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¡Atención! Caso Colmenares: absuelven Laura Moreno y Jessy Quintero
Las dos jóvenes fueron acusadas por la muerte de Luis Andrés Colmenares en octubre de 2010. El Tribunal de Bogotá mantuvo la decisión de primera instancia.
La decisión que esperaban todas las partes en el llamado caso Colmenares, la extraña muerte del universitario Luis Andrés Colmenares, ocurrida en octubre de 2010, tuvo como anfitrión, a través de medios virtuales, a un magistrado del Tribunal Superior de Bogotá que se encargó de leer la decisión y quien concluyó como las dos acusadas Laura Moreno y Jessy Quintero, son inocentes de los señalamientos que hizo la Fiscalía, esto tras confirmar la absolución de una juez en 2017.
El magistrado ponente de la decisión arrancó la diligencia disculpándose por el tiempo que tomó el estudio del recurso de apelación, más de cuatro años. Advirtió que el material probatorio, los miles de archivos y CDs hicieron eterno el análisis de los hechos y tal situación prolongó el estudio de la decisión, esto sin contar la congestión judicial y lo que llamó juicios paralelos, que dejó bajo responsabilidad de los medios de comunicación, a su criterio, afectan el normal desarrollo de la justicia.
Resumen
El Tribunal advirtió que sería una lectura extensa y que arrancó con un recuento de todo el caso, desde la noche del 30 de octubre de 2010, cuando Luis Andrés Colmenares y las acusadas Laura Moreno y Jessy Quintero, estaban en una noche de rumba en el norte de Bogotá. Luego el reporte de la desaparición de la víctima y todo lo que hicieron los organismos de rescate hasta encontrar el cuerpo en el caño de El Virrey.
La lectura del fallo se centró en la decisión de la juez de primera instancia que señalaba en detalle los errores de la Fiscalía a lo largo del proceso y que permitieron tomar la determinación de absolver a Moreno y Quintero. Se escuchó como los hallazgos de una segunda necropsia fueron controversiales para la defensa, al punto de que se establecieron varios errores de consideración para conocer las causas de la muerte.
Tendencias
El paso a paso de la lectura estuvo en los hallazgos de la juez, encargada de absolver a las acusadas y además explica cómo los errores en el operativo de rescate del cuerpo en el caño El Virrey influyeron en la imposibilidad de concluir con certeza las causas de la muerte. Los análisis forenses posteriores, de acuerdo al fallo de primera instancia, también afectaron el estudio técnico científico concluyente.
“Lo que corresponde a esta operadora judicial y lo que resulta realmente reprochable es que el experto en lugar de dar cuenta de ello y advertir a la audiencia, lo ocultó y lo utilizó para convencer en el juicio que todos los hallazgos de la segunda necropsia eran originales y habían ocurrido en vida cuando realmente sucedieron postmortem”, señala el fallo de primera instancia.
La lectura del fallo de 2017, que absolvió a Laura Moreno y Jessy Quintero, deja en claro que se trató, bajo el criterio del juez, de un accidente y no de un homicidio, pues la Fiscalía no logró demostrar cómo las marcas, huellas o heridas en el cuerpo de Luis Andrés Colmenares corresponden a golpes que, al parecer, provocaron un estado de inconsciencia, luego y tras caer en el caño, una situación de ahogo por el pequeño afluente del caño.
En la lectura del fallo se advierte que la Fiscalía ocultó información importante que claramente afectó el trabajo de la defensa de las dos acusadas, datos como los informes de la misma policía judicial que de manera preliminar advertía como la muerte de Colmenares estaba vinculada a un accidente y no a un homicidio, de ahí que la juez tomó la determinación de absolverlas, una decisión que repuso la Fiscalía.
Fiscalía
El magistrado del Tribunal de Bogotá leyó la apelación de la Fiscalía por la absolución que decretó una juez en 2017 en favor de Laura Moreno y Jessy Quintero. En la lectura se conocen los detalles y los argumentos del fiscal del caso para insistir en la responsabilidad de las acusadas y cómo la juez excluyó elementos sustanciales del proceso que confirmaban un caso de homicidio.
