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Revisión técnico-mecánica: amplían plazo en Bogotá hasta finales de julio

El Distrito recomienda, a la hora de agendar la cita con un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA), que el mismo no esté ubicado en zona de aislamiento por la pandemia.

15 de julio de 2020
| Foto: Ministerio de Salud

Los propietarios de vehículos matriculados en Bogotá, cuya revisión técnico-mecánica venció durante el aislamiento por el coronavirus, tendrán plazo para renovarla hasta el próximo miércoles 29 de julio.

Así lo anunció la Secretaría de Movilidad a través de un comunicado en el que se especifica también la fecha desde la que se aplicarán sanciones para los conductores que incumplan con ese requerimiento, estipulado en el artículo 50 del Código Nacional de Tránsito.

El Distrito indica que el certificado correspondiente será exigible a partir del 30 de julio para aquellos vehículos cuyo documento vencía en fechas posteriores al 19 de marzo, cuando empezó el aislamiento preventivo obligatorio en la capital.

El plazo para hacer exigible el certificado vencía este miércoles 15 de julio para taxis y el jueves 16 de julio para el resto de vehículos matriculados en Bogotá, pero la Secretaría de Movilidad amplió el plazo dos semanas, teniendo en cuenta las nuevas restricciones señaladas en el Decreto Distrital 169 de 2020 sobre el aislamiento preventivo obligatorio y la limitación de la libre circulación de vehículos y personas por localidades.

Vale recordar que para tramitar la revisión se debe acudir con el vehículo a un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado por el Ministerio de Transporte. En la página web del Runt hay disponibles para consulta un listado con los CDA habilitados ante el Ministerio de Transporte.

En el trámite, el personal del CDA revisa el vehículo y, si se ajusta a los parámetros o estándares establecidos, concede el Certificado de Revisión Técnico-Mecánica, tras inspeccionar el estado de la carrocería, llantas, frenos, dirección, suspensión, sistema de iluminación, pito y conjunto de vidrios de seguridad, entre otros aspectos.

De acuerdo con la Ley 769 de 2002, no realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo legal establecido conlleva la inmovilización del vehículo y una multa tipo C, es decir, 15 salarios mínimos legales diarios vigentes para el conductor y/o propietario del automóvil.