NACIÓN

Procurador pide a la Corte Suprema que proceso de Uribe pase a la Fiscalía

En un concepto, Fernando Carrillo asegura que el proceso del expresidente debe ser conocido por la justicia ordinaria, ahora que renunció al Senado.

25 de agosto de 2020
| Foto: Fotomontaje SEMANA

La Procuraduría emitió un concepto sobre el proceso de Álvaro Uribe. Según la entidad, "la Corte Suprema perdió la competencia y debe remitir a la Fiscalía el proceso contra el exsenador". En este momento, ese debate se adelanta en la Corte Suprema de Justicia, después de que el expresidente renunció al Senado de la República. 

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La Procuraduría hizo esta solicitud a los cinco magistrados que llevan el caso, específicamente para el proceso por los presuntos delitos de "soborno en la actuación penal y fraude procesal, porque con la renuncia a su curul perdió la competencia para continuar con los procesos que tengan relación con delitos comunes".

En el comunicado, el Ministerio Público también recuerda el llamado que hizo Fernando Carrillo Flórez "frente al deber que tienen todos los funcionarios de acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales, y señaló que, con la separación definitiva del entonces congresista a su curul, desaparece el fuero que la Constitución le otorgaba, por lo que la Corte Suprema solo podrá conocer de los procesos en los que los presuntos delitos tuvieran relación directa con su función de congresista".

En ese momento, el procurador Carrillo sostuvo que “el único escenario legítimo para la discusión y confrontación de las decisiones judiciales es el proceso mismo, acudiendo a los instrumentos que el debido proceso consagra, y a ninguno otro ajeno al mismo, por parte de las autoridades o de los ciudadanos. Todos los funcionarios públicos, desde el señor presidente de la República hasta el más modesto de los servidores públicos deben respetar y cumplir las decisiones de la justicia, absteniéndose de cuestionar, desacatar o promover el incumplimiento de las mismas, sin interferir los principios de independencia y autonomía del poder judicial, básicos para un Estado que presuma ser de derecho”.

Hasta ahora, el debate sobre si el caso debe o no pasar a la Corte Suprema de Justicia ha dividido a la opinión pública. En entrevista con SEMANA, la parte civil del proceso, Iván Cepeda, aseguró que ese Alto Tribunal debe mantener la competencia del proceso. "Creo que hay elementos que demuestran que el exsenador Uribe utilizó en su momento su investidura y su cargo para presuntamente haber cometido delitos que están relacionados con esos hechos. La competencia de la Corte no es solamente cuando un congresista comete un delito que tenga que ver con su condición de congresista, sino cuando utiliza su condición de congresista para cometer un delito", aseguró el congresista. 

El jueves, la Corte Suprema de Justicia se reunirá para tomar esta decisión. Los magistrados deberán decidir si los hechos de ese proceso podrían llegar a considerarse, ya que los presuntos hechos que le imputan en ese caso de manipulación de testigos pudieron haber tenido una relación con sus funciones.

Antes de 2009 se entendía que la relación con las funciones se daba únicamente cuando el acto incriminado era directamente consecuencia del cargo como, por ejemplo, votar una ley como consecuencia de un soborno, tal como sucedió con Yidis Medina. Pero con la tesis aplicada por la Corte en otros casos, como el del exsenador Álvaro Araújo, debe analizarse si puede existir alguna relación de conexidad o incluso si se pudo haber abusado del cargo para la comisión del delito.

Por ahora, la voz de la Procuraduría estaría del lado de la defensa del expresidente, un hecho relevante también políticamente, pues el Centro Democrático ha sostenido duras críticas con el actual procurador, Fernando Carrillo. 

El ente de control, en su comunicado, asegura que "con la renuncia desaparece la competencia de la Sala Especial de Instrucción, toda vez que los cargos por los que es investigado el exsenador corresponden a delitos comunes que no tienen relación con la función de congresista".

En el texto, la Procuraduría asegura que hizo un análisis sobre el caso, en el cual "estableció que la Sala no relacionó actuaciones desplegadas por el entonces senador dirigidas a consolidar un abuso de poder para controlar su liderazgo político, que pudiera tener incidencia en el caudal electoral o que diera paso a un acercamiento a las regiones de manera delictiva para consolidar su dominio y el posicionamiento en el cargo. Tampoco se demostró que hubiera utilizado servidores de su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) o que pusiera en peligro latente su actividad en el Congreso de la República".

Según el documento de la entidad, "no hay prueba de que el doctor Uribe Vélez con ocasión de los presuntos punibles en los que incurrió hubiere comportado un ejercicio abusivo de sus funciones o eficaz para acceder a la posición de poder; ello, pues téngase en cuenta: por un lado, que si no existe prueba siquiera sumaria de que el sindicado se hubiere valido o utilizado sus facultades como senador para supuestamente cometer tales delitos, mucho menos obra alguna encaminada a demostrar que en la presunta comisión de los mismos se excedió o abusó de sus labores congresuales; y por el otro, se observa que los hechos ocurrieron en época ajena a campañas políticas o contiendas electorales en tanto ya era Congresista para ese momento, sin que pueda entonces evidenciarse relación entre estos y los objetivos de lograr una curul en el Senado de la República".

Agrega también el texto que "la simple coincidencia temporal de la presunta comisión de los hechos y la condición de ostentar el cargo de senador de la República, no puede considerarse como suficiente para extender el fuero y, por ende, la competencia de la Sala Especial de Instrucción, luego de la renuncia al cargo".