Nación
Caso Daniel Quintero: piden quitar definitivamente la facultad a la Procuraduría de suspender funcionarios electos
En la acción judicial se unifican para estudio dos tutelas frente a la destitución del alcalde electo de Medellín.
El Consejo de Estado unificó para su estudio dos demandas en contra el auto emitido por la Procuraduría General, que suspendió por tres meses a Daniel Quintero Calle como alcalde de Medellín, en el marco de la investigación disciplinaria que se le adelanta por presunta participación indebida en política.
El despacho de la magistrada Nubia Margoth Peña Garzón ordenó unificar la tutela que presentó directamente Daniel Quintero Calle y el ciudadano Fredy Esteban Restrepo Taborda en contra de la decisión emitida el 10 de mayo por la Procuraduría General. En la más reciente actualización del caso se radicó una coadyuvancia a la petición presentada por el suspendido alcalde.
En un documento de 113 páginas, el abogado Nixon Torres Carcamo le pide al Consejo de Estado que se ordene “la facultad de suspender precautelativamente y de inhabilitación de los derechos políticos de acceso a la función pública, en cabeza de la Procuraduría General de la Nación”.
En otras palabras, se pide que el organismo de control disciplinario pierda totalmente las facultades de suspender de sus cargos a funcionarios elegidos por voto popular y se aplique lo que señala la Convención Americana de Derechos Humanos frente a la protección de los derechos políticos.
Igualmente, se pide que se compulsen copias de la investigación disciplinaria “para que sea un juez penal el que continúe y defina si existe responsabilidad penal por la presunta intervención en política” de Quintero Calle.
En otro de los apartes del documento se señala que Colombia es el único país en la región en el cual existe un organismo que suspenda de sus cargos a funcionarios electos en votaciones, resaltando que existe un fallo que le ordena a Colombia a realizar una modificación a la Procuraduría General.
Frente a esto, pide que en el análisis del caso se tenga el concepto de varios organismos internacionales y documentos suscritos por Colombia como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Carta Interamericana de los Derechos Humanos.
“Todo esto parte que haga uso del derecho de suspensión deberá informar inmediatamente a los demás Estados Partes en la presente Convención, por conducto del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, de las disposiciones cuya aplicación haya suspendido, de los motivos que hayan suscitado la suspensión y de la fecha en que haya dado por terminada tal suspensión”, agrega la petición.
Quintero Calle fue suspendido de su cargo el pasado 10 de mayo después que publicara en sus redes sociales un video de cinco segundos en el que se montaba a un carro y, tocando la palanca de cambios, asegura que “el cambio es en primera”. Para la Procuraduría General esto era una clara mención a una de las frases de una de las campañas presidenciales.
La procuradora General, Margarita Cabello Blanco, manifestó que el organismo disciplinario tiene la competencia constitucional y legal para “investigar, suspender provisionalmente y sancionar hasta con destitución e inhabilidad a todos los funcionarios públicos del país, incluyendo a los de elección popular”.
La jefa del Ministerio Público aseguró que hasta que no haya ley estatutaria, “ningún servidor público desde el menor rango hasta el más alto nivel puede utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos ni movimientos, ni en las controversias políticas”.