Nación
Caso Uribe: Fiscalía no considera víctimas de Uribe, ni al periodista Guillén ni a Deyanira Gómez, la expareja de Monsalve
Según el fiscal Gabriel Jaimes, para reclamar la condición de víctima por parte de una persona se deben presentar pruebas reales, concretos y específicos.
En el marco de la audiencia que define si precluye la investigación contra el expresidente Álvaro Uribe, por la supuesta manipulación de testigos, la Fiscalía le pidió a la juez 28 de conocimiento, negar la posibilidad de vincular al proceso en calidad de víctimas a Deyanira Gómez, exesposa de Juan Guillermo Monsalve, principal testigo contra el exmandatario y al periodista Gonzalo Guillén.
En criterio del fiscal Gabriel Jaimes, coordinador de los delegados ante la Corte Suprema de Justicia y el responsable de adelantar el proceso contra el expresidente, no existen los elementos, ni argumentos jurídicos suficientes para entregar la calidad de víctimas a estas dos personas que solicitaron a la juez su vinculación al proceso.
“No se cumple convalidar la línea jurisprudencial que establece que los daños para reclamar la condición de víctima por parte de una persona deben ser reales, concretos y específicos, línea jurisprudencial de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia”, dijo el fiscal Jaimes.
Dijo el fiscal que los hechos jurídicamente relevantes son la columna vertebral de esta investigación y en la intervención del abogado Roberto Rodríguez, como representante legal del periodista Gonzalo Guillén, no quedó soportada la calidad de víctima, por tanto insiste el fiscal que no están los elementos “necesarios y suficientes para esgrimir una intervención en este proceso por los hechos materia de investigación”.
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Para la Fiscalía es importante resaltar que si bien existen algunos elementos para demostrar que la señora Deyanira fue objeto de amenazas, también es cierto que esas condiciones se derivan de su participación como testigo del proceso y no por actitudes o acciones del investigado, en este caso el expresidente Álvaro Uribe.
“Llamar la titularidad del bien jurídicamente tutelado que está comprometido, son bienes comprometidos o relacionados con el bien jurídico de la administración de justicia y por supuesto en este caso tampoco existe una titularidad de ese bien y de una u otra manera pueda atribuirle la calidad de víctima”, dijo el fiscal para insistir que se niegue el reconocimiento de víctimas.
El abogado Miguel Ángel del Río, quien defiende los intereses de Deyanira Gómez, expuso en la audiencia apartes de varias conversaciones que sostuvo el expresidente Álvaro Uribe, que fueron interceptadas por la Corte Suprema de Justicia y en las que preguntaba por su cliente, Deyanira Gómez, y particularmente dónde trabajaría, que en su criterio argumenta su solicitud.
“Tres días después aparece la última conversación y pregunta dónde trabajaría la señora... A la señora le llega una carta, a Deyanira Gómez, por parte de su empresa Coomeva que advierte lo siguiente: Me permito informar que la empresa ha decidido dar por terminado su contrato de trabajo a partir del 2 de mayo de 2018 de manera unilateral sin justa causa”, dijo el abogado.
Para el fiscal Gabriel Jaimes los argumentos de la defensa del periodista Gonzalo Guillén y de la señora Deyanira Gómez, no son suficientes para que en este estado del proceso puedan incluirse como víctimas, pues en el caso de Guillén, incluso se discutieron elementos de un proceso completamente diferente al que se encuentra en debate. “Partiendo de los hechos materia de investigación que deben ser considerados los hechos jurídicamente relevantes contenidos en la diligencia de indagatoria, que se produjo en la sala especial de instrucción de la Corte Suprema a manera de vinculación jurídica”.
La Fiscalía cerró su intervención nuevamente pidiéndole a la juez 28 el conocimiento que niegue la posibilidad de incluir como víctimas dentro de este proceso contra el expresidente Álvaro Uribe, al periodista Gonzalo Guillén y la señora Deyanira Gómez, exesposa de Juan Guillermo Monsalve, del principal testigo en contra del exmandatario.