El señalado afirmó que no fue el autor original del comentario, sino que lo repitió. | Foto: SEMANA

DECISIÓN

Año y medio de cárcel por comentar en Internet

La Corte Suprema dejó en firme una condena por injuria a un usuario de un portal de un medio de comunicación.

21 de julio de 2014

Una inédita condena de 18 meses de cárcel y una multa de 9,5 millones de pesos, contra un internauta que realizó un comentario en la edición digital del diario El País de Cali, quedó en firme luego de que la Corte Suprema de Justicia se negó a revisar un recurso contra esa decisión.

El 26 de noviembre del 2008, Gonzalo López empleó el espacio de participación para los lectores de ese sitio web en el artículo titulado 'Siguen capturas por cartel de becas en Emcali', en donde escribió: “Y con semejante rata como es Escalante, que hasta del Club Colombia y Comfenalco la han echado por malos manejos que (sic) se puede esperar… el ladrón descubriendo ladrones? bah! (sic)”.

Se refería a Gloria Lucía Escalante, exgerente Administrativa y de Recursos Humanos de esa empresa de servicios públicos local. La funcionaria demandó por injuria al entonces anónimo comentarista ante la Fiscalía, pero el juzgado Décimo Penal Municipal no le dio la razón, pues la Fiscalía no demostró la autoría del escrito.

El ente acusador había presentado pruebas de rastreo electrónico que apuntaban hacia López, además de algunos testimonios que sí fueron acogidos en segunda instancia por el Tribunal Superior de Cali, que dictó sentencia en contra del señalado.

Finalmente, con ponencia del magistrado José Luis Barceló Camacho, la Corte Suprema rechazó la solicitud de casación de López para ‘tumbar’ la condena.

Para el alto tribunal, dicho castigo es ejemplarizante debido a que el mensaje tuvo amplia difusión en medios de comunicación y redes sociales, algo determinante “para que el comentario llegara a amplios sectores de la sociedad, provocando un daño en la honra de la persona”.

Al condenado todavía le queda el recurso de interponer una tutela contra la providencia de la Corte Suprema, con el objetivo de que revise de fondo la decisión. Pero, como están las cosas, López deberá cumplir un fallo que, por las características de la situación, se da por primera vez en el país.