Nación

Parapolítica | Luis Alfredo Ramos fue condenado a 8 años de prisión por la Corte Suprema

La decisión contra el exgobernador de Antioquia fue proferida por la Sala Especial de Primera Instancia.

1 de octubre de 2021
Exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos
Exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos | Foto: Archivo particular

La Sala Especial de Primera Instancia condenó a casi 8 años de prisión, específicamente 95 meses, por parapolítica, al exgobernador de Antioquia Luis Alfredo Ramos. El Alto Tribunal encontró que Ramos sí tuvo vínculos con la AUC y recibió apoyo de grupos armados ilegales para sus campañas.

Además de los 7 años y 9 meses que deberá afrontar en prisión Ramos, también debe pagar una multa de $7.000 millones y la sanción de inhabilidad de por vida. La condena explica que se da por los delitos de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos armados ilegales.

Lo que explica la decisión es que el exgobernador Ramos recibió dinero del asesinado excomandante del bloque Centauros, Miguel Arroyave. Y se menciona una reunión de finales de 2000 en Medellín en el centro comercial Obelisco y en la habría participado alias ‘Jota’ del bloque Metro.

El magistrado Ariel Augusto Torres Rojas estaba conociendo del caso en la Corte Suprema de Justicia, pero ahora una decisión de la Sala Disciplinaria lo obligó a apartarse del caso.
El magistrado Ariel Augusto Torres Rojas estaba conociendo del caso en la Corte Suprema de Justicia, pero ahora una decisión de la Sala Disciplinaria lo obligó a apartarse del caso. | Foto: Montaje Semana

“Para la Sala, los hechos demostrados sobre el origen y objeto de la reunión, la escogencia del procesado para asistir a la misma, dada su condición de Congresista amigo de las AUC y los señalamientos de integrantes de las autodefensas sobre apoyos previos, así como su cercanía con algunos dirigentes de la organización al margen de la ley, confluyen para estructurar la asociación para delinquir”, advierte la Corte.

Allí se explica que Ramos acudió a esa reunión por voluntad propia “a espaldas del Gobierno nacional, en horas de la noche, en un lugar no autorizado y entre los amigos y allegados de Vicente Castaño”.

La Corte también explica que en este caso no hay (información) sobre “los acuerdos a que llegó el acusado con comandantes de grupos de autodefensas, para recibir apoyo económico y en votos en las campañas que adelantó aspirando al Senado y a la Gobernación de Antioquia, a cambio de promoverlos durante el ejercicio de las funciones una vez elegido, como realmente ocurrió cuando se desempeñó como senador, hechos que tuvieron ejecución entre 2001 y 2007″.

| Foto: Daniel Reina

La decisión deja claro que Ramos “contaba con la experiencia y preparación para comprender la ilicitud de su obrar, no obstante lo cual se determinó en la comisión de la conducta punible”.

En el documento se leen varios testimonios de jefes paramilitares que dan cuenta de cómo en la región hacían presencia los bloques Cacique Nutibara, Minero, Metro, Bananeros, Elmer Cárdenas, Central Bolívar y el Frente Cacique Pipintá, entre otros. La Corte Suprema también negó la posibilidad de conceder a Ramos prisión domiciliaria.

El fallo que tuvo el apoyo de la magistrada Blanca Barreto y el magistrado Ariel Torres señala que Ramos puso la función pública al servicio de estos grupos paramilitares “con el creciente estado de violencia que se presentó en el departamento de Antioquia y en general de tipo estructural que continúa sumido el conglomerado local, regional y nacional, menoscabando el interés que el Estado busca salvaguardar”.

Por otro lado, la sentencia desvirtuó los argumentos de la defensa del exgobernador sobre la acción de supuestos ‘testigos falsos’, puesto que no faltaron a la verdad teniendo en cuenta que “coinciden en lo fundamental en los señalamientos contra Ramos Botero por sus coaliciones con las organizaciones al margen de la ley, grupos de los que hicieron parte los testigos, con el fin de promocionarlas y asirse de ellas para obtener sus fines electorales”.