Judicial

Atención | JEP califica como “crimen de guerra” atentado terrorista al Club El Nogal y niega amnistía a hermanos Arellán Barajas

En la decisión se consideró que el acto ejecutado por la columna Teófilo Forero de las Farc, en febrero de 2003, representa una violación al Derecho Internacional Humanitario.

Redacción Semana
25 de agosto de 2023
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) calificó como un crimen de guerra el atentado terrorista al club El Nogal, de Bogotá, ejecutado por la columna móvil Teófilo Forero, al mando de alias El Paisa, y registrado el 7 de febrero de 2003. | Foto: Juan Carlos Sierra

En la decisión emitida, este viernes 25 de agosto, por la Sala de Amnistía o Indulto se negó cualquier tipo de beneficio a los hermanos Herminsul Arellán Barajas y Fernando Arellán Barajas, coautores de ese atentado.

En la resolución se aseguró que las conductas cometidas por los comparecientes, según una resolución de la SAI, son crímenes de guerra y violaciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH). La magistratura determinó que el ataque no se dirigió contra un objetivo militar, sino en contra de un club social y empresarial. Además, produjo muertes y lesiones de civiles que no eran objetivos militares y gozaban de protección a la luz del DIH.

Alias El Paisa habría muerto en territorio venezolano
Alias el Paisa habría muerto en territorio venezolano | Foto: Archivo particular

Para tomar esta decisión, la JEP analizó los principios de distinción y precaución que entre otras cosas indican que “las partes en conflicto deberán distinguir en todo momento entre personas civiles y combatientes. Los ataques solo podrán dirigirse contra combatientes. Los civiles no deben ser atacados”.

Así mismo, la sala hizo un examen a la luz de la prohibición de ataques indiscriminados por el Estatuto de Roma y las normas del DIH compiladas e interpretadas por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR). En este caso, el lugar del atentado está situado en una zona comercial y residencial de Bogotá. Se trata de un bien civil que no tiene, ni tuvo para la fecha de los hechos, como naturaleza, finalidad o utilización, contribuir eficazmente a la acción militar y no ofreció una ventaja militar definida.

Además, las personas víctimas de este ataque eran civiles que no participaban en las hostilidades y, por tanto, gozaban de protección respecto de un ataque en el marco del conflicto armado. Así, es claro que el ataque al Club El Nogal desconoció gravemente el principio de distinción al afectar directamente a personas civiles protegidas y a bienes de carácter civil.

Atentado al Club El Nogal, 7 de febrero de 2003. Foto: Juan Carlos Sierra - SEMANA | Foto: Juan Carlos Sierra

Los hermanos Arellán Barajas fueron condenados por la justicia ordinaria a 40 años de cárcel por los delitos de terrorismo, homicidio y tentativa de homicidio, tras comprobarse su participación en la explosión del carro bomba en las instalaciones del Club El Nogal. En su proceso en la JEP, luego de haber recibido el beneficio de libertad condicionada, la SAI les impuso el régimen de condicionalidad y les hizo un llamado para que aporten a la verdad y se comprometan con el Sistema Integral para la Paz.

Atentado al Club El Nogal, 7 de febrero de 2003. Foto: Juan Carlos Sierra - SEMANA | Foto: Juan Carlos Sierra

Con ocasión a esta decisión, la Sala de Amnistía o Indulto estableció una ruta para que las víctimas del atentado al Club El Nogal participen en el trámite en el Caso 10, para que puedan ser acompañadas y asesoradas ante la Sala de Reconocimiento por el Departamento de Atención a Víctimas de la JEP.

Finalmente, la SAI ordenó a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (Uariv) suspender el proceso de cobro coactivo que cursa en contra de Herminsul Arellán Barajas. Esto, con ocasión de la multa impuesta por la justicia penal ordinaria por el atentado al Club El Nogal hasta que la Sala de Reconocimiento se pronuncie al respecto. Esta suspensión no implica el levantamiento de las medidas cautelares impuestas con el propósito de garantizar los derechos de las víctimas.