Nación
Declaran nula la elección de Carlos Rodríguez como contralor general, ¿cuáles son los motivos?
El Consejo de Estado determinó que se presentaron irregularidades en el proceso de elección.
El Consejo de Estado, en una decisión sin precedentes, declaró nula la elección de Carlos Hernán Rodríguez Becerra como contralor general de la República para el período 2022–2026. En la decisión, tomada por la Sección Quinta, se determinó que existieron acreditadas y muy considerables irregularidades en el proceso de su elección por el Congreso de la República.
En el fallo, de 82 páginas, se advierte que en dicho trámite se desconoció lo dispuesto en los artículos 126 de la Constitución Política, 21 de la Ley 5 de 1992 y 6 y 9 de la Ley 1904 de 2018, por cuanto, entre otros aspectos, se elaboró una tercera lista de elegibles y se variaron los parámetros de calificación inicialmente fijados en la convocatoria, sin ninguna justificación.
El Consejo de Estado nos da la razón anulando la elección del Contralor General, Carlos Hernán Rodríguez, y ratifica lo que siempre dijimos: @RoyBarreras vició la elección para que @petrogustavo pudiese tener contralor de Bolsillo.
— Jennifer Pedraza Sandoval (@JenniferPedraz) May 25, 2023
El cambio pasa sí o sí por órganos de control…
“Se presentaron irregularidades graves durante etapas cruciales de su desarrollo, por lo que está demostrado que estuvo viciado por el desconocimiento e infracción de normas superiores”, precisa la decisión judicial. Frente a esta decisión, el Congreso deberá rehacer todo el proceso para elegir a un nuevo contralor general “para lo que resta del período constitucional”.
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En contra de esta decisión, el contralor general puede presentar, en un plazo de tres días, un recurso de aclaración. Hasta que no se resuelva puede seguir en el cargo de jefe del ente de control fiscal.
Los tres pecados en la elección del contralor
En este sentido, se consideró que la Resolución 003, emitida el 3 de agosto de 2022 por la Mesa Directiva del Congreso de la República, introdujo cambios sustanciales a los criterios y valores fijados en la convocatoria inicial del proceso de elección, los cuales fueron injustificados y variaron de manera grave los parámetros de evaluación de los participantes, luego de que ya se conocían los resultados de las pruebas de conocimientos y de la evaluación de las hojas de vida, actividad adelantada por la Universidad Industrial de Santander, en la primera fase de la elección. Por lo tanto, se afectó la objetividad y legalidad del proceso electoral. Además, se desconoció la inmodificabilidad de las convocatorias sin razón válida.
Se explicó que, aunque el Congreso de la República invocó como sustento los pronunciamientos judiciales proferidos en el marco de una acción de tutela y una acción popular, se estableció que aquellas sólo dispusieron la conformación de una segunda lista de elegibles, pero no de una tercera -como ocurrió en este caso- ni mucho menos de la variación de la convocatoria inicial del proceso. Además, en el marco de acciones populares no pueden adoptarse decisiones de tipo electoral por prohibición expresa del artículo 139 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Se recordó que la jurisprudencia de la Corporación ha sido clara al establecer que, conforme la Constitución Política y la Ley 1904 de 2018, la convocatoria constituye la ley de este tipo de procesos, por lo que no pueden cambiarse las reglas establecidas, sin justificación, y mucho menos cuando ya se han practicado las pruebas diseñadas para el efecto y se conocen sus resultados, que fue lo que ocurrió en este caso.
Adicionalmente, se encontró que la sesión plenaria en que Rodríguez Becerra resultó elegido no fue convocada con la antelación establecida en la ley. En suma, se declaró la nulidad de su elección y se ordenó rehacer todo el proceso de selección a partir de la convocatoria, inclusive, con el fin de designar contralor general de la República para lo que resta del período constitucional.
“Violaron la ley para que ocupara el primer puesto”: Cristian Avendaño, uno de los congresistas que demandó la elección del contralor Carlos Hernán Rodríguez
Cristian Avendaño (C. A.): advertimos durante el proceso de elección los vicios de procedimiento con los cuales sustentamos la demanda de nulidad. ¿Qué pasó? Este proceso fue realizado entre el Congreso anterior y el actual. El Congreso anterior dejó una lista de elegibles, pero a esa lista le interpusieron dos acciones jurídicas por no cumplir con la paridad de género. Para subsanar el error, Roy Barreras, como presidente del Congreso, se ideó una metodología, pero en realidad cometió peores vicios de procedimiento.
Lo que hicieron –y es el argumento principal con el cual el Consejo de Estado nos da la razón– fue inventarse una nueva etapa que no está contemplada en la ley que ampara el proceso de elección del contralor. Lo que hubo fue una violación de la ley de parte de la mesa del Congreso. Se inventaron una nueva etapa, metieron una entrevista en el pleno del Congreso. A esa entrevista, que se daba en realidad a través de una subcomisión, le dieron un puntaje y la ley no lo permite.
SEMANA: ¿con el fin de cambiar el orden de la lista de elegibles?
C. A.: sí. Esa lista cambia por completo y es un vicio de trámite. Se inventan puntajes que sacaron del bolsillo y con eso pusieron al señor Carlos Hernán Rodríguez en primer puesto. Lo alertamos en todas las fases y por eso interpusimos la demanda de nulidad.
SEMANA: ¿qué motivó a la mesa directiva del Congreso a alterar el orden de la lista?
C. A.: hubo una buena cantidad de razones que no son vicios de procedimiento, sino malas conductas en el Congreso para la elección. Creo que es un error que en el Congreso las bancadas se reúnan, de manera parcializada, con unos sí y otros no, para tomar decisiones en torno a la elección.
Hubo presiones de unos partidos y otros para que votaran por uno o por otro. Aquí fundamentalmente lo que tiene que quedar claro es que la elección se hace por méritos y en realidad aquí el mérito no fue lo que primó, sino que había muchos movimientos políticos. El Congreso es político y por eso no estamos de acuerdo con que este organismo sea quien elija el contralor.
Aparte de eso, violaron la ley para conformar esa lista de elegibles con el fin de dejar al señor Carlos Hernán Rodríguez en el primer puesto. Al contralor sí le fue muy bien en la prueba de conocimiento, pero estaba como en la posición seis. La entrevista generó un cambio en la lista de elegibles.
SEMANA: la representante Jennifer Pedraza, quien también participó en la demanda, dice que la finalidad de estas irregularidades era que el Gobierno tuviera un contralor de bolsillo. ¿Qué opina?
C. A.: no puedo afirmarlo, pero sí había acuerdos para que él fuera el contralor. Estaba muy cerrada la votación a última hora entre la candidata de Felipe Córdoba y Rodríguez.
Roy Barreras lleva mucho tiempo en el Congreso como para no saber que esa etapa no estaba contemplada en la ley. ¿Por qué, a pesar de las alertas, ocurre esto? A uno le deja muchas dudas si era una pretensión política del Gobierno o no.
SEMANA: ¿qué significa esta decisión del Consejo de Estado para el actual Congreso?
C. A.: es un hecho histórico, no había pasado. A pesar de que considerábamos que teníamos todos los elementos para tumbar al contralor por vicios de procedimiento, no esperábamos que pasara. Es un mensaje político contundente y de respeto por la ley y los procedimientos. Cuando hay un acuerdo de voluntades políticas se cree que se puede pasar por encima de la ley. Había que cumplir el procedimiento legal y el Congreso lo violó.