NACIÓN
Mientras Gobierno quiere subirlo de nuevo a la “paz total”, Corte Suprema condena a 25 años de cárcel a ‘Iván Márquez’ por el asesinato de monseñor Isaías Duarte
El crimen se registró en marzo de 2002. Esto advirtió la Sala Penal en la decisión.
La Corte Suprema de Justicia condenó a 25 años de cárcel a alias Iván Márquez, jefe de la Segunda Marquetalia y exmiembro del secretariado de las extintas Farc, por el asesinato de Monseñor Isaías Duarte Cancino, exarzobispo de Cali, quien fue asesinado el 16 de marzo de 2002, durante la celebración de un matrimonio colectivo en el distrito de Aguablanca.
Según señala la Sala Penal, en la decisión conocida por SEMANA, ‘Márquez’ había señalado como determinador del homicidio de Duarte, pero eso no impide que sea considerado “autor mediato, por ser uno de los cabecillas de las Farc concretamente por su pertenencia al “secretariado” de aquella organización, órgano que impartió las instrucciones para que se cometiera el crimen”, se lee en el fallo.
La Fiscalía General de la Nación probó que el homicidio del arzobispo Isaías Duarte Cancino fue ordenado por el “Secretariado” de las Farc, y uno de sus miembros era Luciano Marín «A. Iván Márquez».
Las Farc constituyeron un aparato de poder organizado al margen de la ley; por ende, los integrantes de aquel “Secretariado” deben responder a título de autores mediatos de aquel crimen.
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De hecho, la Corte Suprema explica que, “la vinculación del Secretariado de las Farc y por ende de Luciano Marín «A. Iván Márquez», “con la muerte de Monseñor Isaías Duarte Cancino, deriva de la línea de mando descendente que, en este evento llegó hasta Jorge Torres Victoria «A. Pablo Catatumbo», persona que, si bien, no pertenecía a ese máximo órgano de dirección del grupo guerrillero, es claro que tenía constante comunicación con ellos y conoció la orden por ellos impartida y se dio a la tarea de cumplirla, hasta que se contactó a un grupo de sicarios para materializar la muerte del Prelado”.
En otras palabras, está probada la responsabilidad que tuvo Márquez en el crimen.
1. CASACIÓN 41799 - SENTENCIA - CASA by Felipe Andrés Morales on Scribd
La Corte Suprema recuerda que “la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP, explicó en su momento, que su teoría acerca de la responsabilidad de los comandantes de los aparatos organizados, de poder, entre ellos, las Farc, compaginan con el derecho internacional penal y, particularmente con el Estatuto de Roma, que admite la responsabilidad individual, como forma de autoría mediata, cuando se utiliza a otros para la comisión de crímenes, que son propósito delictivo del grupo”.
Y agrega: “El último conjunto de argumentos contribuyen a reafirmar que la calidad de determinador que le fue atribuida a Luciano Marín Arango, alias “Iván Márquez”, en tanto miembro del “Secretariado” de las Farc, equivale, desde el punto de vista fáctico, exactamente a la de autor mediato por línea de mando en la misma estructura de poder organizado al margen de la ley”.
Pero no es solamente en donde Colombia tendrá que responder. A Márquez lo acusan de cuatro cargos en Estados Unidos actualmente: participar en una conspiración de narcoterrorismo, conspirar para importar cocaína a los Estados Unidos, usar y portar ametralladoras y armas, y conspirar para usar y portar ametralladoras y dispositivos destructivos, que tiene una sentencia máxima de cadena perpetua.
Iván Márquez, parte de las negociaciones
A pesar de que algunos sectores políticos se opusieron a que el exjefe guerrillero y desertor del proceso de paz con la guerrilla de las Farc, alias Iván Márquez, recibiera nuevos beneficios del Estado, el ministro de la Defensa, Iván Velásquez, dijo que sí podrá entrar de nuevo a futuras negociaciones.
Explicó el ministro que la ley de orden público no inhabilita a una nueva negociación con determinadas organizaciones que están causando delitos de alto impacto en el país.
“Cómo fue ampliamente conocido en los debates en el Congreso, hubo una propuesta presentada por el senador, Humberto de la Calle, para excluir expresamente a la Segunda Marquetalia o a organizaciones que hubieran firmado los acuerdos de paz y luego se hubieran retirado en lo que se conoce como los denominados desertores”, explicó Velásquez.