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Atención | Consejo de Estado niega tutela que pedía devolver la terna para el cargo de fiscal general por estar integrada solo por mujeres
El magistrado de la Corte Suprema, Gerardo Botero Zuluaga, presentó la tutela. El alto tribunal considera que no se viola el principio de equidad y destaca que en 32 años el cargo ha sido ocupado en propiedad por ocho hombres y solo una mujer.
El Consejo de Estado negó la tutela presentada por el magistrado de la Corte Suprema, Gerardo Botero Zuluaga, en la que pedía devolver la terna para el cargo de fiscal general por estar integrada solo por mujeres.
El alto tribunal determinó que, contrario a lo afirmado por el magistrado, la terna presentada por el presidente Petro y avalada por la Corte Suprema no viola el principio de equidad, pues la jurisprudencia sobre el trámite de elección no establece que la misma deba estar integrada al menos por un hombre.
“Así las cosas, se concluye que las autoridades accionadas no vulneraron los derechos fundamentales invocados por los accionantes, pues, desde el punto de vista de los derechos al voto, igualdad, equidad de género y dignidad humana, la terna se conformó con sujeción a la acción afirmativa prevista en el artículo 6 de la Ley 581 de 2000 y con respeto al margen discrecional que constitucional y legalmente se le ha deferido al presidente de la República”, dice el fallo del Consejo de Estado.
En su análisis, el Consejo de Estado también destaca el hecho de que, en 32 años, desde que se promulgó la elección de 1991, el cargo de fiscal general ha sido ocupado en propiedad por ocho hombres y solo una mujer.
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El Consejo de Estado también se refirió al argumento del magistrado Botero, quien afirmaba que con la terna conformada solo por mujeres se vulneraba su derecho al voto “en tanto no se me estaba permitiendo escoger entre los distintos géneros existentes”.
“Con una terna conformada por mujeres, no quebranta la normativa superior ni pone en riesgo la función electoral que les asiste a los integrantes de la Corte Suprema de Justicia. Inclusive, el funcionario judicial conserva la potestad de votar en blanco, bajo el entendido de que la elección se hace de manera colegiada y, por tanto, será el cuórum mayoritario el que definirá el nombre de la próxima fiscal general de la Nación.
En su decisión, el alto tribunal también hizo referencia a las manifestaciones hechas por el magistrado Gerardo Botero, quien dijo que el presidente Gustavo Petro lo estaba “satanizando y poniendo en la picota pública” cuando convocó la opinión de los colectivos feministas respecto a los argumentos de la tutela.
“La Sala no encuentra demostrada la afectación a la libertad de expresión del magistrado Gerardo Botero Zuluaga por la publicación que hizo el presidente de la República en la red social X, pues esta también es reflejo del ejercicio de ese derecho y no denota una afrenta a la dignidad del togado, ni a su legítima prerrogativa de expresar sus opiniones y ejercer las acciones judiciales para defender sus intereses. Por el contrario, el mandatario se limitó a expresar una opinión en la que también indicó que serían las autoridades judiciales las encargadas de dirimir las divergencias que se habían suscitado frente a la conformación de la terna para elegir fiscal general de la Nación”, indicó el Consejo de Estado.