La Fiscalía en su apelación explicó que fueron varios los errores en que incurrieron los investigadores iniciales del proceso o los primeros respondientes, una vez se encontró el cuerpo de Luis Andrés Colmenares. Se trata de los policías y los bomberos que no sólo ignoraron las circunstancias del momento, sino que llevaron a fallas de procedimiento que impidieron avanzar de manera oportuna en la investigación.
El fiscal del caso explicó que los análisis forenses en la segunda necropsia fueron concluyentes y mal hizo la juez de primera instancia en descalificar ese proceso que se ajustó a las normas técnicas internacionales en la materia. Que las lesiones encontradas permitieron establecer cómo la víctima recibió varios golpes la noche y madrugada de los hechos, las mismas heridas que llevaron a su muerte.
“Aceptó que las lesiones en el rostro de Colmenares no son comparables con un solo impacto, las fracturas no saltan de un hueso a otro y menos a uno totalmente independiente como el maxilar... existen varias lesiones comprobables científicamente en el cuerpo del occiso propinadas por terceros. No es cierto bajo las reglas de la lógica que Luis Andrés Colmenares volara por los aires impactándose directamente en el rostro recibiendo lesiones.... De ahí que resulta más apegada a la realidad la explicación científica dada por el perito de la Fiscalía, Máximo Duque, la existencia de golpes con la cabeza quieta donde el objeto acelerado es el que la ocasiona en el cuerpo”, se lee en la apelación de la Fiscalía.
Procuraduría
El ministerio público acompañó la solicitud de la Fiscalía, de condenar a Laura Moreno y Jessy Quintero, por el homicidio de Luis Andrés Colmenares. Aseguró la Procuraduría en su recurso de apelación que la juez de primera instancia no tuvo en cuenta los peritos del ente acusador, solo de la defensa.
Para el representante de la Procuraduría la juez que absolvió a las acusadas excluyó evidencias que fueron presentadas por la Fiscalía y al contrario le dio crédito a otras que ni siquiera estaban confirmadas por la idoneidad de quienes las firmaron. Parte de ese material probatorio que ignoró la juez de primera instancia está la necropsia practicada por el forense Máximo Duque y con la confirmación de los golpes que no aparecieron en el primer registro de Medicina Legal.
“Precisó que a pesar de la magnitud de las fracturas encontradas en la cara del occiso no se evidenciaron lesiones cerebrales ni macro y microscópicas, las cuales deberían estar presentes si se trata de un trauma por caída de alta energía, tampoco tuvo en cuenta la juez que el doctor Duque adujo no haber hallado lesiones con mecanismo de golpe contragolpe que hace poco probable que la forma de muerte sea una caída”, leyó el magistrado en la apelación de la Procuraduría con la que pidió revocar la absolución de las acusadas.
Defensa
Los abogados explicaron que la Fiscalía no atacó el fondo el fallo que absolvió a Laura Moreno y Jessy Quintero, por eso pidieron al Tribunal mantener la primera decisión, en otras palabras, que sus defendidas sigan en libertad y con el fallo de inocencia emitido en 2017.
La defensa concentró su argumento en las fallas de la segunda necropsia desarrollada por el perito Máximo Duque y que fue debatido por otro experto contratado por los abogados de Moreno y Quintero. La conclusión es que esa necropsia no cumplió con los requisito técnico legales para ese tipo de procedimientos, tanto que se convirtió en ejemplo académico internacional de lo que no se debe hacer.
“Hechos y valoraciones probatorias mencionadas en la sentencia emitida por una sala del Tribunal que confirmó la decisión absolutoria de Carlos Cárdenas… en un proceso notoriamente diferente en el que no se llevó pericia para refutar al doctor máximo Duque y en el que se le permitió actuar como si hubiese sido perito de la primera necropsia algo que no ocurrió en este proceso por razones de pertinencia”, se lee en la apelación de la defensa.
