Judicial
Fiscalía apeló decisión que negó precluir investigación al expresidente Álvaro Uribe Vélez
El Tribunal Superior de Bogotá deberá definir la situación del exmandatario después que una jueza negara, por segunda vez, la solicitud de preclusión de la Fiscalía.
El fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema, Javier Fernando Cárdenas manifestó que presentará el recurso para que sea la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá la que resuelva si deja en firme la decisión de la jueza o, por el contrario, la revoca -lo que representaría el final del proceso a favor del exmandatario-.
“Lo que yo si quisiera hacer es que si interpongo la apelación pues interviniéramos todos por igualdad de condiciones”, precisó el delegado del ente investigador. La juez determinó que el fiscal podrá presentar sus argumentos en la audiencia que se realizará este miércoles. Después, el turno será para los no recurrentes (representantes de las víctimas acreditadas) intervendrán. Finalmente, el turno será para los abogados del exmandatario (Jaime Granados y Jaime Lombana).
Este martes, la jueza 41 de conocimiento de Bogotá rechazó la nueva petición presentada por la Fiscalía General para prescribir la investigación contra el exmandatario. Esto al considerar que existe evidencia que probaría la participación y conocimiento del expresidente en los ofrecimientos que hizo el abogado Diego Cadena a un grupo de exparamilitares que estaban privados de su libertad para que se retractaran de sus señalamientos.
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“Contrario a lo aseverado por el señor fiscal sí existen elementos materiales probatorios, evidencia física, información legalmente obtenida con probabilidad de verdad que la conducta delictiva de soborno en actuación penal sí ocurrió y que el doctor Uribe puede tener la condición de participe”, precisó la jueza de conocimiento en su extensa intervención.
En un fuerte llamado de atención a la Fiscalía General, la funcionaria judicial determinó que en su petición “no acreditó la atipicidad del comportamiento (...) Esta valoración que hace el despacho no es un prejuzgamiento, no es una determinación de responsabilidad, ni es una valoración de prueba que tenga incidencia en el juicio, como lo he ratificado la admisión, rechazo, exclusión probatoria se hace en audiencia preparatoria y el debate se realiza en el juicio”.
Frente al delito de fraude procesal, la jueza determinó que la Fiscalía “ha debido hacerse un esfuerzo serio, en orden a establecer todas las particularidades del hecho que se indaga, en otras palabras, obrar con la mayor acuciosidad y si a pesar de esa actividad racional no se logra desvirtuar la presunción del investigado la preclusión se impone como medida alterna”.
La evidencia señala que con el documento en blanco que Cadena quería que Juan Guillermo Monsalve firmara para retractarse de sus acusaciones contra el exmandatario -y que iba a ser radicado ante la Corte Suprema de Justicia- tenía la firme intención de llevar al error a los magistrados que investigaban puesto que detrás de esto existían presiones y ofrecimientos al exparamilitar.
“Existen elementos materiales probatorios que crean la hipótesis plausible de la intención de engañar a alto tribunal. Pues en la demanda que hace el doctor Álvaro Uribe Vélez a Diego Javier Cadena Ramírez de obtención de documentos suscrito por Enrique Pardo Hasche donde niega la reunión del 22 de febrero de 2018 y toda la postulación de prevenidas al testigo Juan Guillermo Monsalve para que se retracte (...) no fue estudiada por la Fiscalía General y que hacen, por tanto, la determinación de despachar negativamente solicitud de preclusión por atipicidad de comportamiento conforme a la prueba aportada”.
La jueza advirtió que la Fiscalía General incurrió en un error al darle el calificativo de “testigo de oídas” a Deyanira Gómez, quien para ese entonces era la compañera sentimental de Juan Guillermo Monsalve, el testigo a quien quería convencer Diego Cadena que cambiara su versión a como fuera lugar tras conocer la decisión de la Corte Suprema de Justicia de vincular mediante indagatoria al expresidente Uribe por estos hechos.
Fue así como Cadena intentó ejercer presiones para que Monsalve firmara un documento en el que estaba la retractación. Debido a la negativa del exparamilitar, el abogado le manifestó que podía ayudarlo con otros temas. Esta conversación, que se registró en una de las salas de la cárcel La Picota, quedó plenamente grabada por Monsalve quien había recibido un reloj por parte de su compañera sentimental.
“Es equivocada la calificación que se hace de testigo de oídas a la señora Deyanira Gómez, pues paralelamente mientras ocurrían sucesos en la cárcel La Picota se presentaban eventos en el exterior, esto es que la mencionada testigo indica que fue la que compró el reloj espía, que se lo entregó a un abogado cercano a su familia, que le indicó cómo funcionaba, el encomendó la labor de entregárselo a Juan Guillermo Monsalve para la reunión del 22 de febrero de 2018″, aclaró la jueza.
“Dentro de las reglas de la lógicas, es más creíble, por coherente, concordante con el acontecer fáctico de la reunión de la grabación (...) el testigo de oídas es el que no presencia de manera directa u ocurrencia de unos hechos, sino de los que ha escuchado por un tercero, pero lo que se dice es testigo directo la señora Deyanira”, precisó la funcionaria judicial al manifestar que durante toda la investigación fue coherente con su dicho frente a las presiones que recibió de Diego Cadena.