Noticias hoy: apertura de restaurantes, lugares que aplicarán la medida/Foto: AFP | Foto: Foto: AFP

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Protocolos y lugares donde reabrirán los restaurantes en Colombia

La reapertura gradual de restaurantes aplica desde el 1.° de julio para los municipios autorizados por el Ministerio del Interior.

1 de julio de 2020

El pasado sábado, el presidente Iván Duque anunció que están listos los protocolos para la reapertura de los restaurantes a partir de este miércoles 1 de julio.

El jefe de Estado reveló que la estrategia de reactivación presencial de restaurantes se llevará a cabo en municipios no covid y en regiones del territorio nacional con pocos casos confirmados de coronavirus.

Además, Duque fue enfático en señalar que la reapertura de los restaurantes se hará de manera coordinada con los alcaldes y con el Ministerio del Interior, para revisar el cumplimento de las medidas de distanciamiento social y protocolos de bioseguridad.

Por lo tanto, el Ministerio de Salud emitió una resolución donde se especifican los protocolos de bioseguridad que deberán tener en cuenta los restaurantes en aspectos como entrega en la mesa de los alimentos, servicios de domicilios, autoservicio, entre otros puntos.

De acuerdo con dicha resolución, para que los restaurantes puedan retomar el servicio a la mesa deberán garantizar el distanciamiento físico de dos metros entre personas en las barras, en caso de que aplique, o entre las mesas o agrupaciones de estas, de manera que el aforo del establecimiento se ajuste a la medida.

La distribución de las mesas, sillas, barras y áreas comunes deberá ser señalizada y modificada donde corresponda, para garantizar la separación mínima indicada y el control de flujo de personas.

El Ministerio de Salud también señaló que se deberá privilegiar la realización de reservas, con el objetivo de conocer de antemano el aforo.

“Registrar los datos de los clientes con anterioridad y controlar su ingreso. De igual manera, se deberá limitar la reserva de acuerdo con el cálculo de aforo que deberá efectuar cada establecimiento según las medidas de distanciamiento físico. Los establecimientos podrán ofrecer la opción de hacer el pedido en el momento de la reserva”, se indicó en la resolución.

Así mismo, los restaurantes deberán adecuar en los baños, en la medida de lo posible, elementos que reduzcan el contacto de los clientes con superficies como: puertas batientes sin cerradura o tipo ‘push‘, dispensadores automáticos de papel higiénico, toallas de papel, secadores automáticos, jabón y/o gel, y griferías automáticas o de pedal.

“Instalar, en la medida de lo posible, barreras protectoras o mamparas en el área de servicio, con el fin de garantizar el distanciamiento mínimo entre mesas y en las áreas de entrega de pedido y pago. Se recomienda que su limpieza se realice después de que los clientes se retiren de la zona y, en todo caso, mínimo cada tres horas”, agregó el MinSalud.

Igualmente, entre las medidas ordenadas por el Gobierno están las adecuaciones locativas del lugar, elementos de protección personal, manejo adecuado de insumos y los residuos, lineamientos de mantenimiento y desinfección, además de tener en cuenta los informes que deberán entregar los restaurantes a las autoridades sanitarias.

Por otra parte, los propietarios de los restaurante deberán cumplir con otras medidas, como las siguientes: 

- Disponer de manera permanente de alcohol glicerinado mínimo al 60 %, en la caja y la zona de entrega para la limpieza de manos de los clientes y trabajadores.

- Promover el pago del servicio a través de los medios virtuales dispuestos para este fin.

- Realizar marcas visuales o señalizar las diferentes posiciones de interacción con los clientes, incluyendo las zonas de espera, pedido, pago y entrega de productos, conservando las distancias de dos metros.

- Señalizar el área de parqueo para que haya espacio suficiente entre los vehículos de los clientes.

- Establecer un punto de control en la entrada del establecimiento donde se efectúe la toma de temperatura, la verificación del uso correcto del tapabocas y la realización del procedimiento de desinfección de manos y zapatos.

A continuación, la resolución completa del Ministerio de Salud: