BOGOTÁ

Si cumplen requisitos, bares de Bogotá podrán funcionar hasta las 5 a.m.

El decreto por el cual bares y discotecas de la capital colombiana podrán abrir hasta las 5 de la mañana empieza a aplicarse dentro de dos meses. ¿Cuáles son los requisitos para los establecimientos?

17 de julio de 2018
| Foto: SEMANA.

El Distrito expidió un decreto por medio del cual bares y discotecas de Bogotá tendrán permiso para funcionar hasta las 5 de la mañana. La norma, que entra en vigencia dentro de dos meses, tiene 16 requisitos que le exige a los establecimientos para obtener el "Sello seguro". Este certifica que estos lugares tiene las condiciones necesarias para brindarle seguridad a los ciudadanos. Con este reglamento los bares y discotecas podrían abrir de miércoles a sábado hasta el amanecer. 

El permiso se puede obtener a través de una plataforma virtual que será creada por la Secretaría de Gobierno, donde se encontrará un formulario y un espacio para anexar una documentación requerida. Después del trámite, la Gestión Policiva de la Secretaría Distrital de Gobierno tiene 15 días hábiles para otorgar o negar al establecimiento el ‘Sello Seguro’. Pero si el negocio llega a incumplir con algún punto, el permiso podría ser suspendido por al menos seis meses.

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Estos son los requisitos del documento:

- Realizar un simulacro de evacuación una vez al año y difundirlo en redes sociales. Si el establecimiento es para más de 300 personas deben ser dos simulacros al año.

- Prestar o tener convenio para el servicio de conductor elegido o taxi seguro. Para ello, se requiere una copia del convenio o contrato con la empresa de transporte.

- Prestar o tener convenio para el servicio de parqueadero con opción de dejar el vehículo toda la noche con tarifa única. Se debe presentar un documento donde conste dicho acuerdo.

- Tener una página web de servicio al cliente, en el que se informan los convenios de parqueadero, taxi, y conductor elegido.

- Contar con sistema de cámaras de vigilancia dentro y fuera del establecimiento. Las cámaras deben cubrir el 100 por ciento del establecimiento a excepción de los baños.

- Incentivar a los clientes a adoptar buenos comportamientos con vecinos y transeúntes. Para ello se deben elaborar programas sociales de buenas prácticas.

A esto se suman otros requisitos que deben contar con una certificación por parte de las autoridades pertinentes: 

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Ante  el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá:

- Por medio de un concepto técnico se debe acreditar que las puertas del establecimiento abren hacia afuera del local.

- Contar con un plan de evacuación con salidas de emergencias e iluminación en pasillos y accesos.

- Contar con un sistema de ventilación artificial o natural.

- Contar con un sistema contra incendios con un extintos multipropósitos y un dispersor contra incendios por cada 150 metros cuadrados.

- Respetar la capacidad máxima de ingreso de personas.

- Contar con personal de seguridad identificado que sólo cumpla la función específica de velar por la seguridad de las personas que se encuentren en el establecimiento.

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Secretaría Distritar de Planeación y/o Curaduría urbana

- Contar con los conceptos favorables sobre el uso del suelo para el lugar donde funcionan.

Compañías aseguradoras

- Constituir póliza de responsabilidad civil extracontractual que se deriva de un daño o lesión que se ocasiona a un tercero.

Secretaría Distrital de Ambiente

- Contar con sistema o adaptación de insonorización.