Bogotá

Cámaras salvavidas en Bogotá constituirían un posible detrimento patrimonial de $9.334 millones: concejal Torrado

Cada cámara salvavidas en el año 2019 costó 292 millones de pesos. Se instalaron 72, pero a la fecha hay 32 que no funcionan.

18 de noviembre de 2022
Cámaras de Fotomultas
El mantenimiento de las cámaras salvavidas le cuesta a la ciudad cerca de 55 millones de pesos mensuales. Así lo denunció el concejal Rubén Torrado. | Foto: Cortesía Ministerio de Transporte

El mal estado de las cámaras de seguimiento vial que tiene la ciudad genera costos altísimos por equipos que no funcionan y cuyo mantenimiento le cuesta a la ciudad cerca de 55 millones de pesos mensuales. Así lo denunció el concejal de Bogotá por el partido de La U, Rubén Darío Torrado, en un debate de control político sobre seguridad vial en la ciudad.

Las “cámaras salvavidas” son las encargadas de operar el sistema de detección electrónica de infracciones. En primer lugar, el cabildante mencionó que Bogotá tiene 92 puntos autorizados por el Ministerio de Transporte para la instalación de “cámaras salvavidas”. Sin embargo, a la fecha la ciudad solo cuenta con 72 cámaras instaladas, de las cuales 40 están en funcionamiento, mientras que los 32 equipos de detección restantes se encuentran en distintos estados de inoperatividad, es decir, vandalizados; puede estar solo el poste, pero sin cámara; pueden encontrarse en mantenimiento, o pueden estar en pérdida total.

Según Torrado, lo anterior es muy grave, pues supone un posible detrimento patrimonial para la capital del país, debido a que cada cámara salvavidas en el año 2019 costó 292 millones de pesos aproximadamente. Adicional a esto, el Distrito tiene un convenio interadministrativo con la ETB, por medio del cual se realizan actividades de mantenimiento preventivo y correctivo que le valen a la ciudad más de 55 millones de pesos mensuales.

“Yo creo que eso puede constituir un detrimento patrimonial aproximado de 9.334 millones de pesos. Se invirtieron unos recursos en el año 2019 y hoy ya no funcionan esas 32 cámaras”, afirmó Torrado.

El concejal por el partido de La U dijo que el sistema de detección electrónica de infracciones de la ciudad tiene una mala planeación, ya que existen corredores viales donde se tienen la mayor cantidad de siniestros viales y no hay suficientes cámaras para detectar las infracciones por exceso de velocidad, como la Avenida Boyacá, la cual, durante el año 2021, reportó 1.315 siniestros viales. Este corredor solo cuenta con 15 cámaras, de las cuales funcionan siete.

Finalmente, el concejal Torrado hizo un llamado a la Secretaría de Movilidad Distrital para que ponga mucha atención a este tema y que no se sigan perdiendo los recursos y perjudicando a la ciudadanía.

Frente a este tema, cabe mencionar que en Bogotá hay una polémica en torno a las cámaras salvavidas y las fotomultas que se generan. La Secretaría de Movilidad de Bogotá sigue generando comparendos electrónicos en medio de la polémica por la sentencia de la Corte Constitucional que ordenó ajustes a la ley de fotomultas. Si la alta Corte ha manifestado que el conductor debe estar plenamente identificado al momento de cometer la infracción y si las cámaras actualmente instaladas no logran hacerlo, ¿por qué siguen generándolos? Esta es una de las preguntas que se plantean varios ciudadanos que se consideran víctimas de un abuso de autoridad y además denuncian un desgaste administrativo innecesario.

Recientemente, SEMANA consultó directamente a la Secretaría de Movilidad para conocer su versión de los hechos y saber qué está pasando. Lo primero que aclaran es que la intención con esas medidas es salvar vidas más allá de intereses económicos, pues recuerdan que el exceso de velocidad es uno de los mayores causantes de accidentes.

“Las cámaras tienen el propósito de salvaguardar la vida de todos los ciudadanos y en la Secretaría de Movilidad hemos venido cumpliendo lo ordenado en el fallo de la Corte Constitucional, que señala que las fotomultas deben asignarse a la persona que va conduciendo en el momento de la infracción y no al dueño del vehículo”, indicaron en su respuesta.

Además, aclaran que, en ese sentido, el propietario del vehículo es citado al proceso contravencional, no como infractor, sino como propietario, y con ello se inicia una investigación administrativa. La persona rinde testimonio, da su explicación y está en todo su derecho de impugnar.