DENUNCIA
¡Ni se le ocurra infartarse en una ambulancia!
El Ministerio de Salud suprimió de esos vehículos la obligación de portar equipos para atender dichas emergencias.
Colombia se convierte en el único país donde, por directriz oficial, las ambulancias no requieren ser dotadas con desfibriladores, o sea aquellos aparatos vitales para reanimar a pacientes con arritmias cardíacas.
Así quedó evidenciado en el articulado de la Resolución 2003 de mayo del 2014 (ver resolución), en el que desaparece el numeral donde justamente se habla de los desfibriladores externos automáticos (DEA) como dotación indispensable para el funcionamiento de las ambulancias de atención básica (ATB).
Eso quiere decir que, en adelante, esos vehículos de transporte prehospitalario no están obligados a llevar los desfibriladores cuando socorren pacientes que sufrieron algún accidente o emergencia médica.
Lo absurdo de la nueva norma que tumbó esa obligación es que fue expedida justo un año después de que entró en vigencia otra resolución, la 1441 de 2013 (ver resolución), que sí exigía ese requisito en las ambulancias ATB.
Irónicamente, una vez promulgada la nueva resolución, José Fernando Arias, director de Prestación de Servicios y Atención Primaria del Ministerio, destacó mediante un comunicado que “el principal beneficio de la norma es la seguridad del paciente” (ver comunicado).
En el gremio del transporte hospitalario existen dos clases de ambulancias: las de atención básica y las de atención medicalizada. Las primeras acuden al llamado de emergencias urbanas -como accidentes de tránsito, atentados, etc.- y su función es prestarle al paciente una atención primaria básica mientras es llevado a un centro asistencial.
Por otro lado, las ambulancias medicalizadas se encargan de las remisiones de pacientes enfermos entre clínicas y hospitales de otras ciudades. La dotación de estos vehículos es más especializada y sí cuentan con los polémicos desfibriladores que, por cierto, no requieren de profesionales para su manejo.
Desde varios sectores no entienden que sea el propio Ministerio de Salud el que suprima la obligatoriedad de esos aparatos vitales para atender emergencias y, de paso, convierta el país en "el único en el mundo que ha sacado el desfibrilador de la reanimación básica”, dijo Ricardo Navarro, presidente de la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación, durante una entrevista con Noticias Uno.
Una posición similar tiene Luis Fernando Tique, presidente de la Asociación Colombiana de Profesionales en Atención Prehospitalaria, Emergencias y Desastres (Acotaph), al argumentar que sale mucho más costoso para el sistema de salud responder por la muerte de un paciente que dotar con desfibriladores las ambulancias y así evitar su deceso.
“De hecho, nosotros tenemos dos proyectos que presentaremos al Congreso donde, por un lado, regularizamos la profesión de paramédico, y otro que busca que se dote con desfibriladores todos aquellos sitios de afluencia masiva de público. Es increíble que una persona se muera en una estación de Transmilenio porque no hay a mano un DEA”, recalcó el señor Tique.
Una encuesta publicada en la página web de Acotaph revela que solo el 28 % de los encuestados aplicaba a cabalidad la Resolución 1441 derogada y que obligaba a dotar las ambulancias con desfibriladores (ver encuesta).
Ambos directivos coinciden al afirmar que la razón a la vista para suprimir esa obligatoriedad de las ambulancias “es simplemente económica, porque los dueños consideran que es costoso cumplir esa norma”.
Frente a ese señalamiento, Jaime Arias, director ejecutivo de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), entidad que agremia a las EPS y aseguradoras del país, negó que hayan intervenido en ese debate y, por el contrario, hizo un llamado a la necesidad de contar con desfibriladores en todas las ambulancias.
Esta tesis es apoyada por Mauricio Álvarez, director de servicios de salud de Acemi, quien criticó que el Ministerio tomara esa decisión justo ahora cuando en varios países se hace todo lo contrario. “En EE. UU., todos los supermercados y en cada piso de los edificios los están dotando con desfibriladores portables, más conocidos como DEA”.
El director alegó que es indiscutible el beneficio de tener un aparato de esos en sitios de afluencia masiva de público o las mismas ambulancias, porque “brinda más oportunidad de vida a un paciente que sufre una arritmia cardíaca”.
Este portal quiso hablar con algún funcionario del Ministerio de Salud y contactó a su oficina de comunicaciones, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta. Lo que sí aclararon en esa dependencia es que la decisión de suprimir el numeral de los desfibriladores se tomó con criterio técnico, basados en que es mejor tenerlos en sitios masivos que en las ambulancias de atención básica.
Sin embargo, ese argumento se cae de su peso al contrastarlo con un derecho de petición que el ministerio le respondió en agosto pasado al ciudadano Rafael Monsalve, quien pide le sea explicado el porqué suprimieron la obligación de dotar las ambulancias con desfibriladores.
La carta tiene revelaciones sorprendentes. Por un lado, admite que la supresión de dicha norma se tomó debido a las “observaciones” de los operadores del servicio de salud, en relación con las inversiones que debían hacer para cumplir esos estándares de dotación de equipos en sus ambulancias.
Por el otro, reconoce que es “posible que con nuevas evidencias se considere su reincorporación en el estándar” (ver respuesta al derecho de petición).
Según cifras oficiales, en Colombia existen solo 800 ambulancias, de las cuales las tres cuartas partes son de atención básica y las restantes medicalizadas.
Si se tiene como referencia que el costo promedio de un DEA es de cuatro millones de pesos, dotar las 600 ambulancias costaría algo así como 2.400 millones de pesos. Una cifra baja para el presupuesto que maneja el sector salud en el país, e incuestionable si recordamos que con ese dinero se salvan vidas.