JUSTICIA
Cinco preguntas cruciales e incómodas del caso Dilan Cruz
Dilan Cruz entró en "estado crítico irreversible" y falleció en la noche del lunes, pero aún son muchas las repercusiones que su tragedia está generando. Estos son los grandes interrogantes y las respectivas respuestas que se tejen en torno al joven cuyo nombre ya se volvió un símbolo del enojo que se tomó las calles.
No será un caso más. Lo sucedido con el joven Dilan Mauricio Cruz Medina, quien cayó en el asfalto el sábado en medio de una protesta pacífica en el centro de Bogotá, víctima de un disparo del Escuadrón Móvil Antidisturbios, es desde ya un episodio icónico. Por deplorable y escalofriante. El joven, de 18 años, apenas estaba concluyendo el bachillerato y decidió sumarse a los ríos de personas que desde el jueves se han tomado las calles en protesta.
El sábado hacia las cuatro de la tarde, cuando Dilan junto a un nutrido grupo de manifestantes se expresaba pacíficamente al tiempo que avanzaban hacia la plaza de Bolívar, sobrevino un choque con el Esmad. El escuadrón de la fuerza pública tenía la orden de repeler a los manifestantes con gases lacrimógenos y bombas de aturdimiento para hacer que la multitud se disolviera y que no llegaran a la plaza. En la esquina de la calle 19 con carrera 4, en medio de una desbandada de manifestantes Dilan cayó. La escena quedó registrada en varios videos que muestran el instante en que el joven cae abatido. De inmediato se generó una conmoción en el lugar y en todo el país pues la noticia se difundió en pocos minutos.
El más reciente parte médico, emitido el lunes a las 6 de al tarde significa que desde el punto de vista científico el joven no tiene posibilidad de sobrevivir y que lamentablemente su deceso es cuestión de tiempo.
Dilan fue auxiliado por personal paramédico en el lugar y tras una angustiosa espera, una ambulancia llegó y lo trasladó hasta el Hospital San Ignacio donde permaneció en cuidados intensivos, con pronóstico reservado, hasta la noche del lunes cuando falleció. Luego de la tragedia el nombre del joven se ha vuelto referente de las marchas que continúan. Tristemente la salud del jóven se complicó y la historia terminó en un desenlace luptuoso.
Estos son los interrogantes clave del caso:
1. ¿Cuál fue el estado de salud de Dilan Cruz?
El Hospital Universitario San Ignacio (ubicado a 30 calles del lugar de los hechos), emitió, inicialmente, un breve comunicado en el que dijo: “Se informa que el paciente Dilan Cruz mantiene una condición estable en el transcurso de la noche. Se mantiene la continuidad del tratamiento médico formulado”.
Poco después el médico Juan Manuel Martínez, uno de los facultativos que lo atendió, dio un parte más detallado. Explicó que el paciente llegó con paro cardiorespiratorio y que fue ingresado a la unidad de reanimación donde le practicaron maniobras avanzadas que resultaron exitosas. Dilan recuperó los signos vitales. Tras esto el grupo de galenos pasaron a ver sus lesiones. “Se estableció que tiene trauma craneoencefálico penetrante”, dijo el médico Martínez, en términos sencillos significa que un elemento penetró en el cerebro del paciente. Este además presentó “lesiones secundarias al procedimiento de reanimación que se hizo en el sitio de los hechos”.
El paciente requirió de la instalación de dos tubos en el tórax y “está con soporte de ventilación mecánica y con soporte cardiovascular. Su estado es crítico y su pronóstico neurológico reservado”, explicó el doctor Martínez, en su momento. El galeno señaló que debían realizar evaluaciones permanentes del paciente. El joven permaneció en vigilancia médica bajo “sedación profunda” es decir, en coma inducido. El equipo de neurocirugía y cirugía general le brindó atención minuto a minuto. Lo único que restaba era esperar, esperar su evolución.
Al final de la tarde del lunes la condición médica de Dilan se complicó en extremo. El hospital informó que "el paciente Dilan Cruz se agravó en las últimas horas y entró en un estado crítico irreversible. Estamos esperando evolución de curso final”. Ese parte médico significó que desde el punto de vista científico el joven no tenía posibilidad de sobrevivir y que lamentablemente su deceso era cuestión de tiempo.
Desde que el joven fue trasladado al Hospital San Ignacio, el lugar se ha vuelto un lugar de manifestación. Miles de jóvenes se han acercado a la zona para manifestar respaldo a Dilan y condenar el uso de la violencia por parte del Esmad. Su familia ha agradecido los gestos de solidaridad al tiempo que ha pedido privacidad y oraciones por el joven.
2. ¿En qué va la investigación por lo sucedido?
Tanto la Procuraduría como la Fiscalía General han abierto investigaciones. El Ministerio Público –cerca de cuya sede ocurrió la tragedia– emitió un comunicado en el que llama la atención una constancia que resaltó: “El Escuadrón Móvil Antidisturbios no estaría permitiendo las concentraciones, lo que constituiría una violación al artículo 37 de la Constitución Política”, según el cual ‘Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Solo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.’”
La Procuraduría a reglón seguido señala que dentro de las pruebas que serán tenidas en cuenta en la investigación disciplinaria están el parte médico de Dilan Cruz y los videos que registran la escena en que resultó abatido.
Por su parte, el fiscal general encargado, Fabio Espitia, señaló este lunes que el ente investigador arrancó con el caso desde el mismo sábado poco después de ocurrido. “La investigación la inició un fiscal de la Unidad de Reacción Inmediata y después por competencia el caso lo asumió un fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Bogotá”.
El fiscal además detalló que el elemento con que Cruz fue impactado fue asegurado y está en cadena de custodia. También han sido recopilados los videos registrados por testigos en sus teléfonos celulares, y las de cámaras de seguridad del sector. “De igual manera, los funcionarios del CTI adelantaron entrevistas a las personas que estuvieron en el lugar como gestores de convivencia del Distrito, socorristas de la Defensa Civil, delegados de derechos humanos, asistentes a la manifestación, un patrullero de la Policía Nacional que actuó como primer respondiente y el médico cirujano que atendió a Dilan Cruz”, dijo Espitia.
"Posiblemente la administración considero que las marchas ya no estaban protegidas por la autorización del paro, y dieron la orden de despejar esos sitios. Esa una decisión administrativa del alcalde que cumple el Esmad”: Jean Carlo Mejía
También fueron entrevistados siete integrantes del Escuadrón Móvil Antidisturbios de la Policía Nacional que estaban en el sitio. Sus relatos ya hacen parte del expediente. Así mismo la historia clínica del joven fue enviada al Instituto de Medicina Legal que, el cual, provisionalmente, dictaminó una incapacidad de 50 días.
3. ¿El caso debe quedar en la Justicia Penal Militar o en la Justicia Ordinaria?
SEMANA formuló al fiscal general Fabio Espitia este interrogante y su respuesta fue que aún no tiene una posición al respecto. El funcionario explicó que prefiere aguardar a que la investigación avance y que todos los elementos y circunstancias estén claros para la Fiscalía antes de informar si se hará algún tipo de imputación y si el caso le corresponde a la jurisdicción ordinaria o a la Justicia Penal Militar.
Espitia dijo que solo cuando sus investigadores tengan absoluta claridad entrarán a tomar decisiones en uno u otro sentido. “Ya se hizo una inspección en el sitio, registro fotográfico, elaboración de plano y búsqueda y recolección de material probatorio”, recalcó.
