Nación

Atención: El fallo que absuelve a baterista de Tres de Corazón por el delito de aborto inducido

La Fiscalía y la representante de víctimas apelaron el fallo que favoreció a Andrés Felipe Muñoz Lara.

23 de marzo de 2022
Andrés Felipe Muñoz, baterista de Tres de Corazón, fue absuelto por el delito de inducción al aborto.
Andrés Felipe Muñoz, baterista de Tres de Corazón, fue absuelto por el delito de inducción al aborto. | Foto: Instagram: Felipe Muñoz @pipe3dc

El juzgado noveno penal de conocimiento de Medellín emitió el fallo completo que absolvió a Andrés Felipe Muñoz Lara, baterista de la banda Tres de Corazón y líder de la barra “Los del Sur” de Atlético Nacional, por el delito de aborto sin consentimiento. Tras dar a conocer la decisión, la Fiscalía General y los representantes de la víctima presentaron el recurso de apelación, el cual deberá ser resuelto por la Sala Penal del Tribunal Superior de la capital antioqueña.

Tras tres años de juicio, el despacho determinó ―en primera instancia― que no existía evidencia probatoria para concluir que Muñoz Lara generó el aborto a su entonces pareja sentimental en febrero de 2018. Debido a esto, se determinó que era inocente de los hechos por los que fue acusado por la Fiscalía General.

La decisión causó una gran polémica y revuelo debido a que, como denunciaron los abogados de la víctima, en el fallo no se valoraron todas las prueba que se presentaron en las cual se evidenciaba claramente que Muñoz Lara le había dado directamente una bebida que contenía misoprostol, lo que provocó el aborto. Este medicamento tiene un uso restringido en el país.

En la denuncia presentada por la joven, cuyo nombre nos reservamos para proteger sus derechos, aseguró que tras informarle a Muñoz que estaba embarazada él le manifestó que no era su intención ser padre, por lo que la presionó para que abortara, llegando incluso al punto de darle ideas para que interrumpiera el embarazo.

Pocas semanas después, los dos fueron hasta un centro médico en Medellín donde se confirmó que la joven estaba, efectivamente, en embarazo. Tras salir del lugar, el músico fue hasta una droguería cercana para comprarle un jugo en botella de plástico. Pese a que ella no quería le dijo que se lo tomara.

Tras darle unos tragos a la bebida se empezó a sentir mal, hecho por el cual tuvo que se trasladada de urgencias hasta el hospital Pablo Tobón Uribe, en Medellín, por un sangrado vaginal. En el centro médico le diagnosticaron la amenaza de aborto. Pocos días después le confirmaron la triste noticia: había perdido a su bebé.

Pese a que la defensa de la joven y la Fiscalía allegaron la botella con el jugo en el que se veía en su fondo una sustancia de color blanco. El informe de Medicina Legal, que también fue presentado en el juicio, confirmó que la sustancia que allí se encontraba era misoprostol.

Esta prueba fue uno de los puntos centrales del debate ya que la defensa del músico indicó que no se podía comprobar que la bebida no hubiese sido manipulada o que la botella correspondiera si quiera a la que le entregó Muñoz a su pareja.

El abogado del acusado también insistió durante el juicio que el embarazo era de alto riesgo y nunca se pudo comprobar que dicho medicamento fuera el que le generó el aborto, advirtiendo que varios médicos que fueron citados al juicio concluyeron que era “anembrionado”.

El pasado 20 de enero, tras conocer el sentido del fallo, el músico publicó un video en su cuenta de Instagram en el que agradecía el apoyo de sus familiares, amigos y compañeros que siempre creyeron en su inocencia.

Por su parte, la defensa de la víctima ha cuestionado las conclusiones del fallo indicando que se desconocieron los derechos sexuales y reproductivos de la joven.