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NACIÓN

Bares sin alcohol y otros detalles del decreto de cuarentena

El Gobierno nacional dio a conocer el Decreto 1076, con el cual se autoriza también la puesta en marcha de autocines.

29 de julio de 2020

El presidente Iván Duque anunció el martes la extensión del aislamiento preventivo, teniendo en cuenta que el Ministerio de Salud proyecta que el pico de la pandemia de coronarivus llegará en las próximas semanas, por lo que la cuarentena irá hasta el 30 de agosto.

Por tal motivo, el Gobierno reveló el Decreto 1076 que establece la implementación de planes piloto en algunos sectores, entre otras medidas, durante este nuevo periodo de cuarentena.

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De esta manera se fijó que los alcaldes de los municipios y distritos, en coordinación con el Ministerio del Interior, podrán autorizar la implementación de planes piloto en bares y casinos para brindar atención al público en el sitio de manera presencial o a la mesa,  billares, juegos de azar y sitios de apuestas como bingos y terminales de juego de video, saí como eventos deportivos sin aglomeración de espectadores. No obstante, se aclaró que en ningún caso queda permitido el consumo de bebidas embriagantes en los lugares en que se implementen los planes piloto. 

Así mismo, se autorizó la proyección fílmica, conciertos y artes escénicas realizados bajo la modalidad de autocines y autoeventos, sin que se generen aglomeraciones, en los términos que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social. 

Con este decreto, el Gobierno también avaló la realización de las Pruebas Saber y el desplazamiento estrictamente necesario del personal de logística y de quienes las presentarán en los sitios que se designen. 

También se indicó que la comercialización de productos de establecimientos y locales gastronómicos, incluidos los ubicados en hoteles, se mantendrá mediante plataformas de comercio electrónico, entrega a domicilio y para llevar.

“Cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia del coronavirus que genere un riesgo excepcional a criterio del Ministerio de Salud y Protección Social, esta entidad enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con la covid-19 y las actividades o casos que estarían permitidos para ese municipio, con base en lo cual, el Ministerio del Interior ordenará al alcalde el cierre de las actividades o casos respectivos”, advirtió el Gobierno.

Además, se estableció que en todo caso, para iniciar cualquier actividad, los municipios y distritos sin afectación y de baja afectación de coronavirus deberán cumplir los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud para el control de la pandemia. Así mismo, deberán atender las instrucciones para evitar la propagación del brote que adopten o expidan los diferentes ministerios y entidades del orden nacional y territorial. 

“Las piscinas y polideportivos solo podrán utilizarse para la práctica deportiva por deportistas profesionales y de alto rendimiento, incluidos aquellos que sean menores de edad en el rango de 14 a 17 años (...)  Los teatros serán únicamente utilizados para realizar actividades creativas, artísticas de las artes escénicas, sin que en ningún momento se permita el ingreso de público, o la realización de actividades grupales o que generen aglomeración”, se agregó.

A continuación, el decreto completo emitido por el Gobierno nacional: