Nación
Atención | JEP autoriza intervenir archivos de inteligencia y contrainteligencia del extinto DAS
El Archivo General de la Nación deberá proceder a la organización del material. Así se desempolvará uno de los escándalos más grandes de la historia del país, en el que se utilizó la inteligencia del país para espiar y seguir a políticos de la oposición, magistrados y periodistas.
La JEP autorizó, en las últimas horas, la intervención de archivos de inteligencia, contrainteligencia y gastos reservados del extinto DAS. El Archivo General de la Nación deberá proceder a la organización del material como medida necesaria para garantizar su adecuada conservación.
De acuerdo con la decisión de la Sala de Reconocimiento, además del levantamiento de inventario, se deberá determinar qué material corresponde a archivos de DD.HH. y DIH de especial interés para la memoria histórica, la justicia transicional y la construcción de paz.
La Sala de Reconocimiento, a través del auto 182 del 25 de abril, también convocó la instalación de la segunda sesión de la Mesa Técnica con el fin de socializar las observaciones en torno a esta modificación de las medidas cautelares adoptadas en 2018.
“La decisión responde a las recomendaciones propuestas durante la mesa técnica realizada en enero de 2019 que contó con la participación de entidades estatales, Naciones Unidas, organizaciones de la sociedad civil y expertos académicos. Asimismo, tuvo en cuenta la propuesta metodológica para la organización de documentos y el levantamiento de inventarios documentales que presentó el Archivo General de la Nación en diciembre de 2021″, explicó la JEP a través de un comunicado de prensa.
Tendencias
Y agregó que “la JEP ordena que la propuesta metodológica que marcará la ruta del proceso documental sea trasladada a las entidades y demás actores vinculados al trámite que lleva la sala, para que en un término de 30 días calendario presenten sus observaciones frente a la propuesta y se pronuncien sobre a la modificación de las medidas cautelares contenidas en el auto 182 del 25 de abril de 2023″.
Según lo que expone la magistratura en el auto sobre la propuesta de intervención a los medios y soportes de almacenamiento de datos de los archivos, “es ideal que los documentos sean clasificados de tal manera que se pueda facilitar su consulta, enfocándose en la construcción de un inventario, que no ponga en peligro a las personas relacionadas en aquellos o amenace con violar sus derechos fundamentales”.
Decisiones recientes
El exjefe de inteligencias del DAS, Enrique Alberto Ariza Daza fue citado por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), para que declare por graves delitos que se ejecutaron dentro del organismo de inteligencia, el cual fue liquidado en el 2011, luego que se revelara el escándalo de las chuzadas en medio del cual fueron objeto de seguimientos ilegales políticos de oposición, magistrados y periodistas.
En el auto de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de al JEP se reconoció un patrón de criminalidad ejecutado por Ariza Rivas en las acciones que se adelantaron contra el exmagistrado de la Corte Constitucional, Jaime Araujo Rentería; así como los representantes del Colectivo de Abogados ‘José Alvear Restrepo’, el abogado Gustavo Gallón de la Comisión Colombiana de Juristas, el exrepresentante a la Cámara de Polo Democrático, Wilson Borja Díaz y la periodista Claudia Julieta Duque.
En las audiencias en las que se escuchará la versión de los dos exfuncionarios del DAS se convocaron a las víctimas de los seguimientos y recolección de información reservada: “Esta magistratura encuentra que conforme con lo establecido en la jurisprudencia Interamericana, respecto al deber que tiene el Estado de garantizar que en los respectivos procesos, las víctimas puedan formular sus pretensiones y presentar elementos probatorios y por consiguiente, que éstos sean analizados de forma completa y seria por las autoridades antes de que se resuelva sobre hechos, responsabilidades, penas y reparaciones”.
La citación al jefe inteligencia del DAS
Ya la JEP había puesto los ojos sobre este oscuro capítulo de los seguimiento ilegales del DAS, o siendo más claros, cuando se uso el aparato de inteligencia del Estado para perseguir a opositores, periodistas miembros de la rama judicial, en especial magistrados.
Para eso había sido citado, el exjefe de inteligencias del DAS, Enrique Alberto Ariza Daza para que declarara por graves delitos que se ejecutaron dentro del organismo de inteligencia, el cual fue liquidado en el 2011.
En el auto de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de al JEP se reconoció un patrón de criminalidad ejecutado por Ariza Rivas en las acciones que se adelantaron contra el exmagistrado de la Corte Constitucional, Jaime Araujo Rentería; así como los representantes del Colectivo de Abogados ‘José Alvear Restrepo’, el abogado Gustavo Gallón de la Comisión Colombiana de Juristas, el exrepresentante a la Cámara de Polo Democrático, Wilson Borja Díaz y la periodista Claudia Julieta Duque.
Por estos mismos hechos fue citado por la JEP a versión de aporte temprano a la verdad el exsubdirector de contrainteligencia del DAS, Rodolfo Medina Alemán.
En las audiencias en las que se escuchará la versión de los dos exfuncionarios del DAS se convocaron a las víctimas de los seguimientos y recolección de información reservada: “Esta magistratura encuentra que conforme con lo establecido en la jurisprudencia Interamericana, respecto al deber que tiene el Estado de garantizar que en los respectivos procesos, las víctimas puedan formular sus pretensiones y presentar elementos probatorios y por consiguiente, que éstos sean analizados de forma completa y seria por las autoridades antes de que se resuelva sobre hechos, responsabilidades, penas y reparaciones”.
En el documento de 16 páginas se indica que debido a la importancia del caso se hace necesaria su declaración y que cuenten de manera clara todo lo que saben sobre los casos mencionados. “Ofrecer un relato completo y detallado sobre lo que le conste acerca de los hechos y quiénes participaron en su ejecución, de modo que el aportar información falsa o guardar un silencio reticente sobre aspectos conocidos, puede implicar la imposibilidad de acceder a los tratamientos especiales de justicia o la pérdida de ya los adquiridos”.