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Atención | Procuraduría sí puede sancionar a funcionarios elegidos por voto popular. Fallo de la Corte IDH no está por encima de la Constitución
La Corte Constitucional reveló el fallo completo sobre este espinoso tema. La decisión judicial se conoce en medio de la polémica generada luego de que el presidente Gustavo Petro no acatara el fallo disciplinario que suspendió al alcalde de Riohacha.
Seis meses después, la Corte Constitucional publicó formalmente el fallo en el que avala las facultades de la Procuraduría para sancionar a funcionarios elegidos por voto popular. En uno de los apartes se manifiesta que la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) no está por encima de la Carta Política de Colombia.
El fallo completo se conoce en medio de la polémica generada porque el presidente Gustavo Petro no acató el fallo disciplinario que suspendió al alcalde de Riohacha, lo que generó un fuerte enfrentamiento con la procuradora Margarita Cabello Blanco, quien no dudó en calificar la posición del jefe de Estado como un desconocimiento al Estado social de derecho.
En esta discusión, el presidente Petro ha citado varias veces el fallo de la Corte IDH que falló a su favor en una demanda contra el Estado colombiano después de ser destituido e inhabilitado por 15 años para ejercer cargos públicos por el entonces procurador general, Alejandro Ordóñez Maldonado, por las fallas en la imposición del nuevo modelo de aseo en Bogotá cuando fungía como alcalde mayor.
Sin embargo, en su análisis, la Corte Constitucional es clara en afirmar que la decisión tomada por el organismo internacional no está por encima del ordenamiento político colombiano. “En esa medida, el control de convencionalidad en Colombia, entendido como incorporación del derecho internacional al derecho interno, no puede realizarse de forma autónoma por fuera del control de constitucionalidad”.
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Teniendo en cuenta incluso pronunciamientos de la Corte IDH, el alto tribunal colombiano advirtió que es claro en definir los alcances de sus determinaciones. “En tal sentido, en el margen reconocido a cada Estado, este puede decidir que la aplicación e interpretación de la CADH se realiza mediante la figura del bloque de constitucionalidad, y no de manera autónoma o separada”.
“Así la Corte IDH reconoce que en Colombia el control constitucional se realiza ‘de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia’”. De esta forma, y citando a varios procesos que se adelantaron en ese organismo internacional de justicia se sostuvo que “‘el bloque de convencionalidad’ queda subsumido en el ‘bloque de constitucionalidad’, por lo que al realizar el ‘control de constitucionalidad también se efectúa ‘control de convencionalidad’”.
En el resuelve de la decisión, se señala que los fallos de la Procuraduría General que sancionen disciplinariamente a funcionarios elegidos por voto popular estarán supeditados al visto bueno del Consejo de Estado. Este jueves, casualmente, el alto tribunal anunció que definirá si revisa los recursos contra las sanciones de la Procuraduría a funcionarios electos por voto popular, como es el caso de alcaldes y gobernadores. El máximo tribunal de lo contencioso administrativo unificará su jurisprudencia al respecto dado que hace algunos meses dos de sus magistrados se pronunciaron de forma opuesta sobre la procedencia de la revisión de estos fallos disciplinarios.
Igualmente, la Corte Constitucional exhortó al Congreso de la República para que “adopte un estatuto de los servidores públicos de elección popular, incluido en un régimen disciplinario especial, que materialice los más altos estándares nacionales e internacionales en materia de protección y garantía de los derechos políticos y electorales”.
Respeto a las instituciones
En medio de la discusión, la procuradora general Margarita Cabello Blanco le envió un fuerte mensaje al presidente Gustavo Petro, asegurando que estaba desconociendo por completo el Estado social de derecho al no atender el fallo que suspendió disciplinariamente al alcalde de Riohacha, en La Guajira, José Bermúdez, por presuntas irregularidades en una licitación pública.
“Ojalá que no se rompa la democracia o algunas instituciones cuando el presidente de la República, que desconociendo el Estado social de derecho, quiere incumplir una orden constitucional”, señaló la procuradora general, quien recordó que la Constitución Política de 1991 le otorgó las funciones para investigar, juzgar y sancionar a funcionarios de elección popular.
“En donde la competencia elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente determinó que en Colombia la lucha por la corrupción o contra la corrupción no solo la ejerce un juez penal sino la múltiples autoridades, porque la lucha contra la corrupción sobrepasa los límites casi del mundo entero, de acuerdo con estadísticas que al inicio de mi competencia les entregué”, resaltó Cabello.
Además, sostuvo de manera enfática que, bajo ese fuero otorgado como procuradora, “todas las autoridades, incluyendo el presidente de la República tienen que obedecer” todas las decisiones de órgano máximo, por las cuales está la legalidad y el Estado de derecho en el país como es la Corte Constitucional.
Las declaraciones de Cabello se dan luego de la postura que adoptó Petro al oponerse a las sanciones que ha proferido la Procuraduría General en contra de alcaldes que han cometido faltas disciplinarias, pues en su cuenta de Twitter volvió a lanzar pullas contra Cabello Blanco, al advertir que solo acatará las determinaciones que adopte la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).
En la fuerte respuesta a Petro también indicó su preocupación ante lo que vive el país con el periodo de elecciones regionales y que “se esté dando vía libre a incumplir el Estado de derecho y la democracia y darle a los corruptos, funcionarios electos popularmente sancionados por la Procuraduría durante estos tres años, puedan aspirar y querer violar una decisión de la Corte Constitucional, inscribirse y afectar la legitimidad del ciudadano para ser candidato a las corporaciones públicas de nuestro país”.
La procuradora se mostró muy indignada y aseveró que “no es posible que en momentos electorales en nuestro país se genere un caos institucional y se le entregue a todos estos sancionados e inhabilitados por más de 30 años la posibilidad de inscribirse y ser candidatos a pesar de su sanción y de su inhabilitación”.
“Ojalá esto no sea un mal precedente, un mal ejemplo para nuestro país”, puntualizó.
La decisión del presidente de negar la suspensión provisional por tres meses al alcalde de Riohacha, José Ramiro Bermúdez, por probadas irregularidades en una millonaria licitación pública, parece ser el punto de quiebre en las relaciones con la procuradora general de la nación, Margarita Cabello, pues ante la negativa del Ejecutivo de nombrar el reemplazo de este mandatario local, la procuradora advirtió la posibilidad del rompimiento del Estado de derecho.