Esta revista también consultó al abogado experto en Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos, Jean Carlo Mejía Azuero. Su apreciación es que hay que analizar “si se está ante una grave violación a los derechos humanos o no; si hay rompimiento funcional con el servicio. Es decir si existió la intención o la negligencia suficiente para concluir que hay una ruptura con lo que todo militar y policía debe hacer. Si la respuesta es positiva debería ser competencia de la justicia ordinaria, de lo contrario de la penal militar”.
El experto señaló que por lo visto hasta ahora el caso podría encuadrarse en “una imprudencia del miembro del Esmad” ya que el instrumento o arma empleada no es una que apunte y tenga el propósito de la letalidad. “Por lo que se ve no es un arma incapacitante que lance perdigones o munición de caucho, sino un proyectil de gas lacrimógeno”, señala Mejía. Justamente esa es la otra gran pregunta crucial del caso: qué tipo de arma y proyectil le causaron tan delicada lesión a Dilan Cruz.
Por su parte, el penalista Marlo Díaz, quien ha investigado casos similiares, considera que el expediente no debe ir a la Justicia Penal Militar pues un hecho como el de Dylan Cruz, no puede considerarse a priori un acto del servicio del agente del Esmad comprometido. "Recordemos, por ejemplo, la decisión del Consejo Superior de la Judicatura – Sala Jurisdiccional Disciplinaria en el caso del Diego Felipe Becerra (Grafitero), donde consideró ‘que un integrante de la Fuerza Pública le dispare a un civil desarmado no constituye un acto del servicio‘, dejando claro que será luego de una investigación seria, donde se podrá determinar si el uso de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales en contra de una persona puede o no considerarse como un acto del servicio", dice.
4. ¿Qué tipo de proyectil impactó al joven?
Según se ve en los videos del momento de los hechos se trató de un arma antidisturbios que lanza cilindros con gas lacrimógeno. Este artefacto contiene una solución química que se esparce en el aire y ocasiona lagrimeo, irritación y ceguera transitoria. Se trata de un arma no letal y diseñada específicamente para enfrentar cualquier tipo de manifestación que atente contra el orden y la ley.
“Por lo que he visto en los vídeos de todo tipo y con el caos del momento parece que es un cartucho de gas lacrimógeno. De hecho Dilan–que espero evolucione muy bien y rápido– se ve en un video tomando otro cartucho igual del cual ya estaba emanando el gas y devolviéndolo con la mano hacia el Esmad. Si no estoy mal ese fue el acto previo al impacto”, dice Mejía.
Pero distintos sectores, no solo los colectivos de estudiantes, que piden desde hace años el desmonte del Escuadrón Móvil Antidisturbios, señalan que muchas veces las proyectiles que tiene permitido esta policía de choque (balas de goma o los gases de aturdimiento) son alterados, es decir “recalzados” artesanalmente para hacerlo más agresivos y violentos. En los juzgados de Paloquemado hay decenas de procesos contra agentes del Esmad por supuesto uso de armas que resulta irregulares.
"El TAC o la resonancia magnética determinará si el elemento causal fue de goma u otro material, cuál fue el hueso afectado y cuál fue la energía cinética que concursó": explica el penalista Marlon Díaz
El fiscal Espitia confirmó que el elemento con que el joven fue impactado está ya recaudado y bajo cadena de custodia, pero hasta ahora no ha detallado qué tipo de artefacto fue.
El penalista Díaz señala que en la literatura forense se registran algunos caso de lesiones o muertes usando dispositivos menos letales, sin embargo ello es totalmente excepcional y depende siempre del punto por donde ingresa el proyectil y también del tejido que lesione. "De acuerdo a los videos que se han conocido, la distancia entre el disparador y el joven era importante. Aparentemente una vez sufre el impacto inmediatamente se desconecta, porque no interpone sus manos en la caida y resulta muy indicativo del compromiso cerebral que inmediatamente haya hecho un paro cardiorrespiratorio. Por lo tanto el trauma debió haber sido importante", dice.
