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Atención| Consejo de Estado deja sin efecto resolución que designó a Carlos Mario Zuluaga como contralor encargado

El alto tribunal señala que el saliente contralor Carlos Rodríguez no tenía facultades para nombrar a su sucesor en funciones y decretó una medida cautelar. Sin embargo, Zuluaga continuará en el cargo mientras hay un pronunciamiento de fondo.

28 de junio de 2023
El contralor Carlos Hernán Rodríguez junto al vicecontralor, Carlos Mario Zuluaga.
El contralor Carlos Hernán Rodríguez junto al vicecontralor, Carlos Mario Zuluaga. | Foto: Contraloría

El Consejo de Estado se pronunció en el marco de una de las demandas en contra de la designación del vicecontralor Carlos Mario Zuluaga como contralor general en funciones. Para el alto tribunal, el saliente contralor general Carlos Rodríguez, a quien el Consejo de Estado le anuló su elección, no tenía facultad para designar a su reemplazo.

Por esta razón, el Consejo de Estado decretó una medida cautelar que deja sin efecto la resolución N.° ORD-80112-1499 del 15 de junio de 2023, a través de la cual Carlos Rodríguez nombró a Zuluaga como contralor en funciones. El Consejo de Estado le dio la razón al demandante, quien alega que únicamente el Congreso tiene la potestad para nombrar al funcionario que asumirá en cargo que quedó vacante.

“Encuentra la Sala que efectivamente el señor Carlos Hernán Rodríguez Becerra no tenía competencia ni para declarar la vacancia definitiva de su cargo ni para designar su reemplazo temporal, por lo que es claro que desconoció lo dispuesto en los artículos 267 y 268 de la Carta Política y 35 del Decreto Ley 267 de 2000″, dice el documento del Consejo de Estado conocido por SEMANA.

No obstante, Carlos Mario Zuluaga seguirá en el cargo debido a que, entre las funciones asignadas al vicecontralor de la República, reemplazar al Contralor general en caso de ausencia y mientras el Congreso de la República provee la vacante respectiva.

“Esto es, independientemente de que el saliente contralor haya proferido la resolución demandada, de todas formas, el vicecontralor tendría que haber asumido las funciones de contralor general de la República por mandato legal”, dice el documento.

Esta es la demanda que tiene en jaque el nombramiento de Carlos Mario Zuluaga como contralor general en funciones:

“Si bien a primera vista la Resolución No. ORD-80112-1499 del 15 de junio de 2023, no es un acto de nombramiento como tal, la verdad es que sí lo es, no obstante se halla disfrazado de naturaleza jurídica diferente, como quiera que con la argucia jurídica realizada a través de la Resolución N.° ORD-80112-1499 del 15 de junio de 2023, lo que se hizo fue realizar un nombramiento en encargo de las funciones del contralor general de la República, impidiendo con ello que el nominador natural lo hiciera en los términos del Art. 267 de la C. Pol., lo que per se demuestra una desviación de poder y una grosera falta de competencia”, dice el documento de la tutela conocida por SEMANA.

El demandante también alega que aún no se puede hablar de vacancia absoluta del cargo de contralor general de la República, hasta tanto la nulidad de la elección quede debidamente ejecutoriada.

“Dicho de otra manera, el contralor general saliente, sin competencia, declaró la falta absoluta de su propio cargo, y además lo hizo antes de que la misma se configurara en los términos dispuesto en normas de rango superior”, señala el documento.

“No podía él mismo declarar, como lo hizo en ese acto administrativo, la vacancia del empleo del cual ostentaba su titularidad, ni acomodar las cosas para que otra persona asumiera las funciones de contralor general, pues ello se constituye en un verdadero encargo, el cual solo le compete al Congreso de la República”, agrega.

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El accionante le pide al Consejo de Estado que, mientras decide si acepta o no esta demanda, se ordenen medidas cautelares.

“En consonancia con lo que se dispone en el artículo 238 de la Constitución Patria, en el Título IV, Capítulo XI de la Ley 1437 de 2011, se estableció la posibilidad de solicitar medidas cautelares en los procesos declarativos que se adelanten ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a fin de proteger provisionalmente el objeto del proceso y la efectividad de la sentencia, sin que ello implique un prejuzgamiento, conforme se establece en el Art. 229 de la misma disposición”.

Esta es una de las tres demandas que se han radicado ante el Consejo de Estado por la designación de Zuluaga como Contralor en funciones, una ya fue inadmitida por el Alto Tribunal.

Por su parte, Carlos Hernán Rodríguez Becerra radicó una acción de tutela en contra de la Sección Quinta del Consejo de Estado por el fallo que anuló su elección como contralor general de la República para el período 2022-2026. La defensa del saliente jefe del ente de control fiscal pidió una medida cautelar para suspender los efectos del fallo que ordenó su salida del cargo.

En la acción judicial, que es estudiada por el despacho del magistrado Jorge Iván Duque González del Consejo de Estado, se reclama por la vulneración de los derechos y garantías fundamentales a elegir y ser elegido.