LEGISLATIVO
¿Código de Policía o justicia de bolillo?
El Congreso está a punto de aprobar el nuevo Código de Policía con una controversia: la facultad a los agentes de Policía de trasladar personas a estaciones y adelantarles un proceso verbal.
Que el Código de Policía es una urgente necesidad para el país, es una verdad de a puño. Los altos índices de violencia, de intolerancia, y de inseguridad, y las nuevas modalidades delictivas parecen haber desbordado las normas vigentes, que propendían por mantener el orden público y garantizar la sana convivencia de los ciudadanos.
El Código vigente data de 1970. Cuando se diseñó, las ciudades eran más pequeñas, había más casas que apartamentos, no existían los sistemas de transporte masivo (ni mucho menos los colados en esos buses). Tampoco se pensaba, siquiera, en el matoneo por las redes sociales o el robo de celulares.
Hace 50 años no eran frecuentes los conflictos entre vecinos por cuenta del elevado volumen de los equipos de sonido, ni que las tiendas vendieran alcohol cerca de colegios, universidades, iglesias o puestos de salud. Mucho menos se advertía como problemática la convivencia con mascotas. Las calles en ese entonces no estaban invadidas de grafitis o inundadas de basura.
Los tiempos cambian y las leyes se deben ajustar. Este miércoles, en la Cámara de Representantes, siguió el debate del nuevo Código de Policía. Se diseñó durante casi un año y, en más de 300 artículos, se determinaron las nuevas conductas que alteran la convivencia y que en adelante podrían ser objeto de sanción.
Criterio policial
La Policía Nacional será la encargada de la correcta aplicación de esta nueva ley, y con la novedad de que el criterio de los uniformados, a la hora de hacer cumplir la norma, será crucial para su eficacia.
La iniciativa, tal como está a punto de ser aprobada en la Cámara de Representantes (este jueves allí se dará el último debate en la plenaria), tiene algunas disposiciones polémicas. Para algunos, entre la letra menuda, hay algunas disposiciones que podrían habilitar procedimientos policiales excesivos o, incluso, aplicar un tipo de ‘justicia exprés’ para dirimir conflictos de convivencia.
En el libro número 3 del nuevo Código de Policía hay un término que genera mucha inquietud: el proceso verbal inmediato. La ley lo define como “una atribución del personal uniformado de la Policía para conocer los comportamientos contrarios a la convivencia” en única instancia. (Le podría interesar: La importancia del nuevo Código de Policía)
Es así que los policías podrán aplicar medidas como amonestaciones, la participación en programas pedagógicos de convivencia y la remoción de bienes que obstaculicen el espacio público, así como la inutilización o destrucción de bienes.
El texto señala que para realizar el proceso verbal inmediato se podrá trasladar al presunto infractor a un CAI, estación, subestación o comandancia de Policía, y su permanencia en ese lugar no podrá extenderse por más de seis horas. El procedimiento podrá iniciarse de oficio, a petición de quien tenga interés directo, o de quien acuda en defensa de las normas de convivencia. (Podría leer: El Código de Policía que reclaman los ciudadanos)
De inmediato, el presunto infractor deberá rendir descargos. Luego, la autoridad de policía hará una primera ponderación de los hechos y mediará entre las partes para alcanzar una conciliación amistosa. Si no se logra, el uniformado impondrá la medida correctiva. En contra de esa decisión solo procederá el recurso de reposición.
Cuando se impongan medidas que impliquen la suspensión temporal de alguna actividad, por ejemplo el sellamiento de establecimientos, el afectado podrá interponer un recurso de apelación ante el Inspector de Policía, que debe ser resuelto en tres días hábiles.
Infractores, advertidos
"Esto debería eliminarse pues es excesivo. Nos preocupa que bajo la excusa de que se va a hacer el procedimiento de policía verbal, se dan facultades para que la policía se lleve a la persona y la retenga por seis horas. Es absurdo”, dice el representante Alirio Uribe (Polo), quien presentó ponencia negativa al proyecto.
Las sanciones, en la práctica, se podrán imponer a quien caiga en conductas como hacer fiestas ruidosas hasta altas horas de la madrugada, incomodar a los vecinos con música a todo volumen, pasee un perro de raza peligrosa sin collar y bozal, no limpie los desechos de sus mascotas, bote basura a la calle, tome alcohol o consuma sustancias psicoactivas en la vía pública y se cuele en los buses sin pagar.
Los colombianos podrían estar advertidos. Por cualquier conducta que afecte la sana convivencia, podría terminar seis horas en una estación policial y someterse a un procedimiento en el que la Policía podría imponer sanciones y multas. Algunos llaman a esta disposición como una nueva justicia: la del bolillo.