Diego Cadena
Audiencia de imputacion contra el abogado Diego Cadena se presentó al juzgado pero sin su defensor de confianza, el penalista Iván Cancino, quien había solicitado aplazamiento. Complejo judicial de Paloquemao Bogota feb 18 del 2020 Foto Guillermo Torres / Semana | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Nación

Atención: Diego Cadena, exabogado de Uribe, seguirá en casa por cárcel

La Fiscalía pidió que el exabogado del expresidente Álvaro Uribe fuera enviado a la cárcel, petición que fue negada por la juez.

10 de marzo de 2022

La novela judicial del abogado Diego Cadena tiene un nuevo capítulo. Hace apenas unos días se entregó a la Fiscalía en cumplimiento de una orden de captura y pidió que fuera enviado a la cárcel. Una juez escuchó los argumentos de la defensa y los reparos de la Fiscalía para insistir que el abogado debe permanecer en una cárcel, pero la juez le hizo una advertencia al fiscal del caso tras negar la solicitud de la Fiscalía y mantener en la casa por cárcel a Cadena.

La juez le llamó la atención a la Fiscalía por suponer que Diego Cadena fuera solo y por su voluntad a recluirse en su casa. En cumplimento de la medida de aseguramiento de detención domiciliaria, era el ente acusador el que debió hacer el trámite de traslado y el cumplimiento de la casa por cárcel.

“La Fiscalía desconocía que se había declarado la ilegalidad en la captura; el despacho le llama la atención frente a esas situaciones que se exponen ante los medios de comunicación, pero en efecto debe considerar que suponer que Diego Cadena tenía que estar cumpliendo la medida de aseguramiento. Lo que pasa es que no se agotó el procedimiento procesal pertinente, que era la orden de captura”, dijo la juez.

Advirtió la juez que la Fiscalía se limitó a presentar las noticias sobre Diego Cadena en Panamá, y no allegó elementos de prueba, de ahí que le insiste a la Fiscalía que le faltó hacer su trabajo, buscar las pruebas para insistir en la medida de aseguramiento, pero no lo hicieron.

El juez tomó la determinación de dejar en la detención domiciliaria a Diego Cadena. En agosto, la defensa del abogado solicitó la libertad por vencimiento de términos, tras considerar que la Fiscalía no cumplió con el traslado probatorio y aplazó el inicio del juicio, lo que de alguna manera puso en riesgo el debido proceso, además de una privación injusta de la libertad.

En ese momento el juez entendió que efectivamente los meses pasaron y la justicia no pudo cumplir con su responsabilidad, iniciar el juicio contra el abogado Cadena. Por eso, la misma ley obliga y castiga a sus funcionarios en caso de ignorar ese compromiso y poner en riesgo las garantías procesales de los acusados.

“Sin encontrar justificación se insiste en no haber requerido de manera oportuna la Fiscalía, lo que se echará de menos para agilizar el trámite del caso, todo lo cual redundó en la dilación de la actuación”, dijo la juez.

La Fiscalía, por su parte, insistió en que las demoras en el proceso corresponden a la defensa y no al ente acusador, por considerar que cumplieron con las solicitudes y la entrega de los elementos de prueba requeridos por los abogados de Diego Cadena. Así lo explicaron en las audiencias donde hicieron solicitudes similares.

“Y posiblemente otras personas, que están por identificarse, alteraron evidencia y además con su utilización intentaron engañar a la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, por lo que este servidor compulsará copias para que investigue por los delitos de fraude procesal y ocultamiento alteración y destrucción de elementos materiales probatorios”, señaló el fiscal.

La juez concluyó que la Fiscalía no cumplió con su deber de solicitar la orden de captura del abogado y simplemente se remitió a dejar constancias verbales en las audiencias que, según la juez, no encontró las evidencias probatorias en el proceso.

“Es decir, qué era lo propio, pues que se hubiera puesto de presente esa situación en el mismo juzgado, para considerar que se debería realizar o la Fiscalía haciendo lo propio de acuerdo a sus deberes consagrados en la Constitución, solicitar nuevamente la orden de captura, como en efecto hicieron posteriormente ante el juzgado cuarto”, señaló la juez.

“Considera esta juez constitucional qué tan idóneo o necesarias son las manifestaciones, (pues) era necesario corroborar estos hechos a través de la libertad probatoria y recaudar la mejor evidencia para llegar a estas audiencias; este es un deber que tienen los fiscales y el ente acusador”, advirtió la juez.