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Fiscalía apeló ante jueza que decidió no precluir proceso contra Álvaro Uribe. Aquí los argumentos
Este miércoles presenta el recurso de apelación en contra de la decisión de la jueza 41 de conocimiento que rechazo, por segunda vez, la solicitud de preclusión.
La Fiscalía General presentó este miércoles su recurso de apelación en contra de la decisión tomada por la jueza 41 de conocimiento de Bogotá que rechazó, por segunda vez, la solicitud de precluir la investigación que se adelanta contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
En el recurso, que deberá ser resuelto por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, la Fiscalía General insiste en que no existe ningún tupo de evidencia para que se continué con la investigación contra el exmandatario: “Sírvase decretar la preclusión teniendo como base la atipicidad de la conducta e imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia”.
El fiscal tercero delegado ante la Corte, Javier Cárdenas, sostiene que las pruebas indican que el exmandatario le ordenó al abogado Diego Cadena, para que le ofreciera beneficios económicos y asesorías judiciales a un grupo de personas para que se retractaran de las acusaciones hechas contra Álvaro Uribe y, en cambio, indicaran que habían sido presionados por el senador Iván Cepeda.
El fiscal puso de presente que después que la jueza 28 de conocimiento rechazara en marzo de 2022 la primera solicitud de preclusión se dieron a la tarea de recolectar nuevos elementos probatorios, con el fin de cumplir con las observaciones hechas por la funcionaria judicial.
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“Entiende la Fiscalía que si los elementos materiales probatorios, información legalmente obtenida o evidencia física se encuentran dispersos en diferentes actuaciones debe señalarse no solamente la procedencia del medio de conocimiento sino que debe, expresamente, señalarse su utilización en la petición correspondiente”, precisó el fiscal al defender las pruebas testimoniales que se pusieron de presente en la petición de preclusión radicada en octubre pasado.
En su intervención, el fiscal Cárdenas aseguró que se debe analizar lo dicho por cada uno de los testigos que citó en su momento la Corte Suprema de Justicia para abrirle una investigación preliminar a Uribe. “Se pregunta la Fiscalía, ¿testigo de qué? Se contesta que debe ser de un hecho delictivo”.
Mi solidaridad con @AlvaroUribeVel quien ha enfrentado con firmeza y honestidad todos los ataques en su contra. Su inocencia saldrá adelante por la fuerza de la verdad.
— Iván Duque 🇨🇴 (@IvanDuque) May 23, 2023
En el caso contra el exmandatario, lo cierto es que ninguno de los testigos citados presenció la ejecución de una actividad delictiva por parte del mandatario durante los días 21 y 22 de febrero de 2018 en la cárcel La Picota de Bogotá, fechas en las que el abogado Diego Cadena, quien se presentaba como apoderado del expresidente, buscó al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve para que se retractara de sus acusaciones y firmara un documento que iba a ser enviado a la Corte Suprema de Justicia.
En este punto consideró que no se puede asegurar que Monsalve sea testigo directo de un hecho delictivo realizado por Uribe puesto que no presenció que el expresidente diera una orden para sobornarlo o presionarlo. Igualmente, cuestionó los videos grabados con el famoso reloj que le fue entregado a Monsalve antes de su reunión con Diego Cadena.
Sostiene que esta evidencia no fue aportada, como ordena la ley, a la investigación. Además nunca se hizo una aclaración sobre los cotejos de voz ni lo que dijo ninguno de los dos interlocutores. Debido a esto, la evidencia no es clara.
Después de la intervención del fiscal el turno para intervenir será para los no recurrentes, entre ellos, el procurador, los abogados de las víctimas reconocidas (el senador Iván Cepeda, el exfiscal General, Eduardo Montealegre; el exviceifscal General, Jorge Fernando Perdomo; y Deyanira Gómez). Posteriormente, deberá intervenir los abogados del expresidente Uribe, quien en este caso está representado por los penalistas Jaime Granados y Jaime Lombana.
Después de esto, el recurso de apelación deberá ser trasladado al Tribunal Superior de Bogotá. En este escenario, el magistrado elegido deberá estudiar todos los argumentos y presentar su ponencia ante sus compañeros de Sala. La ponencia puede pedir que se ratifique la decisión de la jueza 41 de conocimiento de negar la preclusión o