RELACIONES EXTERIORES

La CIJ no ha recibido ningún recurso de Colombia

En el tribunal La Haya aún no hay un reclamo oficial del país al fallo que le quitó 70.000 km. cuadrados de mar.

11 de septiembre de 2013
| Foto: AP

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) no ha recibido hasta ahora ningún recurso de Colombia al fallo con el que le otorgó a Nicaragua derechos económicos sobre 75.000 kilómetros cuadrados en el mar Caribe, indicaron en las últimas horas a la agencia EFE fuentes de ese tribunal.

Así mismo, explicaron que en el caso de que un Estado presente una solicitud para revisar o interpretar un fallo ya dictado y definitivo, la Corte abre un nuevo caso con ese recurso, lo cual “se comunica casi inmediatamente” a través de su servicio de prensa.

La CIJ redefinió en noviembre del 2012 los límites marítimos entre Colombia y Nicaragua, en una decisión que otorgó a Nicaragua una inmensa porción del mar Caribe.

También confirmó la soberanía de Colombia sobre siete cayos, dos de ellos enclavados, que forman parte del archipiélago de San Andrés y Providencia, que es colombiano. Esos dos cayos, Serranilla y Bajo Nuevo, quedan, según el tribunal, en aguas de Nicaragua.

Desde cuando se anunció el fallo de la Corte el Gobierno colombiano estudia los pasos a dar en los tribunales y para ello contrató a cuatro equipos de abogados especialistas en derecho internacional.

Según los Estatutos de la CIJ, los fallos dictados por los jueces son vinculantes e inapelables, pero las partes tienen la posibilidad teórica de solicitar o una revisión o una interpretación.

Hasta el momento, la CIJ no ha aceptado ninguna de las cinco solicitudes de revisión de fallos, la primera de las cuales data de 1950 y fue precisamente solicitada por Colombia, según datos de los archivos de la Corte.

El artículo 61 de los Estatutos de la CIJ indica que para que sea aceptada una petición de revisión de un fallo se tiene que dar la circunstancia de que haya “elementos desconocidos para la Corte” en el momento de dictarse la decisión.

Además, el Estado demandante tiene que presentar el recurso “en el plazo de seis meses desde el momento de que se descubra el elemento novedoso”, y nunca más tarde de “10 años” tras el pronunciamiento del fallo, según los Estatutos de la Corte.

La interpretación de una decisión última de la Corte se puede solicitar cuando los dos Estados en conflicto difieren en la interpretación del fallo, por lo que solicitan a los jueces que precisen el significado del mismo.

El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, propuso el martes a Colombia abrir un diálogo que conduzca a la redacción de un “tratado” bilateral que permita implementar el fallo de la Corte.

Ortega respondía así al presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, que en la noche del lunes consideró que el fallo de la CIJ era “inaplicable”.

Santos presentó el lunes una “estrategia integral” de cuatro pasos que parte de la determinación de que el fallo sobre los límites es “inaplicable” si no los establece un tratado y decreta una Zona Contigua Integral entre el archipiélago y la costa continental colombiana para definir su zona de jurisdicción.