En su criterio para dilucidar plenamente este interrogante la prueba clave será "el TAC o la resonancia magnética practicada a la llegada al centro hospitalario, donde se determinará si el elemento causal fue de goma u otro material, cuál fue el hueso afectado y cuál fue la energía cinética que concursó"
Lo otro importante a considerar es el empleo que se hace de las armas y proyectiles admitidos para el Esmad. Noticias Uno revisó el protocolo de uso de estas armas y dicho instructivo resalta que: “No se debe lanzar directamente sobre personas que se encuentren a menos de 18 metros”. En el manual de uso de las armas no letales con que opera el Esmad se dice también que su empleo debe ser con lanzamientos, disparos, en parábola evitando que los cilindros caigan sobre alguien, contra el piso para así restarle fuerza al disparo o laterales. Es decir, siempre se recalca que nunca debe dispararse en línea recta y a corta distancia. Y eso fue lo que hizo el Esmad contra Dilan, según se ve en los videos.
Este punto sobre el arma exacta y el proyectil empleado es clave. Versiones extraoficiales han dicho que el proyectil empleado fue una bala “recalzada”. La última palabra al respecto la tendrá Medicina Legal y de lo que ahí se concluya dependerá en buena medida si el agente del Esmad que disparó es judicializado, e incluso si el caso es asumido plenamente por la justicia ordinaria o si le corresponde la justicia penal militar.
5. ¿Quién dio la orden de repelar por la fuerza las marchas pacíficas?
El analista Héctor Riveros señaló que tal vez esta es la pregunta más crucial respecto a los efectos políticos que pueda tener el caso. Efectivamente, hay un gran cuestionamiento y malestar por parte de la ciudadanía por la fuerza empleada para repeler manifestaciones pacíficas. La marcha en la que participaba Dilan no había dado muestras de violencia o vandalismo. Simplemente avanzaban con cánticos y arengas hacia la Plaza de Bolívar. Pero como el punto había sido objeto de choque entre la fuerza pública y algunos radicales manifestantes que decidieron arremeter con capuchas, esta vez se decidió que lo mejor era evitar que los manifestantes del sábado llegaran hasta la emblemática plaza.
En este punto cobra gran relevancia la constancia que dejó la Procuraduría en el sentido de que “el Escuadrón Móvil Antidisturbios, no estaría permitiendo las concentraciones, lo que constituiría una violación al artículo 37 de la Constitución Política”. Esa confrontación, ilegal a los ojos del ministerio Público, fue la que llevó a la tragedia que hoy tiene a Dilan debatiéndose entre la vida y la muerte.
“En el caso pudo darse un exceso por parte del Esmad, por posiblemente incumplir protocolos y reglamentos internos de la Policía. Deduzco por el uso de la fuerza en el Parque Nacional, en la Plaza de Bolívar y en la 19, ese día, que posiblemente la administración considero que dichas marchas ya no estaban protegidas por la autorización del paro, y dieron la orden de despejar esos sitios. Esa es una decisión administrativa del alcalde en términos jurídicos, y se cumple en el nivel de la actividad de policía por el Esmad”, concluyó Jean Carlo Mejía Azuero.
Desde ya en el Congreso se prepara un debate de control político contra la Policía. En este se examinará el proceder del Esmad y las instrucciones superiores que este cuerpo de choque recibió en el marco de las protestas. Los parlamentarios Germán Navas Talero, Inti Asprilla y Juan Carlos Lozada radicaron una proposición en ese sentido este lunes. “Los hechos de uso excesivo y desbordado de la fuerza ocurridos durante las movilizaciones de los últimos días dejan en entredicho la misión de la institución y exigen de las autoridades la apertura de las investigaciones penales y disciplinarias a las que haya lugar”, dice la proposición. Al debate será citado el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, el director nacional de la Policía y su director en Bogotá. Así las cosas, las repercusiones del caso Dilan apenas se empiezan a asomar.