Judicial
Confirman condena a Edmundo del Castillo y César Mauricio Velásquez por chuzadas del DAS
La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena contra los dos exfuncionarios del gobierno Uribe.
Este martes, la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a seis años de cárcel contra el exjefe de prensa de la Casa de Nariño, César Mauricio Velásquez, y el exsecretario jurídico, Edmundo del Castillo, por su responsabilidad en el escándalo de las chuzadas del DAS.
La decisión cita: “Confirmar la sentencia impugnada. Contra esa decisión no procede recurso alguno”. En ese fallo, que salió el 8 de septiembre de 2021, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó a seis años de prisión por el delito de concierto para delinquir agravado.
Corte Suprema ratificó la condena contra dos exfuncionarios de Uribe por chuzadas del DAS.
— Revista Semana (@RevistaSemana) December 3, 2024
Edmundo del Castillo y César Velázquez fueron sentenciados a más de 6 años de cárcel. https://t.co/Lec0VexZv6 pic.twitter.com/md99ihVoSU
La magistrada Rosa Elena Suárez Díaz, conjuez de la Sala Penal, fue la encargada de ratificar el fallo contra el exsecretario jurídico de la Presidencia, Edmundo del Castillo, y el exjefe de prensa de la Casa de Nariño, César Mauricio Velásquez, por el llamado escándalo de las “chuzadas” que se ejecutaron desde el DAS.
“La Sala encontró que los argumentos esgrimidos por los impugnantes no logran demostrar yerros atribuidos al tribunal, que por primera vez halló penalmente responsables de la conducta de concierto para delinquir a los enjuiciados César Mauricio Velásquez y Edmundo del Castillo Restrepo, razón para que el fallo condenatorio sea confirmado”, fue el principal argumento que dio la magistrada Suárez.
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Además, agregó que “los impugnantes no realizaron ninguna referencia a la dosificación de la pena o al examen de los subrogados penales que efectuó el tribunal. Aspectos que destaca la Sala son objetivos que están sustentados adecuadamente y se ajustan a la normativa que establece”.
Finalmente, la magistrada Velásquez detalló que con la condena se le dio el beneficio de domiciliaria a del Castillo Restrepo, mientras que César Mauricio Velásquez deberá pagar la condena de seis años de prisión en la cárcel.
El fallo que emitió la Corte Suprema también explica que “en su labor de protección de garantías, la Sala ha verificado la integridad del trámite y el contenido completo de las decisiones de fondo registradas durante el proceso, sin encontrar ninguna violación significativa que exija un pronunciamiento”.
Por eso quedó en firme la sentencia que dio el Tribunal de Bogotá en el sentido de condenar a 63 meses de prisión a los exfuncionarios del gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez. La defensa de los implicados recusó a los magistrados de la Sala Penal por considerar que había un prejuzgamiento y que el magistrado Hugo Quintero Bernate fue defensor en otros procesos contra exagentes del DAS por el escándalo de las “chuzadas” a varios togados y exmagistrados.
La Fiscalía General de la Nación detalló que los dos exfuncionarios del Gobierno nacional se prestaron para crear un plan de desprestigio en contra de varios magistrados de la Corte Suprema de Justicia, vinculándolos con el empresario huilense Ascencio Reyes, a quien señalaban de ejercer actividades delictivas.
Los dos exfuncionarios terminaron involucrados en dar información reservada recolectada por agentes del DAS en contra de los magistrados, entre esa, un viaje de los magistrados a Huila en el cual el magistrado Yesid Ramírez iba a recibir un homenaje. En la llamada Operación Paseo, los agentes del DAS realizaron fotografías y filtraron información sobre el encuentro que habría sido patrocinado por Ascencio Reyes.
Después de que se conoció el fallo, Velásquez cuestionó la decisión: “En la sentencia se hacen graves afirmaciones de que yo “solicité, recibí y filtré información” cuando no existe una sola evidencia, nunca la hubo, nunca ocurrió acción alguna que respalde estas acusaciones. Con la certeza de mi inocencia, seguiré luchando con todas las acciones jurídicas que existan”.