Al tiempo la defensa pidió que se investigue la actuación de los funcionarios de la Fiscalía y la valoración técnica de Máximo Duque en la segunda necropsia al cuerpo de Luis Andrés Colmenares.
Decisión
El magistrado del Tribunal de Bogotá pasó a explicar las razones que llevaron a tomar la determinación de absolver en segunda instancia a Laura Moreno y Jessy Quintero como presuntas responsables de la extraña muerte de Luis Andrés Colmenares. Para el magistrado el recurso de apelación invocado por la Fiscalía es válido en este escenario del proceso, pero advirtió que no se puede comparar la decisión que en 2014 que confirmó la absolución de Carlos Cárdenas con la decisión que ahora se tomó, pues son dos casos con interpretaciones jurídicas diferentes.
En la lectura el magistrado revisa y analiza los argumentos de todas las partes: Fiscalía, Procuraduría y defensa, respecto a la decisión del juez de primera instancia que absolvió a Moreno y Quintero. Advirtió de algunos escenarios de incongruencia planteados por la Fiscalía, principalmente en la participación de Laura Moreno en la omisión de socorro, que de haber sido atendida, Luis Andrés hubiese sobrevivido al presunto ataque.
Sobre principio de presunción de inocencia el magistrado aseguró que toda duda debe resolverse a favor de los procesados y la carga de la prueba de corresponde en su totalidad y sin excepción a la Fiscalía General de la Nación, “razonamiento que contradice la afirmación de ésta, cuando en el recurso sin mayor argumento ad verá que no tiene la carga probatoria para demostrar quién golpeó a Luis Andrés Colmenares, quién ocultó el cuerpo en el momento y cómo lo hicieron”, señaló el magistrado.
Para el Tribunal hay “flaqueza” en los argumentos de la Fiscalía a la hora de llevar el proceso a un escenario de homicidio, cuando las pruebas debatidas en el juicio señalaron y hasta confirmaron que se trató de un accidente o hecho que sigue sin quedar claro, pero que no se puede atribuir a las acusadas.
“Las declaraciones de esos terceros quienes a la postre comparecer al juicio y son sometidos a interrogatorios cruzado, a partir de ello se empezó a estructurar la primera hipótesis sobre la manera de muerte como producto de un accidente, estas personas como se verá, declaran y transmiten su visión al juez”, dijo el magistrado.
El magistrado llegó a la misma conclusión de la juez de primera instancia frente a la poca confiabilidad que ofrecieron los análisis probatorios desarrollados por el exdirector de Medicina Legal, Máximo Duque, en la segunda necropsia y que trataba de confirmar la hipótesis de la Fiscalía, sobre un homicidio.
Insistió el magistrado que las pruebas llevan a la sala a una duda sobre lo que pudo ocurrir con Luis Andrés Colmenares y por eso leyó las lesiones que fueron reseñadas por Medicina Legal en el cuerpo de la víctima, “no se observó macroscópicamente algo anormal y la base del cráneo no sirve nada anormal”.
Para el magistrado la Fiscalía no pudo probar su teoría del caso, tampoco lo pudo hacer la defensa. Fueron muchas las dudas que en criterio del Tribunal quedaron con los análisis forenses, tanto de la Fiscalía como de la defensa. Por un lado las ambigüedades en los estudios de los peritos contratados por los abogados y de otro, las condiciones bastante cuestionables de la segunda necropsia desarrollada por el experto de la Fiscalía, el exdirector de Medicinal Legal, Máximo Duque.
Otras disposiciones
El magistrado, que arrancó pidiendo disculpas por el tiempo que tomó estudiar este proceso, más de cuatro años, advirtió que el delito de favorecimiento en homicidio, que la Fiscalía imputó a Jessy Quintero, prescribió y por tanto en el último punto, antes de cerrar la diligencia, dejó constancia de esa situación. Les explicó a las partes en la audiencia que contra su decisión procede el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia.