NACIÓN
Cartagena: ¿qué se puede hacer y qué no durante el aislamiento selectivo?
A pesar de la apertura comercial y del aeropuerto, en la ciudad sigue vigente el pico y cédula de dos dígitos para la circulación de la población.
Después de días muy duros y de un encierro casi total, Cartagena parece entrar poco a poco a la nueva normalidad del país. Desde este martes, como en las principales ciudades, el aeropuerto local inició operaciones y la gente comenzó a llegar.
Esta nueva etapa de aislamiento selectivo y distanciamiento individual ordenado por el Gobierno nacional fue autorizado oficialmente en Cartagena por el alcalde William Dau a través del Decreto 0826 del 31 de agosto de 2020, que estipula las restricciones de actividades en áreas o zonas de la ciudad con un comportamiento de la pandemia del coronavirus covid-19 con tendencia a la mejoría.
“Nada de pendejear si no se tiene nada que hacer en la calle”, dijo el mandatario en su particular estilo, al invitar a los ciudadanos a continuar con el autocuidado para evitar un rebrote y aclarar que el Ministerio del Interior negó la solicitud hecha por el Distrito de solicitar la prueba negativa de covid-19 a todos los pasajeros que llegaran a la ciudad.
El decreto distrital, sin embargo, mantiene vigente la medida de pico y cédula de dos dígitos durante los 15 primeros días del mes.
Dentro de las excepciones del pico y cédula para una libre circulación están:
- Los viajeros o foráneos, que deberán acreditar durante su permanencia el documento que demuestre el ingreso a la ciudad, o la reserva o carné de trabajo o cualquier medio idóneo.
- Las personas que asistan a los establecimientos de comercio que se encuentren dentro de las actividades permitidas, para lo cual se requerirá la reserva respectiva.
- El desplazamiento que tenga como propósito la salida de la ciudad.
- Las personas que laboren en todas las actividades permitidas, quienes deberán contar con su debida identificación que acredite el ejercicio de sus funciones.
- Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
En toda la capital de Bolívar queda restringida la prestación de servicio a la mesa en establecimientos y locales gastronómicos que no cuenten con espacios al aire libre, los cuales únicamente podrán atender mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y por entrega para llevar. Además de las actividades de la industria hotelera en la zona insular de todo el Distrito.
Todavía no se puede permanecer en las zonas de playas ni el ingreso de bañistas al mar, donde el uso es exclusivo como espacio de tránsito peatonal. El desembarque en la zona insular de naves de cualquier calado o especificación destinadas a actividades turísticas, recreativas o deportivas también está restringido.
Los locales comerciales autorizados para prestar servicios solo lo podrán hacer en los siguientes horarios: restaurantes, desde las 6:00 a. m. hasta las 10:00 p. m.; locales y demás actividades, desde las 6:00 a. m. hasta las 8:00 p. m.; autocined, de 1:00 p. m. a 10:00 p. m., y casinos, desde las 6:00 a. m. hasta las 10:00 p. m.
“En toda Cartagena es de uso obligatorio el tapabocas o cualquier elemento que cubra boca y nariz en espacios públicos y establecimientos de comercio, en donde se deberá garantizar el distanciamiento social de sus clientes y usuarios, así como para la realización de cualquier tipo de actividad al aire libre”, informó la Alcaldía. El decreto también prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos y establecimientos de comercio hasta el día 1.° de octubre.
Para el aeropuerto internacional Rafael Núñez fueron confirmadas y autorizadas 5 rutas nacionales (Bogotá, Cali, Medellín, Pereira y Bucaramanga), para un total de 12 vuelos diarios. Hasta el momento Cartagena registra 20.446 casos positivos de coronavirus y 520 personas fallecidas.