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Así informó la Corte Constitucional su decisión de ordenar a Daniel Mendoza, cerebro de Matarife, que rectifique infamias contra Uribe
El pronunciamiento del alto tribunal se dio con ponencia de la magistrada Paola Meneses. Mendoza, y le da un plazo de cinco días para rectificar.
SEMANA reveló, en primicia, la orden que acaba de dejar en firme la Corte Constitucional en contra de Daniel Mendoza, creador de la serie “Matarife”, para que rectifique varios señalamientos que hizo contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La decisión fue comunicada por la Corte en la tarde de este miércoles y advierte, en primer lugar, que fue la Sala Plena de la Corte Constitucional que, por unanimidad, rechazó las solicitudes de nulidad presentadas por Daniel Mendoza Leal y la Asociación Creative Bullets, en contra de la sentencia T-242 de 2022. Dicha sentencia, es la que inicialmente había ordenado la rectificación a Mendoza.
“La Sala Plena, por unanimidad, resolvió rechazar las solicitudes de nulidad. Lo anterior, al encontrar que los cargos de los solicitantes no satisfacían el requisito de carga argumentativa, porque no eran claros, precisos, expresos, pertinentes ni suficientes”, explicó la Corte Constitucional en un breve comunicado.
Según la decisión, se reclama el hecho de que el abogado de profesión hiciera una serie de manifestaciones sin elementos probatorios; por ejemplo, cuando dijo que Uribe era el “asesino determinador, de las muertes de Rodrigo Lara Bonilla, Jaime Garzón y Guillermo Cano”. Para la Corte, la ausencia de pruebas en las afirmaciones hace que sea necesario ordenarle rectificar.
La Corte también le pidió a Mendoza rectificar los señalamientos que hizo contra Uribe en una entrevista con el periodista Hollman Morris, para anunciar la serie. En la misma aseguró que el expresidente, según varios testigos, había organizado y ejecutado masacres durante 30 años, apoyado por un aparato organizado de poder que él mismo conformó y expandió gracias a la ayuda de los empresarios, medios de comunicación y los militares.
Así mismo, cuando indicó que estaba al frente de una “empresa de la muerte” o “corporación criminal”. En otro de los capítulos de la serie, Mendoza afirma que el expresidente había dictado “políticas homicidas” y “parámetros de comportamiento homicida”, acusándolo además de haber participado en delitos como el lavado de activos, testaferrato, masacres y tráfico de drogas.
En términos generales, la Sala, según la Corte, encontró que los cargos que alegaba Mendoza para que se revisara la decisión tomada: eran ininteligibles y no seguían un hilo conductor lógico, estaban fundados en juicios generales y no planteaban argumentos concretos para demostrar la presunta arbitrariedad de la sentencia, partían de premisas que no eran ciertas y no cuestionaban contenidos objetivos de la decisión.
Además, señala la decisión, no estaban dirigidos a demostrar una vulneración del derecho al debido proceso, sino a reabrir el debate jurídico o probatorio que se llevó a cabo en la sentencia T-242 de 2022 y, por último, no permitían advertir, siquiera prima facie, que la Sala Quinta había vulnerado los derechos fundamentales, no solo de Mendoza Leal sino de la Asociación Creative Bullets.
En otras palabras, no había elementos para tumbar o revocar la decisión de ordenarle rectificar, que deberá cumplir Daniel Mendoza en 5 días a partir de la notificación de este fallo.
Es de recordar que la batalla judicial alrededor de la serie Matarife: un genocida innombrable y su creador se desató por una tutela interpuesta por el expresidente Álvaro Uribe, quien adujo que Mendoza estaba atentando en contra de sus derechos al buen nombre y la honra.
La Corte recibió el caso luego de que la tutela en cuestión fuera denegada por un Juzgado Civil de la capital colombiana. El proceso no ha estado alejado de las polémicas, no solo por la atención que mereció el tema en redes sociales, sino también por las movidas que se han adelantado de parte y parte.
Mendoza, por su parte, había solicitado que se apartara a la magistrada Paola Andrea Meneses, una petición que fue desestimada.