era procesado por manipular de manera fraudulenta el precio de las acciones de Fabricato ante la Bolsa de Valores de Colombia, para obtener así millonarios dividendos.
El nombre de Corridori volvió a sonar recientemente cuando se conoció que estaba adelantando reuniones para la adquisición de activos de la Corporación Corpereira, la cual es dueña del club Deportivo Pereira.
Sin embargo, la misma Corporación aseguró que el empresario italiano los había asesorado para la adquisición de las acciones y que no presentaba ningún tipo de antecedente o impedimento para hacer parte de esta negociación.